Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PARTICIPACIÓN Y DEPORTES
Núm. 6454
Resolución de la consejera de Cultura, Participación y Deportes por la que se somete al trámite de información pública el Anteproyecto de ley de salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial de las Illes Balears
Hechos
1. Desde día 13 de febrero de 2018 hasta día 6 de marzo de 2018, se substanció una consulta pública previa, a través de la página de participación ciudadana, sobre la propuesta de elaboración del Anteproyecto de ley de salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial de las Illes Balears.
2. El 9 de marzo de 2018, la consejera de Cultura, Participación y Deportes dictó la resolución mediante la cual se inicia el procedimiento de elaboración del Proyecto de Decreto de referencia.
3. Una vez elaborado el Proyecto de decreto, de acuerdo con el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 43, 44 y 45 de la Ley 4/2001, se tiene que someter al trámite de audiencia de las entidades interesadas y al trámite de información pública.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Los artículos 43, 44 y 45 de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Someter a la audiencia de la ciudadanía el borrador del Anteproyecto de ley de salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial de las Illes Balears y ponerlo a disposición de las personas interesadas en la Secretaría General de la Consejería de Cultura, Participación y Deportes (C/ del Uruguay, s/n, de Palma) y en la página web de participación ciudadana (<http://participaciociutadana.caib.es>) del Gobierno de las Illes Balears.
2. Fijar el plazo de información pública en quince días hábiles desde el día siguiente al de haberse publicado esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Las alegaciones se tienen que presentar en la sede de la Secretaría General de la Consejería de Cultura, Participación y Deportes (C/ del Uruguay, s/n, de Palma) o en cualquiera de los sitios que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
3. Posibilitar las alegaciones al Anteproyecto por medios telemáticos, mediante el apartado “Participación en la elaboración normativa” de la página web de participación ciudadana <(http://participaciociutadana.caib.e>s) del Gobierno de las Illes Balears, en el plazo que se establece en el apartado anterior, de acuerdo con el artículo 34.2 f de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Siempre que las alegaciones presentadas mediante la web incluyan la identificación de la persona o la entidad que las hace, se incluirán en el expediente de elaboración normativa, aunque no consten en el registro de entrada electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A este efecto, el funcionario o funcionaria del órgano competente de la tramitación del procedimiento normativo que las reciba electrónicamente emitirá una diligencia de las alegaciones presentadas.
4. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 12 de junio de 2018
La consejera de Cultura, Participación y Deportes,
Francesca Tur Riera