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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 6877
Decreto de modificación de las bases de la convocatoria para confeccionar una bolsa de trabajo de Policía Local (BOIB núm. 70 de fecha 7/6/2018)

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Texto

Decreto de Alcaldía

Hechos

1. En fecha 5/6/2018 la Tenencia de Alcaldía de Servicios Generales, Seguridad y Litoral aprobó las bases de la convocatoria para confeccionar una bolsa de trabajo de Policía Local (BOIB núm. 70 de fecha 7/6/2018).

Advertido error en la mencionada resolución, se ha de corregir.

Es por ello que esta Tenencia de Alcaldía, en virtud de las competencias que le otorga el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, según redacción dada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, dispone la siguiente

Resolución

1. Modificar las bases de la convocatoria para confeccionar una bolsa de trabajo de Policía Local, decretada por la Tenencia de Alcaldía de Servicios Generales, Seguridad y Litoral en fecha 5/6/2018 (BOIB núm. 70 de fecha 7/6/2018), en el sentido siguiente:

Donde dice:

“3. REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES

a) Tener la nacionalidad española o alguna otra en los casos que, según el artículo 56 del Real decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la ley del Estatuto del Empleado Público, se permita el acceso a la ocupación pública.

En este último caso, para las persones aspirantes que no posean la nacionalidad española y de su origen no se desprenda el conocimiento de la lengua castellana, se tiene que acreditar el conocimiento de la misma mediante la aportación del diploma de español como lengua extranjera, regulado en el RD 1137/2002, de 31 de octubre, o del certificado de aptitud de español para extranjeros, expedidos por las escuelas oficiales de idiomas o mediante la acreditación de estar en posesión de una titulación académica española expedida por el órgano oficial competente al territorio español, o bien mediante la superación de una prueba específica que acredite que posee el nivel adecuado de comprensión y de expresión oral y escrita en esta lengua.

Ha de decir:

“3. REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES

a) Tener la nacionalidad española.”

2. Publicar esta resolución en el BOIB, en el tablón de anuncios y en la web municipal.

Calvià 21 de juny de 2018

El Teniente de Alcalde delegado de Servicios Generales, Seguridad y Litoral

Andrés Serra Martínez

(Delegación por resolución de Alcaldía de fecha 23/2/2018)