Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 6 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 7001
Procedimiento ordinario 668/2017 sobre otras materias
Dª GABRIELA MORENO UBIETA, Letrada de la Administración de Justicia del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 6 DE PALMA DE MALLORCA, por el presente,
ANUNCIO:
En el presente procedimiento de juicio ORDINARIO 668/2017 seguido a instancia de MARILLE REY EMERY frente a PALMAZURE SA Y JOHANN SCHAEFFLER se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento es el siguiente:
SENTENCIA Nº 94
En Palma de Mallorca, a veinticinco de junio de dos mil dieciocho.
MARIA ISABEL DEL VALLE GARCÍA, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de esta Ciudad, HE VISTO Y EXAMINADO los presentes autos de juicio ordinario nº 668/17, seguidos a instancia de Dª. MARILLE REY EMERY, representada por el Procurador D. Jeroni Tomás Tomás y defendida por el Letrado D. José Manuel Sierra Alvarez, contra la sociedad “PALMAZURE S.A.” y D. JOHANN SCHAEFFLER, ambos en situación procesal de rebeldía, sobre ADQUISICIÓN DE DOMINIO POR USUCAPIÓN EXTRAODINARIA.
En el procedimiento ORDINARIO 668/17 seguido en el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Palma de Mallorca, se ha dictado sentencia de fecha veinticinco de junio de dos mil dieciocho, que se notifica mediante el presente edicto al demandado, declarado en rebeldía.
Se hace saber al demandado que en el Juzgado reseñado puede tener conocimiento íntegro de la sentencia dictada, quedando esta a su disposición en la Oficina Judicial, así como que contra ella cabe la interposición de recurso de apelación en el plazo de 20 días ante la Ilustrísima Audiencia Provincial, a contar desde el siguiente a la notificación de esta resolución.
Para la admisión del recurso es requisito necesario la constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, conforme a lo previsto en la disposición adicional 15 de la LO 1/2009, salvo casos de reconocimiento del derecho de asistencia jurídica gratuita.
El contenido de este edicto se ajusta a lo dispuesto en la Instrucción 6/12 de la Secretaria General de la administración de Justicia.
Y encontrándose los demandados PALMAZURE SA Y JOHANN SCHAEFFLER en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
En PALMA DE MALLORCA, a veintiséis de junio de dos mil dieciocho.
LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA