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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE FELANITX

Núm. 7162
Criterios de inscripción demandante de la parte baja del Parque Municipal durante las fiestas de Sant Agustí 2018

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Texto

Expediente electrónico 1775/2018

La Junta de Gobierno Local de día 26 de junio de 2018 aprueba los criterios de inscripción demandante de la parte baja del Parque Municipal durante las fiestas de Sant Agustí 2018.

Primero. Promover la instalación de paradas diversas a la parte baja del Parque Municipal durante las fiestas de Santo Agustí 2018, de acuerdo con el plano orientativo de ubicación que consta en el expediente y de conformidad con las siguientes condiciones:

a) El tipo de parada será el siguiente:

1. Alimentación: modalidad de restaurante con posibilidad de montar mesas y sillas según disponibilidad del espacio (hamburguesería, asados, pinchos...), churros, crepés, gofres, golosinas y frutos secos, helados, granizados y cafés.

2. Atracciones, tómbolas y ruleta: itinerantes mayores, itinerantes menores.

3. Otros lugares: juguetes, Bisutería artesanal, complementos, ropa artesanal, etc..

El ayuntamiento se reserva el derecho a crear una nueva actividad por innovación y posible demanda del público.

b) Horario mínimo de apertura obligatorio será el siguiente:

- Día 24 de agosto del 2018 de 21.00 horas hasta 07.00 horas.

- Día 25 de agosto del 2018 de 21.00 horas hasta 07.00 horas.

- Día 26 de agosto del 2018 de 18.00 horas hasta 24.00 horas.

- Día 28 de agosto del 2018 de 19.00 horas hasta 07.00 horas.

- Día 29 de agosto del 2018 de 16.00 horas hasta 22.00 horas.

- Día 31 de agosto del 2018 de 21.00 horas hasta 07.00 horas.

- Día 01 septiembre del 2018 de 18.00 horas hasta 24.00 horas.

- Se recomienda animar a todos los lugares a abrir por las tardes desde el inicio de las fiestas del día 24 de agosto hasta 1 de septiembre del 2018.

- Para una mejor organización será de obligado cumplimiento el montaje el día 22 de agosto del 2018.

- Con la finalidad de evitar posibles incidentes se llevará a cabo una inspección de todos los lugares el día 24 de agosto del 2018 a las 10.00 horas con los técnicos municipales; con la obligación de estar presente los titulares, en el caso de no personarse el titular de la parada a dicha inspección o no cumplir con las medidas de seguridad requeridas a la inspección; se procederá a la retirada de la autorización de ocupación del Parque Municipal y tendrá que abandonar el parque antes de las 18.00 horas.

c) Las tasas de ocupación serán:

-Licencias por ocupación de lugares con motivo de ferias en la parte baja del Parque Municipal, por metro lineal o fracción y día, siempre que la anchura no exceda de 2 metros: 2,35€/metro/día, con una cuota mínima de 13,20€.

-Licencias por ocupación de lugares con motivo de ferias en la parte baja del Parque Municipal, con una anchura superior a los 2 metros: 1,10€/m2/día, con una cuota mínima de 14,40€.

-El abono de las tasas será por avanzando, antes de día 17 de agosto del 2018.

-Los requerimientos por carencia de documentación, tendrán que ser enmendados antes de día 17 de agosto del 2018.

-La autorización de ocupación no podrá ser objeto de donación, cada parada y remolque tendrá que hacer una solicitud individual.

-Las solicitudes indicarán las medidas exactas a ocupar por cada parada, incluyendo las viseras abiertas y espacio real de ocupación a la hora de hacer la venta.

-Queda prohibida la venta de bebidas alcohólicas exceptuando la cerveza y vino.

Todas las paradas con modalidad tipo restaurante, hamburgueserías, asados, pinchos, que estén sometidas este acuerdo tendrán que ser tipo remolque, en ningún caso casetas.

