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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 6936
Encargo de gestión directa y eventual del Consell Insular d’Eivissa a un medio propio personificado (Fires, Congressos i Esdeveniments d’Eivissa, S.A.U., FECOEV), para llevar a cabo la producción técnica del V Festival Cultural Nits de Tanit Músiques del Món 2018

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Texto

Es voluntad del Consell Insular de Eivissa, a través de su Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud, fomentar todas aquellas iniciativas que permitan, tanto a los habitantes de la isla como a todos aquellos que la visitan, acceder a la cultura en las diversas manifestaciones que esta pueda dar.

En este sentido, el día 15 de marzo de 2018, se dispuso la incoación del expediente para la realización del V Festival Cultural Nits de Tanit Músiques del Món 2018, entre los meses de junio, y septiembre de 2018. Este festival está pensado para difundir la cultura a través de diversas disciplinas artísticas como la música, la lírica, el teatro, la danza, etc., en un marco arquitectónico como es el recinto exterior de la sede de la Universidad de las Islas Baleares en Eivissa (antiguo edificio de la Comandancia, calle del Calvari núm. 1, de Eivissa), a los pies de la muralla del casco antiguo de la ciudad, que ha sido declarada Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO.

La Ley 6/1994, de 13 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de patrimonio histórico, de promoción sociocultural, de animación sociocultural, de depósito legal de libros y de deportes, establece que los consejos insulares asumirán diversas competencias en materia de cultura, entre las cuales se encuentra el fomento de la música y la danza, la organización y promoción de manifestaciones musicales y el desarrollo de festivales.

El Decreto de Presidencia núm. 2015000285 de estructura del Gobierno del Consell Insular de Eivissa y creación de Departamentos, publicado en el BOIB núm. 103, de 10.07.2015, establece que el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud comprende entre otras la actividad competencial propia de los consejos insulares en relación con las actividades artísticas y culturales, museos, archivos, bibliotecas, normalización lingüística y patrimonio histórico y monumental.

Visto el artículo 11.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, que establece que la realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia de los órganos administrativos o de las entidades de derecho público podrá ser encargada a otros órganos o entidades de derecho público de la misma o de distinta Administración, siempre que entre sus competencias estén estas actividades, por razones de eficacia o cuando no se disponga de los medios técnicos idóneos para su ejercicio, y el artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. Dado que el Consell Insular de Eivissa no cuenta con medios suficientes para llevar a cabo la producción técnica de este Festival.

Considerando que Fires, Congressos i Esdeveniments d’Eivissa S.A.U. (FECOEV) es una sociedad mercantil de capital público del Consell Insular de Eivissa, y de acuerdo con el art. 1 bis de sus estatutos tiene “la condición de medio propio del Consell insular de Eivissa (...)”. Así mismo, el art. 1.2 establece que “El Consell insular de Eivissa podrá encargar a la sociedad la ejecución de cualquier actuación material relacionada con el objeto social mencionado en el artículo 2 de los Estatutos (...)”, el cual dispone que,

“Constituye el objeto de la sociedad:

a  La realización de las actividades precisas para planificar, proyectar, coordinar y gestionar con las administraciones públicas, empresas y particulares las siguientes áreas de trabajo: Coordinación, impulso y dirección técnica y facultativa de los procesos de reconversión y ordenación de actividades para impulsar la inversión y fomentar la actividad económica pública y privada.

b Coordinación, orientación y evaluación de programas y servicios de ordenación y de reconversión turística.

2. Las actividades inherentes a un centro integrado de servicios relacionados con la promoción económica, social y cultural de la isla de Eivissa mediante:

a. La gestión integral de eventos relacionados con la promoción económica, turística, social, deportiva y cultural, tanto de carácter público como privado (...)”.

El Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Eivissa, en sesión celebrada el día 13 de mayo de 2013, dictó una instrucción en relación a la aprobación del procedimiento de tramitación y ejecución de los encargos de gestión del Consell Insular de Eivissa a sus medios propios, y posteriormente, en fecha 29 de mayo de 2015, estableció los criterios de fiscalización limitada previa para los expedientes de encomienda de gestión (encargos de los poderes adjudicatarios a medios propios personificados) entre otros.

