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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALARÓ

Núm. 6381
Horarios de apertura de los servicios de oficinas municipales y de registro general

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Texto

Resolución de alcaldía (núm. 521-2018) (Exp. 44-2018)

1. Hechos.

En el servicio de oficinas municipales estamos implantando la administración electrónica y para hacer compatibles el aprendizaje de las nuevas aplicaciones informáticas con la atención al público, se considera conveniente adelantar el horario de verano en dicho servicio.

Se ha oído el parecer favorable de la representante del personal funcionario.

2. Fundamentos de derecho.

Artículo 10 y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sobre los registros administrativos.

Art. 151 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, respecto al registro de documentos.

3. Resolución.

En ejercicio de la atribución que me confiere el art. 21,1, a) yd) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local,

Resuelvo:

- Fijar, con efectos desde el día 11 de junio y hasta el día 31 de agosto de 2018, el siguiente horario de apertura y atención al público en las oficinas municipales, de lunes a viernes, de 9 a 14 h., sábados: cerrado (excepto el mes de junio).

Lo que se publica para general conocimiento.

Contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los siguientes recursos:

a) Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación o publicación de la presente resolución.

b) El recurso de reposición potestativo ante la alcaldía, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación o publicación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Alaró, a 8 de junio de 2018.

    El alcalde,                                                                                                                  delante mí,

Guillermo Claret Balboa Buika                                                                                                 el secretario        

                                                                                                                                             Jaume Nadal Bestard