Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 7168
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 29 de junio de 2018 de corrección de errores de la Resolución del director de general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 22 de junio de 2018 por la que se aprueba la convocatoria para cubrir, por el procedimiento de promoción interna temporal, una plaza del grupo de gestión de la función administrativa (A2) de la plantilla orgánica autorizada de los Servicios Centrales del Servicio de Salud
Antecedentes
1. En el BOIB n.º 80/2018, de 28 de junio, se publicó la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 22 de junio de 2018 por la que se aprueba la convocatoria para cubrir, por el procedimiento de promoción interna temporal, una plaza del grupo de gestión de la función administrativa (A2) de la plantilla orgánica autorizada de los Servicios Centrales del Servicio de Salud.
2. Se ha observado un error en el anexo 3 (“Conocimientos de catalán”).
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que “las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.
2. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde en el órgano que ha dictado el acto o la disposición.
Por todo ello dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Rectificar los errores observados en el punto “Conocimientos de catalán” del anexo 3 de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se aprueba la convocatoria para cubrir, por el procedimiento de promoción interna temporal, una plaza del grupo de gestión de la función administrativa (A2) de la plantilla orgánica autorizada de los Servicios Centrales del Servicio de Salud.
2. En consecuencia, volver a publicar el anexo 3 entero con las rectificaciones oportunas.
3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 29 de junio de 2018
El director de Recursos Humanos y Relaciones Laborales
Gabriel Lladó Vidal
Por delegación de competencias (BOIB 10/2016)
[ REGISTRE ]
ANEXO 3
Autobaremación
Grupo de gestión de la función administrativa
(BOIB ___/2018, de ___ de _____________)
Nombre |
................................................................................................................................ |
Primer apellido |
................................................................................................................................ |
Segundo apellido |
................................................................................................................................ |
N.º doc. identidad |
.............................................................. |
Experiencia profesional (máximo, 30 puntos)
A. Experiencia profesional general (20 puntos) Se computa el tiempo de servicios prestados que los aspirantes tengan reconocidos hasta la fecha de publicación de la convocatoria, salvo los servicios que se valoran en el apartado B, de acuerdo con el baremo siguiente: |
Autobaremación |
Comisión |
1. Por cada mes de servicios prestados en instituciones sanitarias públicas de la Unión Europea como personal estatutario, funcionario o laboral en la misma categoría a la que se opta o en plazas con el mismo contenido funcional: 0,14 puntos. |
( ) |
( ) |
2. Por cada mes de servicios prestados en centros públicos no sanitarios de la Unión Europea como personal funcionario o laboral en la misma categoría o en plazas con el mismo contenido funcional: 0,105 puntos. |
( ) |
( ) |
3. Por cada mes de servicios prestados en instituciones sanitarias públicas de la Unión Europea como personal estatutario, funcionario o laboral en la categoría de grupo administrativo de la función administrativa o en plazas con el mismo contenido funcional: 0,105 puntos. |
( ) |
( ) |
4. Por cada mes de servicios prestados ocupando un puesto directivo en instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud (solo se valoran los servicios prestados si se tiene el título requerido para acceder a la categoría): 0,14 puntos. |
( ) |
( ) |
5. Por cada mes de servicios prestados en instituciones sanitarias públicas de la Unión Europea en una categoría diferente a la categoría a la que se opta: 0,07 puntos. |
( ) |
( ) |
Total del apartado |
( ) |
( ) |
B. Experiencia profesional en las funciones que constan en la base 1 (10 puntos) Se computa el tiempo de servicios prestados que los aspirantes tengan reconocidos hasta la fecha de la publicación de la convocatoria, de acuerdo con el baremo siguiente:
Nota: en el caso de los centros estatutarios, el certificado acreditativo de las funciones tiene que expedirlo el director gerente o el director de gestión y servicios generales del centro o el órgano equivalente.
C. Para valorar este apartado se tienen en cuenta los aspectos siguientes:
|
Formación (máximo, 20 puntos)
1. Diplomatura en relaciones laborales: 5 puntos. 2. Master en derecho sanitario: 5 puntos. 3. Se valoran los cursos, los seminarios, los talleres, los congresos, las jornadas, las reuniones científicas y otras actividades formativas que estén relacionadas directamente con las funciones de la plaza convocada (10 puntos) y de acuerdo con los criterios siguientes:
4. Los diplomas o los certificados se valoran así:
|
||
|
Autobaremación |
Comisión |
Total del apartado |
( ) |
( ) |
Conocimientos de catalán (máximo, 5 puntos)
Se valoran los certificados expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública y los expeditos u homologados por la Dirección General de Política Lingüística de la Consejería de Cultura, Participación y Deportes relacionados con los niveles de conocimientos que se indican a continuación, hasta una puntuación máxima de 5 puntos: |
Autobaremació |
Comisión |
1. Certificado de nivel C1 (nivel funcional): 3 puntos |
( ) |
( ) |
2. Certificado de nivel C2 (nivel de dominio): 4 puntos |
( ) |
( ) |
3. Certificado LA (conocimientos específicos de lenguaje administrativo): 1 punto |
( ) |
( ) |
Total del apartado |
( ) |
( ) |
Se valora solo un certificado, excepto en el caso del certificado LA, cuyo valor se suma al de otro certificado acreditado. Si existen dudas sobre la validez de algún certificado o sobre la puntuación que debe otorgarse, puede solicitarse un informe a la Dirección de Política Lingüística. |
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|
La documentación aportada ha de ser original o una fotocopia compulsada, y debe adjuntarse a este modelo siguiendo el mismo orden que el establecido en la autobaremación.
Marque la casilla de la documentación aportada:
[ ] Experiencia profesional
[ ] Formación continuada
[ ] Conocimientos de catalán
La persona interesada manifiesta que todos los datos aportados son ciertos y solicita participar en la fase de concurso del proceso selectivo.
, ......... de ............................................... de 20......
[firma]