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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE MANACOR

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 5 DE MANACOR

Núm. 5093
Declaración de ausencia 753/2013

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Texto

Dª Emiliana Pérez García, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de Primera Instancia número cinco de Manacor, por el presente hago saber: que en este Juzgado se ha seguido procedimiento de declaración de ausencia número 753/2013 entre Miguel Llasser Ferrer y Jerónimo Llasser Vidal, en el que se ha dictado Auto cuya PARTE DISPOSITIVA es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

DEBO DECLARAR Y DECLARO EN AUSENCIA LEGAL A D. JERONIMO LLASSER VIDAL, DESIGNANDO REPRESENTANTE DEL MISMO A SU PADRE, D. MIGUEL LLASSER FERRER, con todos los efectos inherentes a tal declaración.

No procede hacer especial mención sobre el pago de las costas causadas.

Una vez FIRME esta resolución, entréguese testimonio de este AUTO al solicitante e inscríbase en el REGISTRO CIVIL DE SANTANYI, al margen de la inscripción de nacimiento del declarado ausente, librándose EXHORTO AL JUZGADO ENCARGADO DE DICHO REGISTRO CIVIL.

Requiérase a D. MIGUEL LLASSER VIDAL que comparezca ante esta oficina judicial a efectos de aceptar el cargo de REPRESENTANTE de su hijo JERONIMO LLASSER VIDAL.

Expídase y únase testimonio de esta resolución a las actuaciones e incorpórese el original al LIBRO DE AUTOS.

Notifíquese a las partes y hágales saber que contra la misma, cabe RECURSO DE APELACION en ambos efectos, que conforme al artículo 458 de la LEC (tras su redacción por la LEY 37/2011), se presentará directamente ante este juzgado en el plazo de veinte días contados a partir del siguiente a la notificación de la presente resolución, en el que se deberá exponer las alegaciones en que basen la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugnan, para su posterior sustanciación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Palma de Mallorca. Para su interposición será necesario acompañar copia del resguardo de ingreso de 50 euros en la "Cuenta de Depósitos y Consignaciones" abierta a nombre de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER, requisito exigido por la Disposición Adicional 15ª de la LO 1/2009 de 3 de noviembre, sin cuyo requisito no se le dará trámite.

Y como consecuencia del ignorado paradero de JERONIMO LLASSER VIDAL, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En MANACOR, a diecisiete de abril de dos mil dieciocho.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA