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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 7051
Extracto de las Bases de la convocatoria de ayudas para estudiantes de grado y formación profesional del municipio de Eivissa para el curso 2017/2018

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Extracto de la resolución del día 18 de junio de 2018 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Eivissa, por la que se convocan ayudas para estudiantes de grado y formación profesional del municipio de Eivissa para el curso 2017/2018.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/inex):

Primero. Beneficiarios

Estudiantes empadronados en el municipio de Eivissa con una antigüedad mínima de 3 años continuados a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria de las Bases en el BOIB (Boletín Oficial de las Islas Baleares) y que cumplan los requisitos de estas bases.

Segundo. Objeto

1. El objeto de estas bases reguladoras es conceder ayudas a estudiantes, para el curso académico 2017/2018, matriculados en estudios oficiales presenciales y no presenciales cursados en Eivissa o fuera de la isla:

- Estudios universitarios de grado.

- Ciclos formativos de grado superior.

2. Se pueden acoger a esta convocatoria los/las estudiantes que cumplan los siguientes requisitos:

Estar matriculado, en centros de toda España, durante el curso 2017/2018, de los estudios establecidos en el punto anterior, con los siguientes mínimos:

a) Para los estudiantes universitarios de grado: al menos el 80% de los créditos previstos en el plan de estudios. Cuando se trate del resto de créditos para alcanzar la titulación, se exigirá estar matriculado de un mínimo de 24 créditos.

b) Para los estudiantes de ciclos formativos: el 100% del curso.

c) Para los estudiantes que cursen segundo curso y siguientes:

- Estudiantes universitarios de grado: haber aprobado el 75% de los créditos del curso anterior.

- Estudiantes de ciclo formativos: haber aprobado el 100% de los créditos del curso anterior.

Tercero. Bases reguladoras

BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA ESTUDIANTES DE GRADO Y FORMACIÓN PROFESIONAL DEL MUNICIPIO DE EIVISSA PARA EL CURSO 2017/2018

Publicadas en la sede electrónica (https://eivissa.sedelectronica.es)

Cuarto. Importe

El importe global del crédito disponible para distribuir entre las personas beneficiarias de la subvención se determina en base a la asignación, que en los Presupuestos Generales se hace al programa de Juventud de 9.000,00 € que contempla esta convocatoria, se imputa dentro de la aplicación presupuestaria 2018 33700 48100.

La cuantía de la subvención se determinará de acuerdo a los siguientes criterios:

a) Se otorgarán un máximo de dieciocho ayudas de una cuantía máxima de quinientos euros (500 €).

b) Se otorgaran diez para estudiantes universitarios y ocho para estudiantes de ciclo formativo.

c) En caso de que no se cubran la totalidad de las ayudas para estudios universitarios o de ciclo formativo, pueden otorgarse independientemente de que los estudios cursados sean universitarios o de ciclo formativo.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria de estas bases en el BOIB.

Eivissa, 20 de junio de 2018

EL REGIDOR DELEGADO

Agustin Perea Montiel