Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 6355
Resolución del director general del Servicio de Salud de 12 de junio de 2018 por la cual se emplaza a las personas interesadas en el recurso contencioso-administrativo del procedimiento DF DERECHOS FUNDAMENTALES 216/2018
Hechos
1. La Unión de Sindicatos independientes de Castilla – La Mancha (USICAM) ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo —procedimiento DF DERECHOS FUNDAMENTALES 216/2018, que se sigue en la Sala de lo Contencioso administrativo número 1 del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares— contra la resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 13 de abril de 2018 por la cual se convoca un concurso-oposición para cubrir plazas vacantes de categoría de celador del Servicio de Salud de las Illes Balears (BOIB núm.49, de 21 de abril de 2018),
2. Se ha notificado individualmente la interposición de dicho Recurso a la persona que ha instado el procedimiento, pero no los posibles interesados por ser estos indeterminados en esta fase del procedimiento.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
2. El artículo 42 y 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Citar a las personas interesadas, en el Recurso contencioso-administrativo — procedimiento DF DERECHOS FUNDAMENTALES 216/2018, que se sigue en la Sala de lo contencioso administrativo número 1 del Tribunal Superior de Justicia de las Islas- con la finalidad de que sirva como emplazamiento a las personas interesadas para que se puedan personar como demandados/as ante este Tribunal en el plazo de cinco (5) días desde la fecha de notificación de esta resolución.
2. Comunicar a las personas interesadas que si se personan fuera del plazo establecido, se les considerará como parte —sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el procedimiento— y que, si no se personan, el procedimiento continuará y no será procedente hacerles notificación alguna.
Palma, 12 de junio de 2018
El director general
Julio Miguel Fuster Culebras