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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 6669
Resolución del Director del Instituto de las Cualificaciones Profesionales de las Illes Balears de 18 de junio de 2018 por la cual se publica la relación de personas habilitadas para ejercer las funciones de asesoramiento y de evaluación en los procedimientos de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o vías no formales de formación

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Texto

El Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral, determina en el apartado f del artículo 22.1 que las administraciones competentes deben habilitar los asesores y los evaluadores que tienen que realizar este procedimiento y mantener el registro.

El artículo 25 de este Real Decreto establece que, para obtener la habilitación, las personas que deban ejercer las funciones de asesoramiento y/o de evaluación deben cumplir unos determinados requisitos de experiencia en los perfiles profesionales que correspondan en cada caso y que deben superar un curso de formación específica.

El Decreto 55/2011, de 20 de mayo, regulador de la estructura organizativa del procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral o vías no formales de formación a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, especifica en el artículo 3.2 f que es función del IQPIB “habilitar al personal asesor y evaluador, y mantener el registro, así como nombrar para cada una de las convocatorias a los profesionales habilitados”.

Mediante la Resolución del Director del Instituto de las Cualificaciones Profesionales de las Illes Balears de 19 de diciembre de 2017 (BOIB nº. 159, de 28 de diciembre) se convoca el curso de formación específica para obtener la habilitación de asesores y evaluadores en procedimientos de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral y aprendizajes no formales, regulados por el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio. Este curso cumple lo que determina el artículo 25 del Real decreto 1224/2009 y los contenidos se atienden en lo que establecen los Anexos IV y V de este Real Decreto.

El Director del Instituto de las Cualificaciones Profesionales de las Illes Balears estima conveniente publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears la relación de las personas que reúnen las condiciones para obtener la habilitación como asesores y evaluadores en los procedimientos de acreditación para el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o vías no formales de formación y, por lo tanto, para ser incorporados como tales en el registro mencionado en el artículo 22.1 f del Real Decreto 1224/2009, del Ministerio de la Presidencia. Esta publicación se hace con el fin de favorecer que la ciudadanía tenga constancia de las personas que han resultado habilitadas.

Por todo eso, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de la relación de personas que reúnen las condiciones para obtener la habilitación como asesores y evaluadores, de acuerdo con su perfil profesional, en los procedimientos de acreditación para el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral o vías no formales de formación, e incorporarlos como tales en el registro mencionado en el artículo 22.1 f del Real Decreto 1224/2009. Esta relación figura como Anexo de esta Resolución.

Segundo

Informar de que estas habilitaciones son válidas en las convocatorias del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales que realicen tanto la Administración general del Estado como las comunidades autónomas.

 Palma, 18 de junio de 2018

El director

Joan Antoni Sancho Castañer

 

ANEXO

Relación de personas que han superado el curso específico y se habilitan como asesores y evaluadores, de acuerdo con su perfil profesional, de los procedimientos de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral o vías no formales de formación y se incorporan como tales en el registro mencionado en el artículo 22.1 f del Real Decreto 1224/2009

 

Nombre

Apellidos

Cualificación

Laura

Arbós Martínez

Apta

Anna

Bagur Benejam

Apta

Josep Francesc

Batle Espín

Apto

M. de los Ángeles

Calbet Vicens

Apta

Maria

Capella Ripoll

Apta

Sebastià

Carbonell Crespí

Apto

Marcos

Castilla Roca

Apto

Josefina

Donate Rodero

Apta

Hugo Sebastian

Doyle Yánez

Apto

Sira

Fiz Vozmediano

Apta

María José

Frutos Buades

Apta

Sergio

Gallego Peña

Apto

Inmaculada

García Aliaga

Apta

Mateu

Gelabert Creus

Apto

Margarita Francisca

Guasch Ribas

Apta

José Luis

Jiménez Rodríguez

Apto

Marcos

Lizancos Sansó

Apto

David

Maqueda Lozano

Apto

Pau

Marimon Ribas

Apto

Belén

Martín López

Apta

Yasmina

Martín López

Apta

Manuel

Martín Olmeda

Apto

Miguel Víctor

Mascaro Covas

Apto

Margarita

Monserrat Salom

Apta

Escolástico

Muñoz Juárez

Apto

Jaume

Muntaner González

Apto

Bartomeu

Mut Simó

Apto

Juan

Nadal Alcover

Apto

Ricardo

Núñez Losada

Apto

Luís

Núñez Vázquez

Apto

Antonio

Oliver Far

Apto

Rosa

Orell Garrido

Apta

Maria Luisa

Palma Morales

Apta

Francisco

Palmer Amer

Apto

Mercedes

Pardos Martinez

Apta

Jaume

Roig Sastre

Apto

Ramona Delia

Saleno

Apta

Ana Elisa

Sancha Melia

Apta

Catalina

Serra Bisquerra

Apta

Juan Manuel

Suau Ponseti

Apto

Jorge Luis

Troya Míguez

Apto