Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO LOCAL
Núm. 6601
Notificación colectiva de liquidaciones y anuncio de cobro de la tasa por matrícula anual de cotos privados de caza del Consell de Mallorca correspondiente al ejercicio 2018
1. De acuerdo con el que dispone el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, a efectos de notificación colectiva de las liquidaciones correspondientes, comunicamos a los contribuyentes que el padrón de la tasa por matrícula anual de cotos privados de caza queda expuesto en la sede del Consell de Mallorca durante el plazo de un mes a contar del día siguiente de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).
Contra las liquidaciones contenidas en el padrón se puede interponer un recurso de reposición ante el Consell de Mallorca, previo al contencioso administrativo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de haber finalizado el periodo de exposición pública del padrón (artículo 14.2 del Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo).
2. Al efecto previsto en el artículo 24 del Reglamento general de recaudación (Real decreto 939/2005, de 29 de julio), comunicamos a los contribuyentes y a los otros interesados que el propio Consell de Mallorca, al cual corresponde la función recaudatoria, llevará a cabo el cobro, en periodo voluntario, de la tasa por matrícula anual de cotos privados de caza correspondiente al ejercicio 2018 en el plazo y en las formas que se indican acto seguido:
A) PLAZO DE PAGO: del 15 de julio al 15 de septiembre de 2018, ambos incluidos.
B) FORMAS DE PAGO:
— Los contribuyentes que hayan recibido el aviso o los avisos de pago pueden pagar presentándolo en cualquier banco o caja de ahorros que tenga la condición de entidad de crédito colaboradora del Consell de Mallorca.
— El pago también se puede hacer de manera telemática por Internet en <<https://taxes.conselldemallorca.net/>> opción "Pago Telemático" mediante el servicio de banca electrónica de las entidades colaboradoras o con tarjeta de crédito o de débito, con independencia de la entidad que lo emita; y de manera automática en los cajeros automáticos de Bankia, La Caixa y del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA).
— Los recibos domiciliados en una entidad bancaria se remitirán a las entidades respectivas para que se carguen en las cuentas de los contribuyentes. Les recordamos que es conveniente usar las modalidades de domiciliación de pago y de gestión de abono de los recibos mediante entidades bancarias, de acuerdo con lo que establece el Reglamento general de recaudación (artículos 25.2 y 38).
3. Los contribuyentes que no hayan recibido el aviso de pago pueden obtenerlo en la Dirección Insular de Desarrollo Local y Caza (c/ General Riera, 111 de Palma o telefoneando al 971 21 98 54), del lunes a viernes laborables de las 9 a 14 horas.
Advertimos a los contribuyentes que, de acuerdo con lo que prevén los artículos 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, una vez transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario antes señalado se iniciará el periodo ejecutivo, hecho que determinará la exigencia del recargo correspondiente y, si procede, de los intereses de demora y de las costas que se produzcan.
Palma, 11 de junio de 2018
La Secretaria Técnica de Desarrollo Local
(Por delegación del consejero de Desarrollo Local Resolución de 21-09-2015. BOIB núm. 141, de 26 de septiembre 2015)
Antònia Malagrava Cantallops