Segundo. Abrir un plazo de 10 días hàbiles para la presentación de solicitudes a contar del día siguiente de la publicación del correspondiente anuncio en el BOIB. La información también se podrá obtener en la web del Ayuntamiento. La solicitud será facilitada por el ayuntamiento y tendrá que ir acompañada de la documentación siguiente:

1. LAS PARADAS DE GOLOSINAS, DULCES, CHURRERÍAS Y OTROS LUGARES…

1.1. Documentación a entregar con la solicitud (Anexo III)

a) DNI

b) Foto carnet.

c) Último recibo de autónomo.

d) Certificado del impuesto de actividades económicas al régimen que corresponda.

e) Póliza del seguro de Responsabilidad Civil.

f) Justificante de pago de Responsabilidad Civil.

g) Declaración responsable. (Anexo I)

h) Fotografía de la parada y de los productos que se venden.

y) Ficha técnica del remolque.

j) Certificado de verificación de los extintores.

k) Boletín de inspección de gas. (en caso de disponer de gas en la parada)

1.2. Documentación a entregar día 24 de agosto del 2018:

l) Contrato de la compañía suministradora de electricidad.

2. LOS REMOLQUES DE SNACK, HAMBURGUESERÍA, ASADOS Y PINCHOS...

2.1. Documentación a entregar con la solicitud (Anexo IV) :

a) DNI

b) Foto carnet.

c) Último recibo de autónomo.

d) Certificado del impuesto de actividades económicas al régimen que corresponda.

e) Póliza del seguro de Responsabilidad Civil.

f) Justificante de pago de Responsabilidad Civil.

g) Declaración responsable (Anexo I).

h) Inscripción registro de Salud Pública de establecimientos minoristas de alimentación de las Islas Baleares en el supuesto de que corresponda.

y) Fotografía de la parada y de los productos que se venden.

j) Ficha técnica del remolque.

k) Certificado de verificación de los extintores.

l) Boletín de inspección de gas.

2.2. Documentación a entregar día 24 de agosto del 2018:

m) Contrato de la compañía suministradora de electricidad.

3. ITINERANTES MAYORES Y MENORES

3.1. Documentación a entregar con la solicitud (Anexo V):

a) DNI.

b) Foto carnet.

c) Último recibo de autónomo.

d) Certificado del impuesto de actividades económicas al régimen que corresponda.

e) Póliza del seguro de Responsabilidad Civil.

f) Justificante de pago de Responsabilidad Civil.

g) Declaración responsable (Anexo I).

h) Declaración responsable de instalación, inicio y ejercicio de actividad itinerante.

Art.56 Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Islas Baleares (Anexo II).

i) Resolución de inscripción en el Registro Autonómico de Actividades Itinerantes.

j) Certificado de verificación de los extintores.

k) Certificado de la OCA en vigor de la instalación eléctrica por itinerantes mayores.

l) Fotografía de la atracción.

3.2. Documentación a entregar día 24 de agosto del 2018:

m) En el caso de actividades itinerantes, una vez hecho el montaje para poder ejercer la actividad será necesario presentar certificado técnico de montaje subscrito por un técnico/a competente, acreditativo que la instalación se ha hecho de acuerdo con el proyecto tipo y con las condiciones mínimas impuestas, así como que se han adoptado todas las condiciones de seguridad según la normativa sectorial de aplicación.

n) Contrato de la compañía suministradora de electricidad.

Tercero. Procedimiento adjudicación será por puntuación, a ponderar según los criterios de valoración de cada tipo de lugar será de una puntuación de 0 a 10 puntos como máximo.

Criterios de puntuación a los sitios :

1. Asistencia a Ferias del Municipio de Felanitx o Verbenas en los dos últimos años: 2 puntos.

2. Características, innovación y originalidad del producto (calidad y exclusividad): 3 puntos.

3. Adaptación al lugar destinado de ocupación y al entorno: 3 puntos.

4. Estética, innovación de la parada o remolque: 2 puntos.

Quarto. Designar la Comisión de Valoración que estará integrada por:

a) Regidor de Ferias y Mercado.

b) Regidor del Parque Municipal.

c) Encargada del Mercado.

d) Aparejadora Municipal.

Quinto. Una vez entregada la documentación requerida y abonada las tasas; proceder a entregar la licencia pertinente de venta ambulante con la obligación de exponerla en un lugar visible en la parada por posibles inspecciones municipales.

Los anexos a que hace referencia el presente anuncio se encuentran publicados en la página web del Ayuntamiento de Felanitx (www.felanitx.org)

Felanitx, 27 de junio de 2018

El alcalde

Jaume Monserrat Vaquer