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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TERRITORIO, ENERGÍA Y MOVILIDAD

Núm. 7151
Resolución del consejero de Territorio, Energía y Movilidad por la que se somete al trámite de información pública el Plan Director Sectorial de Movilidad de las Illes Balears

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Texto

El día 12 de junio de 2018, el consejero de Territorio, Energía y Movilidad dictó la Resolución por la que ordenaba a la Dirección General de Movilidad y Transportes que llevara a cabo las actuaciones necesarias para iniciar el expediente de elaboración y tramitación del Plan Director Sectorial de Movilidad de las Illes Balears, de acuerdo con lo que establece la Ley 6/1999, de 3 de abril, de las Directrices de Ordenación Territorial de las Illes Balears y de Medidas Tributarias, así como la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears.

El 26 de junio de 2018, el consejero de Territorio, Energía y Movilidad acordó la aprobación inicial del Plan Director Sectorial de Movilidad de las Illes Balears y lo sometió a la fase de información pública.

El artículo 133.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que la consulta, la audiencia y la información pública se realizarán de manera que los potenciales destinatarios de la norma y aquellos otros que hagan aportaciones tengan la posibilidad de emitir su opinión, por lo que tienen que poder disponer de los documentos necesarios, que serán claros y concisos, y de la información precisa para poder pronunciarse sobre la materia.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Someter el Plan Director Sectorial de Movilidad de las Illes Balears a información pública y ponerlo a disposición de las personas interesadas en la Dirección General de Movilidad y Transportes, en la calle Eusebi Estada, 28, de Palma, en la web <http://transports.caib.es> y en el Portal de Participación Ciudadana <http://participaciociutadana.caib.es> del Gobierno de las Illes Balears.

2. Fijar el plazo para la información pública en dos meses desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

3.  Indicar que las alegaciones se presentarán en la sede de la Dirección General de Movilidad y Transportes de la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad, en la calle Eusebi Estada, 28, de Palma, o en cualquiera de los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y que deberán ir dirigidas a la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad (Dirección General de Movilidad y Transportes).

4.  Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones por medios telemáticos mediante el apartado “Participación en la elaboración de normativa” de la página web de participación ciudadana <http://participaciociutadana.caib.es> del Gobierno de las Illes Balears, dentro del plazo que se establece en el punto 2 de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 34.2 f de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Siempre que las alegaciones presentadas mediante la web incluyan la identificación de la persona o entidad que hace las alegaciones, se deberán incluir en el expediente de elaboración normativa, aunque no consten en el registro de entrada electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A estos efectos, el funcionario o funcionaria del órgano competente de la tramitación del procedimiento normativo que las reciba electrónicamente deberá emitir una diligencia de las alegaciones presentadas.

5. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Palma, 29  de junio de 2018

El consejero de Territorio, Energía y Movilidad,

Marc Pons i Pons