En fecha 3 de mayo de 2018 se emitió memoria técnica donde se concretan tanto las características de los trabajos que se han de encargar, como la justificación, los plazos, el presupuesto, las formas de pago, la posibilidad de modificaciones y prórrogas, etc.

Visto que según el Decreto de Presidencia núm. 287/2015 de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular de Eivissa, por importe, le corresponde a la Presidencia la aprobación de la encomienda de gestión (encargos de los poderes adjudicatarios a medios propios personificados).

Así mismo, visto el informe jurídico favorable de fecha 3 de mayo de 2018 en relación al encargo de la gestión directa y eventual del Consell Insular de Eivissa a un medio propio personificado, (Fires, Congressos i Esdeveniments d’Eivissa SAU, FECOEV) para llevar a cabo la producción técnica del V Festival Cultural Nits de Tanit Músiques del Món 2018.

Visto el informe propuesta emitido por el Jefe de Sección del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud, con el visto y conforme de la secretaria técnica de Medio Ambiente, Agricultura, Cultura, Educación, Patrimonio, Deportes y Juventud de fecha 4 de mayo de 2018.

Vista la fiscalización con objeciones que hizo la Intervención de esta corporación de fecha 9 de mayo de 2018.

Visto el informe técnico de fecha 13 de junio de 2018 y la memoria técnica de fecha 14 de junio de 2018.

Visto el informe propuesta emitido por el Jefe de Sección del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud con el visto y conforme de la secretaria técnica de Medio Ambiente, Agricultura, Cultura, Educación, Patrimonio, Deportes y Juventud de fecha 15 de junio de 2018.

Visto, que este encargo de gestión a un medio propio no personificado (Fires, Congressos i Esdeveniments d’Eivissa SAU, FECOEV) para la ejecución de la actividad consistente en la producción técnica del V Festival, se realizará de conformidad con la legislación vigente que le sea de aplicación, y en todo caso, observando las prescripciones contenidas en los artículos 11 y 86 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y los artículos 6 y 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público.

De conformidad con el artículo 11.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, el órgano encomendado tiene la condición de encargado del tratamiento de los datos de carácter personal a las cuales pueda tener acceso en ejecución del encargo de gestión, y de conformidad con lo establecido en la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

Vista la propuesta del Consejero Ejecutivo del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud, de fecha 15 de junio de 2018, así como el informe de conformidad de fiscalización previa, preceptiva y necesaria emitida por la Intervención de la Corporación de data 19 de junio de 2018.

En virtud de todo lo anterior, de acuerdo con las competencias que tengo atribuidas por el Decreto de Presidencia núm. 287/2015, de día 8 de julio de 2015, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular de Eivissa (BOIB núm. 103, de 10 de julio de 2015) y de conformidad con el artículo 52 del Reglamento orgánico del Consell Insular de Eivissa (BOIB núm. 136, de 18-09-10; corrección en BOIB núm. 148, de 14-10-2010, modificación en BOIB núm. 48, de 16-4-2016),

DISPONGO:

Primero: APROBAR el encargo de la gestión directa y eventual del Consell Insular de Eivissa a un medio propio personificado (Fires, Congressos i Esdeveniments d’Eivissa S.A.U., (FECOEV) para la ejecución de la actividad consistente en la producción técnica del V Festival Cultural Nits de Tanit Músiques del Món 2018, en los términos establecidos en la memoria técnica siguiente:

‘’ASSUMPTE: ENCARGO DE LA GESTIÓN DIRECTA Y EVENTUAL DEL CONSELL INSULAR DE EIVISSA A UN MEDIO PROPIO PERSONIFICADO (FIRES, CONGRESSOS I ESDEVENIMENTS D’EIVISSA S.A.U., FECOEV) PARA LLEVAR A CABO LA PRODUCCIÓN TÉCNICA DEL V FESTIVAL CULTURAL NITS DE TANIT MÚSIQUES DEL MÓN 2018

1. Objeto

El Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud del Consell Insular de Eivissa, dentro del marco de sus competencias y como parte de su programación cultural para el año 2018, tiene previsto llevar a cabo entre los meses de junio y septiembre de 2018 el V Festival Cultural Nits de Tanit, Músiques del Món.

