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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 6388
Bases de las condiciones económico-administrativas y técnicas para la adjudicación de las barras en las fiestas de Sant Jaume en Formentera

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Texto

La Comisión de Gobierno del Consell Insular de Formentera, en sesión celebrada el 7 de junio de 2018, y en ejercicio de sus competencias, sobre la base de lo propuesto (que conforme a los artículos 35 y 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, antes artículos 54 y 89 de la Ley 30/1992, supone la motivación de este acto), adoptó, por unanimidad, el siguiente acuerdo:

1. Aprobar las Bases de las condiciones económico-administrativas y técnicas para la adjudicación de barras en las fiestas de Sant Jaume (que constan como anexo).

2. Publicarlas el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), en la página web y en el tablón de anuncios de la Corporación.

ANEXO

Bases de las condiciones económico-administrativas y técnicas para la adjudicación de las barras en las fiestas de Sant Jaume 2018

1. Convocatoria:

Podrán solicitar barra para las Fiestas de Sant Jaume, aquellas entidades sin ánimo de lucro y entidades deportivas, inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Consell Insular de Formentera, que tengan el ámbito de actuación en la isla de Formentera.

El Consell Insular de Formentera para las Fiestas de Sant Jaume adjudicará un máximo de 7 barras.

Las medidas del espacio a pedir serán de 16 m2 máximo por asociación.

Las solicitudes se formalizarán mediante el modelo normalizado que se adjunta como anexo a estas bases. Deberán dirigirse a la Presidencia del Consell Insular de Formentera y se presentarán en el Registro General del Consell Insular de Formentera, en la Oficina de Atención Ciudadana (OAC), c/ Ramon Llull, 6, CP 07800 San Francisco Javier, Formentera, o bien en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y deberán acompañar de la siguiente documentación:

a. NIF de la entidad, asociación o club solicitante.

b. DNI, pasaporte, NIE o tarjeta de residencia del representante de la entidad, asociación o club, y responsable de la misma.

b. Declaración responsable de no estar sometidos a ninguna causa de responsabilidad o prohibición de obtener ayudas o subvenciones, de acuerdo con el artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones de las Islas Baleares, y con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (se adjunta modelo como anexo II), y de no estar incurso en caso de prohibición de contratar y de estar al corriente de obligaciones con el Estado, con el Consell Insular de Formentera, y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes

c. Memoria explicativa de la entidad (nombre, actividades que realizan, historia, acción social, cultural o deportiva, a nivel local o salida al exterior, historia, ingresos, gastos y a que destinarán los beneficios de la barra.

d. Presupuesto:

1. Póliza de responsabilidad civil que dé cobertura (hasta 600.000 euros) a los trabajadores y/o voluntarios de cada barra.

2. Póliza de responsabilidad civil de la asociación derivada de la actividad de la barra, los posibles daños a terceros, provocados por la consumición de los productos que se sirvan en las barras, y que estén en vigor durante todos los días que se realice la actividad. Se recomiendas los capitales establecidos por el convenio laboral de hostelería de las Islas Baleares.

e. Especificar los días de montaje de la barra para las Fiestas de Sant Jaume.

f. Señalar la previsión de vasos que necesitarán para la fiesta.

2. No se admitirá a trámite ninguna solicitud que no esté acompañada de los documentos descritos en los apartados anteriores, salvo que estos documentos ya estén en poder de la Conselleria de Cultura, Educación y Patrimonio del Consell Insular de Formentera, de conformidad con lo que se regula en el artículo 13 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en la que fueron presentados o, en su caso, emitidos, y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.

2. Valoración:

El Área de Cultura del Consell Insular de Formentera evaluará las solicitudes presentadas, según las siguientes categorías:

Categoría A:

Asociaciones culturales y comisiones de fiestas que organicen fiestas populares de Formentera, sufragadas mayoritariamente por la asociación y que a la vez fomenten la acción dinamizadora y promuevan la participación ciudadana en la sociedad formenterense.

Categoría B:

Asociaciones culturales y/o de acción social que reinviertan parte de sus beneficios en la sociedad formenterense.

Categoría C:

Entidades deportivas de la Isla de Formentera, a las cuales se tendrá en cuenta:

· antigüedad

· categoría

· número de socios

· repercusión en la sociedad formenterense.

Tendrán prioridad, siempre que cumplan los requisitos, todas aquellas entidades correspondientes a la categoría A. En los casos de entidades correspondientes a las categorías B y C se hará una valoración de todas las entidades presentadas que cumplan los requisitos, teniendo preferencia las del grupo B.

3. Pago:

El precio estipulado será de 9 € por metro cuadrado y día solicitado.

El pago se deberá realizar mediante transferencia bancaria antes del día 17 de julio de 2018. En caso contrario se perderá de forma automática la concesión/autorización del espacio solicitado.

Números de cuenta bancaria para realizar el ingreso:

Bankia ES56 2038 3446 3964 00000655

Banc Sabadell ES81 0081 1396 06 0001001505

Banca March ES78 0061 0032 58 0000010181

La Caixa ES29 2100 0187 1102 00000383

Banco Popular Español ES69 0075 6871 94 0602625618

Quedan exentas de pago las entidades de ayuda al desarrollo.

4. Disposiciones generales:

4.1. Prohibiciones:

Las entidades y/o asociaciones beneficiarias, quedarán sometidas, entre otras, a las siguientes prohibiciones:

El uso de horno y microondas. Sólo se permitirá uso de planchas de gas y parrillas

El uso de aparatos individuales de música y/o altavoces.

Se prohíbe pintar, fijar ni hacer agujeros en ningún material cedido por el Consell Insular.

