Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA

Núm. 6484
Extracto de la Resolución de la consejera de Presidencia de 12 de junio de 2018 por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para diseñar e implementar proyectos relacionados con la diversidad sexual y de género dirigidos al colectivo LGTBI para 2018

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Identificador BDNS: 403668

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de subvenciones para diseñar e implementar campañas divulgativas de sensibilización de la ciudadanía hacia la diversidad sexual y de género y la prevención de la LGTBI-fobia en las Illes Balears, así como de difusión de los derechos de lesbianas, gays, trans*, bisexuales e intersexuales (LGTBI); actividades formativas en diversidad sexual y de género, y proyectos de intervención sociocomunitaria para dar respuesta a situaciones de vulnerabilidad de personas o colectivos por razón de su orientación sexual, identidad de género o expresión de género para 2018. El texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (<http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans>).

Primero

Entidades beneficiarias

Pueden ser beneficiarias de las subvenciones previstas en esta convocatoria las asociaciones, federaciones de asociaciones, fundaciones y cualquier otra persona jurídica privada sin ánimo de lucro legalmente constituidas y en activo, radicadas en las Illes Balears.

También pueden acceder a ellas las asociaciones y las personas jurídicas públicas o privadas debidamente registradas en otros ámbitos territoriales cuando ejecuten y desarrollen programas o acciones en el ámbito territorial de las Illes Balears y que tengan efectos en el ámbito de la red social de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Asimismo, pueden concurrir a las subvenciones de forma conjunta para un mismo proyecto dos o más entidades siempre que especifiquen claramente cuáles serán las funciones de cada una y cumplan los requisitos anteriores.

Pueden ser beneficiarias de las subvenciones las entidades que cumplan el apartado 4.2 de la convocatoria.

Segundo

Objeto

El objeto de esta convocatoria es la realización de proyectos y actividades para fomentar y divulgar la diversidad sexual y de género, garantizar los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales (LGTBI) y erradicar la LGTBI-fobia.

El objeto de las ayudas es la creación y la realización de campañas de difusión de los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales, de sensibilización hacia la diversidad sexual y de género, y de prevención de la LGTBI-fobia en las Illes Balears; la creación e implementación de programas y proyectos de intervención sociocomunitaria para dar respuesta a situaciones de vulnerabilidad de personas o colectivos por razón de su orientación sexual, identidad de género o expresión de género, y la organización de congresos, seminarios, simposios, jornadas, cursos y otras actividades y acontecimientos de carácter similar relacionados con la diversidad sexual y de género, con las siguientes finalidades:

a. Fomentar una percepción y una actitud positivas hacia el colectivo LGTBI, a efectos de evitar situaciones de rechazo y de marginación de las personas por razón de su orientación sexual, identidad de género o expresión de género, con especial atención a la situación de las mujeres transexuales, lesbianas o bisexuales.

b. Dar difusión de la Ley 8/2016 a toda la sociedad, especialmente a lesbianas, gais, transexuales, bisexuales e intersexuales y sus familias con el objetivo de que conozcan los nuevos derechos que les concede esta ley.

c. Incrementar los conocimientos y potenciar las aptitudes y las actitudes favorables a la diversidad sexual y de género en todos los ámbitos.

d. Mejorar las habilidades y las capacidades de las personas y colectivos LGTBI que están en una situación de mayor vulnerabilidad.

 

Tercero

Bases reguladoras

Esta convocatoria se rige por la Orden del consejero de Presidencia de 14 de enero de 2011 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de acción cívica (BOIB n.º 17, de 3 de febrero).

Cuarto

Cuantía

El importe máximo que se destina a la convocatoria es de 50.000 € (cincuenta mil euros) con cargo en la partida presupuestaria correspondiente de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2018.

La determinación del importe de la subvención se establece en el punto 13 de la convocatoria de acuerdo con los criterios previstos en el punto 12 que se detallan en el anexo de la convocatoria.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes y la documentación adjunta es de un mes contador a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Los modelos para presentar la solicitud están disponibles en la sede electrónica del Gobierno de las Illes Balears (http://seuelectronica.caib.es) y en la página web de la Dirección General de Coordinación de la Consejería de Presidencia (<http://dgpresid.caib.es/>).

 

Palma, 12 de junio de 2018

La consejera de Presidencia,

Pilar Costa i Serra