Este Festival tendrá lugar los días, y las horas, con los artistas y espectáculos que se detallan a continuación:

- 21 de julio a les 22 horas. Concierto a cargo de Souad Massi.

- 11 de agosto a les 22 horas. Concierto a cargo de Broukar

- 12 de agosto a les 22 horas. Concierto a cargo de Kroke.

- 26 de agosto a les 22 horas. Concierto a cargo de Mara Aranda.

- 2 de septiembre a les 22 horas. Concierto a cargo del grupo Dervish.

El lugar de celebración de estos espectáculos incluidos en el V Festival Cultural Nits de Tanit Músiques del Món, será en el recinto exterior de la Sede Universitaria de las Islas Baleares en Eivissa (edificio de la antigua Comandancia), a los pies de la muralla del casco antiguo de la ciudad, declarada Patrimonio de la Humanidad, en la calle del Calvari, 1, Eivissa.

El objeto de este encargo es la producción técnica del V Festival Cultural Nits de Tanit Músiques del Món 2018, que incluye lo siguiente:

- montaje de escenarios

- equipos de luz y sonido conforme a los raiders proporcionados por los artistas

- equipamientos backline

- suministro y colocación de gradas para 200 personas

- suministro y colocación de un máximo de 600 sillas por espectáculo y posterior retirada

- suministro y colocación de vallas con lonas para cerrar el perímetro exterior del área destinada a los espectáculos

- suministro y colocación de vallas para controlar el acceso de público

- cerramiento del perímetro del escenario

- suministro y montaje de carpa para la venta de entradas

- subministro, montaje y habilitación de una carpa para los camerinos de los artistas

- habilitación de una zona de estacionamiento de vehículos autorizados (artistas, Consell y proveedores)

- emisión de autorizaciones de vehículos y control del párking de vehículos autorizados

- implantación del plan de emergencia con todas las necesidades que comporte:

1. vigilancia

2. cabinas sanitarias

3. ambulancias

4. limpieza

5. protección civil

6. control aforo

7. control del acceso del público a las instalaciones los días de los espectáculos

- atención a las necesidades técnicas y de equipamiento que hagan los artistas o las compañías (espejos, toallas, perchas, aguas, mobiliario, herramientas para el escenario, etc.)

- suministro del catering para las compañías o para los artistas durante el tiempo que estén en el recinto donde se llevará a cabo la actuación

- ornamentación floral del escenario y entrega de ramos de flores a los artistas que así lo requieran

- tramitación y obtención de todos los permisos inherentes a la actividad objeto del encargo

- elaboración de todo el material de difusión incluyendo los trabajos de redacción, maquetación, traducción (a dos idiomas) e impresión de la publicidad del festival distribuido de la siguiente manera:

- 2 carteles genéricos: 1 castellano/catalán y 1 inglés/alemán (diseño proporcionado por el CIE) medidas 32 x 48 cm, impresión a 4 tintas

- 5 carteles individuales (diseño proporcionado por el CIE) medida 32 x 48 cm, 4 tintas

- 2 programas de mano de 20 páginas: 1 castellano/catalán y 1 inglés/alemán (diseño proporcionado por el CIE) medida 16 x 16 cm, 4 tintas

- diseño y maquetación de 5 banderolas, reutilizables para los cinco conciertos que hay, cambiando los artistas y la fecha. medida 370 cm x 83cm

- reparto de la cartelería por los diferentes lugares de la isla

- impresión de la publicidad del festival de la siguiente manera:

- 500 ejemplares para cada uno de los 7 carteles que se editarán medidas 320 cm x 48 cm impresión en cuatricromía en la cara papel estucado brillo de 150 g.

- 1.500 ejemplares para cada uno de los 2 programas que se editarán (20 páginas) medidas 16 cm x 16 cm papel estucado mate de 150 g, impresión a cuartilla en cuatricomía en todas las caras

- impresión y colocación de las cinco banderolas en los 3 puentes de la carretera E20 (uno para cada lado). Mida 370 cm x 83 cm, impresión a cuatro tintas, papel estucado mate de 150 g.

