Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Núm. 6745
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas por la que se modifica el anexo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018
Hechos
1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018 (BOIB n.º 31, de 10 de marzo) se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020.
2. El carácter estimativo de las cuantías previstas en el Plan Estratégico y el tiempo transcurrido desde que se aprobaron, hace necesario ajustar las previsiones contenidas en el anexo, con respecto a determinadas líneas de ayudas que debe gestionar la Consejería de Cultura, Participación y Deportes.
En este sentido, la mencionada Consejería incluye dos nuevas líneas de subvenciones. Una con respecto al objetivo III, lucha contra las desigualdades, en la línea de promoción del deporte con el fin de dotar del material y el utillaje adecuados para el desarrollo de los entrenamientos y las competiciones oficiales de los deportistas y equipos de las Illes Balears incluidos en la etapa de alto rendimiento deportivo en la cual se lleva a cabo la mejora del nivel técnico y competitivo.
La otra línea en el objetivo VI, acceso a la enseñanza y a la cultura, concretamente para el fomento del uso de la lengua catalana en el ámbito de las entidades deportivas de las Illes Balears. El objetivo de esta convocatoria es apoyar a estas entidades para que el catalán se convierta en la lengua de uso normal y habitual en sus actividades, externas e internas.
3. En el apartado 3 del Acuerdo mencionado se delega la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones en la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Corresponde, por lo tanto, a la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas la aprobación y/o modificación del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, mediante el cual se nombra la señora Catalina Cladera i Crespí, consejera de Hacienda y Administraciones Públicas.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Aprobar la segunda modificación del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018, en el sentido de incluir dos nuevas líneas de subvenciones. Así quedan incorporadas al Plan las siguientes líneas:
PLA ESTRATÉGICO SUBVENCIONES 2018-2020
OBJETIVO III
LUCHA CONTRA LAS DESIGUALDADES
III.6 Promoción del Deporte
III.6.8
Dirección general o entidad: Dirección General de Deportes y Juventud
Fuente de financiación: Capítulo VII
Descripción: ayudas para la adquisición de material deportivo inventariable y/o material inventariable para la dotación de centros de seguimiento y tecnificación deportiva.
Objetivo y efectos: dotar de material inventariable deportivo adecuado para el desarrollo de los entrenamientos y las competiciones oficiales de los deportistas y equipos de las Illes Balears incluidos en la etapa de seguimiento deportivo y tecnificación deportiva
Coste: 500.000,00 euros
Convocatoria: Anual
Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado
OBJETIVO VI
ACCESO A LA ENSEÑANZA Y LA CULTURA
VI.7 Fomento del uso de la lengua catalana
VI.7.5
Dirección general o entidad: Dirección General de Política Lingüística
Fuente de financiación: Capítulo IV
Descripción: ayudas destinadas a las entidades deportivas de las Illes Balears para el fomento del uso del catalán en sus actividades
Objetivos y efectos: fomentar la presencia de la lengua catalana en las entidades deportivas para que se convierta en la lengua catalana de uso normal y habitual en sus actividades, tanto internas como externas, en el territorio de las Illes Balears
Coste: 100.000,00 euros
Convocatoria: anual
Incidencia sobre el mercado: creación de empleo e incremento de la actividad económica en las Illes Balears
2. Disponer que esta Resolución despliegue sus efectos desde su fecha de publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 18 de junio de 2018
La consejera de Hacienda y Administraciones Públicas
Catalina Cladera i Crespí