Se prohíbe usar material de vidrio ni vasos que no sean proporcionados por el Consell Insular.

Queda prohibido vender bebidas alcohólicas a menores de edad.

4.2. Obligaciones:

Las entidades y/o asociaciones beneficiarias, quedarán sometidas, entre otras, a las siguientes obligaciones:

Disponer de la estructura y capacidad suficientes para garantizar el cumplimiento de la actividad para la que se solicita la adjudicación.

Disponer de una póliza de accidentes que dé cobertura (hasta 600.000 euros) a los trabajadores y/o voluntarios de cada barra.

Disponer de una póliza de responsabilidad civil de la asociación derivada de la actividad de la barra, los posibles daños a terceros, provocados por la consumición de los productos que se sirvan en las barras, y que estén en vigor durante todos los días en que se realice la actividad. Se recomiendas los capitales establecidos por el convenio laboral de hostelería de las Islas Baleares.

Con respecto a los vasos:

- El Consell Insular apostó por una campaña de reciclaje y en esta línea proporcionará a cada entidad la venta de vasos reutilizables para las Fiestas de Sant Jaume.

- Los vasos reciclados tendrán un coste de 125€ la caja de 350 unidades, cada entidad podrá efectuar un pedido al Consell según sus previsiones que especificará en la solicitud.

- Los vasos se podrán pasar a recoger por el polideportivo Antoni Blanc de lunes a viernes de 9 de la mañana a 22 de la noche, y se entregarán previa presentación del recibo bancario del pago.

- Los vasos no se devolverán al Consell, cada asociación se hará responsable de la limpieza y custodia de su pedido una vez acabadas las fiestas.

Las entidades están obligadas a cuidar y limpiar el material y el espacio cedido, y devolverlo (excepto los vasos) con las mismas condiciones.

Las asociaciones están obligadas a realizar la recogida selectiva de los siguientes materiales: Vidrio, envases, papel cartón y residuos.

Se deberá cumplir con el horario de apertura, inicio de la fiesta, y cierre máximo a las 4:00 h, según programación prevista en el Programa de fiestas de Sant Jaume 2018.

Se deberá cumplir con la normativa de seguridad (extintores) así como no obstaculizar ninguna salida ni entrada de ninguna calle principal según lo establecido en los planes de emergencia.

Las entidades podrán montar las barras el primer día de inicio de fiesta por la mañana, y desmontar el día después de la última fiesta también por la mañana.

Cada entidad podrá solicitar en el área de infraestructuras del Consell Insular de Formentera el material para el montaje de las barras (caballetes, tablones, tablas).

El Consell proporcionará a cada entidad los contenedores pertinentes para realizar la recogida selectiva. Estos tendrán que devolverse limpios, a la mañana siguiente del último día de fiesta.

5. Presentación de solicitudes:

El plazo para presentar las solicitudes será de diez días hábiles a partir del día siguiente del día de publicación de estas bases en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB). Esta convocatoria también se hará pública en el tablón de anuncios y en la página web del Consell Insular de Formentera (www.consellinsulardeformentera.cat)

6. Comisión Evaluadora:

6.1. La Comisión Evaluadora será el órgano colegiado que se encargará de examinar las solicitudes presentadas y emitir el informe que deberá servir de base para la resolución de las autorizaciones por parte del órgano competente. Estará formada por los siguientes miembros:

· Presidente/a: Técnica del Área de Cultura.

· Vocales: tres empleados/as públicos (funcionarios/as y/o laborales) del Consell Insular de Formentera (CIF).

· Secretario/aria: un/a letrado/a asignado/a por el área de secretaria del CIF

6.2. La comisión evaluadora queda autorizada para resolver las dudas que puedan plantearse sobre estas bases, así como para adoptar los acuerdos necesarios sobre su interpretación, con el fin de garantizar el correcto desarrollo del proceso de evaluación de las solicitudes.

7. Aceptación de les bases:

Los solicitantes aceptan por el simple hecho de presentarse a la adjudicación, las presentes condiciones y quedan obligados a su cumplimiento.

Anexo:

SOLICITUD ADJUDICACIÓN DE UNA BARRA PARA LAS FIESTAS DE SANT JAUME 2018

Entidad/asociación:

CIF:

Nombre y apellidos del representante y responsable:

DNI:

Dirección:

Teléfonos de contacto:

Correo electrónico:

 

Exposición:

Quisiera acreditar y adjuntar toda la siguiente documentación necesaria para a una barra en les Fiestas de Sant Jaume, concretamente:

· NIF de la entidad solicitante

· DNI del representante de la entidad y responsable

· Declaración responsable que acredite que la asociación está dada de alta en el Registro de Asociaciones del Govern Balear y en el Registro de Entidades Ciudadanas de Formentera

· Declaración responsable de no estar incurso en caso de prohibición de contratar y de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad social

· Memoria de la asociación

· Presupuesto pólizas seguros:

o Póliza de seguro de accidentes a los trabajadores

o Póliza de responsabilidad civil de la asociación derivada de la actividad de la barra

· Especificar marcando con una “X” los días de montaje de la barra:

o 21 julio Flower

o 22 julio Noche de Conciertos para jóvenes

o 23 julio Jazz en la plaza

o 24 julio Noche de conciertos

o 25 julio Noche de conciertos

· Reserva de vasos para la fiesta ____________ (cajas de 350/u. de 40 cl)

Formentera, fecha:                                                                          (firma)

Lo que se hace público para general conocimiento.

Formentera, 12 de junio de 2018

Presidente del Consell Insular de Formentera

Jaume Ferrer Ribas