NOTA: Por lo que respecta a las autorizaciones de la actividad, dado que es una actividad no permanente mayor, se ha de tener en cuenta que el art. 67.2 de la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Islas Baleares prevé que si la actividad se repite anualmente, la documentación técnica continúa siendo válida siempre y cuando se presente un certificado de un técnico competente que indique que la actividad, las condiciones y la normativa no se han modificado con respecto a la última autorización otorgada, así pues, dado que en años anteriors ya se realizó el Festival Cultural Nits de Tanit en el mismo lugar, se debería solicitar nuevamente la actividad propuesta para este año, haciendo referencia a la documentación técnica que obra en las dependencias municipales (exp. Actividades 1014/2014).

Así mismo, debe indicarse que se dispone de plan de autoprotección de las "Actividades culturales que se lleven a cabo en las terrazas exteriores del edificio de Sa Comandància" inscrito con el núm. RGPA 167/2014 de la Dirección General de Interior, Emergencias y Justicia del Gobierno de las Illes Balears. Es responsabilidad de la empresa encomendada la implantación del plan, dando cuenta a la Dirección de Emergencias de la activación del plan y el organigrama del personal responsable.

Por lo que respecta a la puesta en servicio de la instalación eléctrica temporal, será necesario solicitar una nueva puesta en servicio de la instalación para este año. La instalación eléctrica temporal dispondrá de suministros autónomos (generadores).

2. Medio propio destinatario del encargo

La empresa pública Fires, Congressos y Esdeveniments de Eivissa SAU (en adelante FECOEV), con NIF A-07837602, es una entidad mercantil de capital público del Consell Insular de Eivissa, que tiene como objeto, entre otros, la realización de las actividades precisas para planificar, proyectar, coordinar y gestionar con las administraciones públicas las actividades inherentes a un centro integrado de servicios relacionados con la promoción económica, social y cultural mediante la gestión integral de eventos relacionados con la promoción cultural.

Esta entidad tiene el carácter de medio propio y es la entidad que ha realizado parte de los trabajos de realización y producción de este Festival, junto con el Consell Insular, en ediciones anteriores, por lo que su personal es conocedor de las acciones necesarias para llevarlo a cabo.

Visto que la mencionada empresa pública dispone de medios para poder ejecutar estas acciones de producción técnica del V Festival Cultural Nits de Tanit Músiques del Món 2018 y teniendo en cuenta que el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud no cuenta con los medios técnicos y humanos idóneos para llevarlo a cabo.

De conformidad con la instrucción de Secretaria del Consell Insular, aprobada por el Consell Ejecutivo en fecha 13.05.2013, el Consell Insular puede encargar a FECOEV directamente la realización de actividades de su competencia por razones de eficacia. Así mismo, el Consell Executiu, en sesión celebrada en fecha 29.05.2015, estableció el criterio de fiscalización limitada previa de los expedientes de encomienda de gestión (encargos de los poderes adjudicatarios a medios propios personificados), entre otros.

Es por todo lo anterior que el Consell Insular de Eivissa, mediante el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud propone que se encargue a FECOEV la realización de las acciones previstas y necesarias para llevar a cabo la producción técnica del V Festival Nits de Tanit Músiques del Món 2018.

3. Justificación y necesidad

La Ley 6/1994, de 13 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de patrimonio histórico, de promoción sociocultural, de animación sociocultural, de depósito legal de libros y de deportes, establece que los consejos insulares asumirán las competencias relacionadas en el Real Decreto 3040/1983, de 5 de octubre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado en la comunidad autónoma de las Islas Baleares en materia de cultura, entre las que se encuentra el fomento de la música y la danza, la organización y promoción de manifestaciones musicales y el desarrollo de festivales.

