Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 6401
Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 4 de junio de 2018 de modificación de la Resolución provisional del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 8 de mayo de 2018 sobre la modificación y el mantenimiento de los conciertos educativos para el curso escolar 2018-2019
Hechos
1. El 17 de mayo de 2018 se publicó, en el BOIB nº. 61, la Resolución provisional del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 8 de mayo de 2018 sobre la modificación y el mantenimiento de los conciertos educativos para el curso 2018-2019.
2. Se han advertido tres errores en el anexo 3 de la Resolución antes mencionada, concretamente la omisión de la aparición de los centros CC Beato Ramon Llull (07001526), CC Sa Real (código 07001344) y CC Virgen del Carmen (07002816), en el anexo mencionado como también las correspondientes observaciones en el anexo 9.
3. En el expediente, el CC Beato Ramon Llull aparece tanto en el informe económico y de Planificación Educativa del jefe del Departamento de Planificación y Centros de 25 de abril de 2018 (condición del mantenimiento del concierto de las dos unidades enteras de 2º de bachillerato a disponer del número suficiente de alumnos a la matrícula de septiembre) como también en el informe del Departamento de Inspección Educativa de 25 de abril de 2018 sobre necesidades de escolarización. Esta propuesta siguió el trámite de oír la Comisión de Conciertos Educativos de las Illes Balears, en la sesión de día 4 de mayo de 2018.
4. En el expediente, el CC Sa Real aparece igualmente tanto en el informe económico y de Planificación Educativa del jefe del Departamento de Planificación y Centros de 25 de abril de 2018 (modificación de oficio del concierto de las unidades de 2º de bachillerato) como también en el informe del Departamento de Inspección Educativa de 25 de abril de 2018 sobre necesidades de escolarización. También esta propuesta de modificación siguió el trámite de oír la Comisión de Conciertos Educativos de las Illes Balears, en la sesión de día 4 de mayo de 2018.
5. Al expediente, también aparece el CC Virgen del Carmen, tanto en los dos informes mencionados en los puntos anteriores (mantenimiento de 1,5 grupos en 1º y 1,5 grupos en 2º de bachillerato; 0,5 grupos en la modalidad de ciencias en cada curso y 1 grupo en la modalidad de humanidades y ciencias sociales en cada curso) como también la propuesta que siguió el trámite mencionado con respecto a la Comisión de Conciertos Educativos de las Illes Balears.
6. En consecuencia y dado que para estos tres centros se han realizado todas las actuaciones previas al dictado de la resolución provisional, en aplicación del artículo 23.2 del Decreto 3/2017 por el que se establecen los preceptos que tienen que regir las convocatorias para el establecimiento y la renovación de los conciertos educativos a partir del curso académico 2017-2018, hace falta proceder al dictado de una resolución de modificación de la resolución provisional de día 8 de mayo de 2018, que tiene que ser publicada en el BOIB fijando un plazo de diez días hábiles para formular alegaciones, con el fin de garantizar los derechos de los interesados.
Por todo ello dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero
Modificar los anexos 3 y 9 de la Resolución provisional del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 8 de mayo de 2018 sobre la modificación y el mantenimiento de los conciertos educativos para el curso escolar 2018-2019 tal como se indica al anexo de la presente Resolución.
Segundo
Conceder a los centros interesados un nuevo plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears para que puedan formular las alegaciones que consideren adecuadas. Estas alegaciones se tienen que presentar a través del GestIB.
Tercero
Disponer que esta Resolución entre en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 4 de junio de 2018
El director general de Planificación, Ordenación y Centros
Antonio Morante Milla
ANEXO
Se tiene que añadir al anexo 3, entre los centros que correspondan ordenados por el nombre del centro, el CC Beato Ramon Llull de Inca, el CC Sa Real de Eivissa y el CC Virgen del Carmen de Palma, con el siguiente texto:
ANEXO 3 |
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EDUCACIÓN SECUNDARIA POSTOBLIGATORIA Y EDUCACIÓN SUPERIOR |
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(Bachillerato y ciclos formativos de formación profesional de grado medio y de grado superior) |
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Identificación del centro |
Enseñanzas |
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Código |
Nombre |
Localidad |
BTX |
CFGM |
CFGS |
Observaciones |
07001526 |
CC BEATO RAMON LLULL |
INCA |
1 BC 1º |
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40 |
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1 BHCS 1º |
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40 |
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1 BC 2º |
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66 |
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1 BHCS 2º |
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66 |
07001344 |
CC SA REAL |
EIVISSA |
0,5 BC 1º |
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40 |
1 BHCS 1º |
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40 |
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0,5 BC 2º |
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67 |
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1 BHCS 2º |
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40 |
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07002816 |
CC VIRGEN DEL CARMEN |
PALMA |
0,5 BC 1º |
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68 |
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1 BHCS 1º |
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68 |
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0,5 BC 2º |
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68 |
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1 BHCS 2º |
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68 |
Se tienen que añadir al anexo 9 tres nuevas observaciones con el siguiente texto
ANEXO 9 |
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OBSERVACIONES |
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66. |
El mantenimiento de los dos grupos concertados a segundo de bachillerato, uno en la modalidad de ciencias y uno en la modalidad de humanidades y ciencias sociales, queda condicionado a disponer del número suficiente de alumnos a la matrícula de septiembre. |
67. |
Procede eliminar de oficio del concierto educativo media unidad de la modalidad de ciencias de segundo curso de bachillerato, dado que con la matrícula actual de primero de bachillerato sólo hay alumnado para<A[para|por]> un grupo y medio de segundo curso en las dos modalidades. Según el alumnado actual procede eliminar esta media unidad de la modalidad de ciencias. |
68. |
La matrícula de bachillerato es insuficiente para concertar dos unidades de primero y de segundo. Visto el alumnado actual, se propone continuar con 1,5 unidades, 0,5 en la modalidad de ciencias y 1 en la modalidad de humanidades y ciencias sociales a cada curso. |