El Decreto de Presidencia núm. 2015000285 de estructura del Govern del Consell Insular de Eivissa y creación de Departamentos, publicado en el BOIB núm. 103, de 10 de julio de 2015, establece que el Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud “Comprende la actividad competencial propia de los consejos insulares en relación con las materias de enseñanza, actividades artísticas y culturales, museos, archivos, bibliotecas, normalización lingüística y patrimonio histórico y monumental. Así mismo gestionará las actividades propias del sector de deportes, actividades recreativas, de ocio y tiempo libre, equipamientos juveniles y ordenación de estas actividades. Este Departamento también gestionará los servicios propios de su ámbito de actuación prestados a los diferentes centros propiedad del Consell Insular”.

Por ello, es voluntad del Consell Insular de Eivissa, a través de su Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud, fomentar todas aquellas iniciativas que en la isla supongan la promoción de la cultura en sus diversos ámbitos.

En este sentido, el Festival Cultural Nits de Tanit Músiques del Món, está pensado para difundir diversas disciplines artísticas (música, lírica, teatro, danza, etc.) que suponen un beneficio cultural y lúdico, que pretende llegar no solo a los habitantes habituales de la isla sino también a los visitantes que durante las fechas de este Festival visitan la isla, ofreciendo a todo el mundo espectáculos de calidad y contribuyendo a la promoción y la proyección exterior de Eivissa, ya que se dan a conocer aspectos patrimoniales de la isla (el marco en que está previsto que se celebre está declarado Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO).

A la vista del artículo 86.2 a de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, se ha comprobado que el encargo de gestión directa y eventual del Consell Insular de Eivissa a un medio propio personificado (Fires, Congressos i Esdeveniments d'Eivissa S.A.U., FECOEV) para llevar a cabo la producción técnica del V Festival Cultural Nits de Tanit, Músiques del Món 2018, es la opción más eficiente y más rentable económicamente. Todo ello teniendo en cuenta la experiencia de FECOEV en la organización de espectáculos y la imposibilidad de llevar a cabo, con el personal disponible en el departamento, la ejecución de un proyecto donde están implicados agentes técnicos de muy diversa cualificación que requieren la atención y la coordinación de personal técnico y administrativo del que no dispone el departamento y en este sentido aporta un grado de eficiencia mayor en la ejecución del festival.

4. Plazo de duración

La duración de las actuaciones a encargar son del 23 de junio al 2 de setiembre de 2018 (ambos incluidos), según el calendario establecido al objeto de esta memoria técnica. No obstante este encargo desplegara sus efectos desde el momento de la notificación a la entidad encargada, lo que supondrá la orden de inicio de las actuaciones.

Este encargo tendrá vigencia hasta el día en que hayan quedado justificados todos los gastos ante el órgano gestor que hará el seguimiento del encargo que, en cualquier caso, no podrá superar la fecha del 30 de octubre de 2018.

5. Presupuesto y aplicación presupuestaria

CONCEPTO

IMPORTE

Gastos para la realización de una actividad no permanente mayor: tramitación y obtención de permisos, inspección técnica de los montajes, comunicación al Ayuntamiento de Eivissa, emisión de boletines de instalación eléctrica temporal, certificaciones, tasas inherentes a la actividad no permanente mayor...

13.000,00 €

Suministros y montaje de elementos técnicos y de otros elementos necesarios para el desarrollo de la actividad: equipos de luz y sonido, generadores, escenario, gradas, sillas, vallas, carpas, cabinas sanitarias...

93.000,00 €

Implantación plan de emergencia

15.000,00 €

Producción técnica y coordinación con la producción artística: ornamentación, backline, catering...

21.500,00 €

Publicidad: Elaboración del material de difusión carteles, programas de mano, y banderolas así como la colocación de banderolas en los puentes de la carretera E20 y reparto de la cartelería

12.000,00 €

TOTAL

154.500,00€

El Consell Insular de Eivissa destinará a la producción técnica del V Festival Cultural Nits de Tanit la cantidad de 154.500,00 € (ciento cincuenta y cuatro mil quinientos euros) para el encargo de la gestión directa y eventual a Fires, Congressos i Esdeveniments d’Eivissa S.A.U. (FECOEV), en los mismos términos que se han detallado antes. Esta cantidad irá con cargo en la aplicación presupuestaria 3340 22799 y tendrá el carácter de aportación máxima a los gastos que realice en ejecución de las acciones objeto de este encargo.

6. Forma de pago

El abono de las cantidades relativas a los gastos objeto de este encargo es realizará a medida que se vayan presentando las correspondientes facturas detalladas, justificativas de los gastos realmente realizados para cada espectáculo.

No obstante, el Consell Insular podrá requerir en cualquier momento la documentación que estime oportuna justificativa de los gastos facturados en caso de que no quede suficientemente detallado en las facturas presentadas.

En cualquier caso, se habrá de estar en el plazo máximo de justificación previsto en el punto 4 de este encargo.

Las facturas se presentarán a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas del Consell Insular de Eivissa (https://cie.face.gob.es/) con los siguientes códigos DIR3:

Denominación: Consell Insular d’Eivissa

Av. d'Espanya, 49

07800 Eivissa

NIF: S 0733001 B

 

Oficina contable

Órgano gestor

Unidad tramitadora

Consell Insular d'Eivissa

Secretaria Tècnica de Medi Ambient, Agricultura, Cultura, Educació, Patrimoni, Esports i Joventut

Promoció Cultural

L03070006

LA0007848

LA0005716

El Consell Insular de Eivissa quedará excluido de cualquier riesgo empresarial derivado de las acciones previstas en el objeto de este encargo.

FECOEV inhibirá de toda responsabilidad al Consell Insular de Eivissa. Todas las cuestiones de litigio que puedan derivarse de la interpretación y el cumplimiento del presente acuerdo serán sometidas a los juzgados y a los tribunales de la jurisdicción de Eivissa, con renuncia de cualquier otro fuero.

7. Posibilidad de prórroga o modificaciones

Si mientras se está ejecutando el encargo se producen circunstancias que así lo aconsejen, el Consell Insular de Eivissa podrá modificar el encargo inicial bien a iniciativa propia, bien a petición del medio propio, siempre y cuando esta modificación quede acreditada y justificada, y se produzca durante el plazo de duración del encargo y no afecte a actuaciones ya realizadas.

Esta modificación supondrá la tramitación del correspondiente expediente administrativo que requerirá de los mismos actos que el expediente inicial.

En cuanto a la posibilidad de prórroga del encargo deberá quedar acreditado que es necesaria y justificada y se podrá realizar en los mismos términos establecidos para la modificación de la misma, siempre y cuando se ejercite antes de finalizar el encargo.

8.- Directora del encargo

Como directora para la verificación de la ejecución del encargo se propone el nombramiento de la funcionaria encargada de la promoción cultural, Sra. Yolanda Andiñach Planells.

9.- Régimen jurídico aplicable

Este encargo de gestión a un medio propio personificado (Fires, Congressos i Esdeveniments d’Eivissa S.A.U., FECOEV) para la ejecución de la actividad consistente en la producción técnica del V Festival, se realizará de conformidad con la legislación vigente que le sea de aplicación, y en todo caso, observando las prescripciones contenidas en los artículos, 11 y 86 Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, y en los artículos 6 i 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público.

De conformidad con el artículo 11.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, el órgano encomendado tiene la condición de encargado del tratamiento de los datos de carácter personal a los cuales pueda tener acceso en ejecución del encargo de gestión, y de conformidad con lo establecido en la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.’’

Segundo: APROBAR la autorización y compromiso de gasto de la cantidad de este encargo, con un importe máximo de 154.500,00 € (ciento cincuenta cuatro mil quinientos euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 3340 22799 de los presupuestos del Consell Insular de Eivissa de 2018, en los términos previstos en la memoria transcrita en el punto anterior.

Tercero. NOMBRAR la Sra. Yolanda Andiñach Planells, funcionaria del Departamento de Educación, Patrimonio, Cultura, Deportes y Juventud, directora para la verificación de la ejecución del encargo.

Cuarto. NOTIFICAR el acuerdo que se adopte a la entidad interesada.

Quinto. PUBLICAR este acuerdo en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, todo de conformidad con el artículo 11.3.a de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público y el artículo 8.1.b de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Eivissa, 22 de junio de 2018

La secretaria técnica de Medio Ambiente, Agricultura, Cultura, Educación, Patrimonio, Deportes y Juventud

Maria Catalina Tur Torres