Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 6340
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 31 de mayo de 2018 por la que se autoriza la modificación de la configuración del Colegio Luis Vives, de Palma, que se amplía con tres unidades de educación infantil de primer ciclo y tres unidades de educación infantil de segundo ciclo
Hechos
1. Mediante una resolución del consejero de Educación y Universidad de 25 de enero de 2017 (BOIB nº. 18, de 11 de febrero), se autorizó la modificación de la configuración del Colegio Luis Vives, de Palma, con la transformación de seis unidades de educación infantil de segundo ciclo en seis unidades de educación primaria. Como consecuencia de esta modificación, el centro quedó configurado de la manera siguiente:
En el edificio de Can Domenge, en la calle de Can Domenge, 1:
- Educación infantil:
· Primer ciclo: 4 unidades (1/1/2) y 55 plazas escolares
· Segundo ciclo: 9 unidades y 225 plazas escolares
En el edificio de la calle de Sant Joan de la Salle, 5:
- Educación infantil de segundo ciclo: 3 unidades y 75 plazas escolares
- Educación primaria: 24 unidades y 600 plazas escolares
- Educación secundaria: 12 unidades y 360 plazas escolares
- Bachillerato: 6 unidades y 210 plazas escolares de las modalidades de ciencias, humanidades y ciencias sociales y artes.
- Ciclos formativos de grado medio:
· Cuidados Auxiliares de Enfermería (SANO 23): 1 unidad (1 grupo) y 30 plazas escolares (turno de tarde)
- Ciclos formativos de grado superior:
· Educación infantil (SSC 31): 1 unidad (2 grupos) y 50 plazas escolares (turno de tarde)
· Imagen para el Diagnóstico (SAN 35): 2 unidades (4 grupos) y 120 plazas escolares (turno de tarde)
· Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma (IFC 32): 1 unidad (2 grupos) y 60 plazas escolares (turno de tarde)
Las enseñanzas de bachillerato y los ciclos formativos de grado medio y de grado superior quedan adscritos al IES Ramon Llull (código: 07003870).
2. El 19 de abril de 2017, el señor Antonio Frau Salas, como director del centro, solicitó modificar la configuración del centro privado Luis Vives con la ampliación con tres unidades de educación infantil de primer ciclo y tres unidades de educación infantil de segundo ciclo, ubicadas en el edificio de Can Domenge.
3. El 29 de mayo de 2017, el IBISEC emitió un informe en el cual consta que las instalaciones del centro cumplen los requisitos mínimos establecidos por la normativa aplicable vigente.
4. El 18 de julio de 2017, el representante del centro presentó la solicitud de la visita y presentó las titulaciones del profesorado.
5. El 19 de septiembre de 2017, el IBISEC emitió el informe de la visita de obra a las instalaciones del centro, en el cual consta que los espacios se ajustan a los últimos planos, que tienen el informe favorable del Servicio de 29 de mayo.
6. El 21 de diciembre de 2017 se reunió la Comisión de Valoración de las Calificaciones del Profesorado y, enmendadas algunas deficiencias detectadas, se emitió un informe favorable sobre las titulaciones del profesorado del centro.
7. El 23 de marzo de 2018, el jefe del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la modificación de la configuración del Colegio Luis Vives, de Palma, que se amplía con tres unidades de educación infantil de primer ciclo y tres unidades de educación infantil de segundo ciclo, ubicadas en el edificio de Can Domenge.
Fundamentos de derecho
1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE nº. 159, de 4 de julio, y suplemento en catalán nº. 7 de 1985).
2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE nº. 106, de 4 de mayo, y suplemento en catalán nº. 11, de 16 de mayo), según la redacción fijada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE nº. 295, de 10 de diciembre, y suplemento en catalán de la misma fecha).
3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº. 44, de 3 de abril).
4. El Real decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE nº. 62, de 12 de marzo), por el que se modifica el Real decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias (BOE nº. 86, de 9 de abril).
5. El Real decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten las enseñanzas de segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE nº. 32, de 12 de marzo, y suplemento en catalán de la misma fecha).
6. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE nº. 52, de 16 de marzo, y suplemento en catalán nº. 9, de 16 de marzo), el cual establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
7. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº. 120, de 8 de agosto), según la redacción fijada por el Decreto 18/2017, de 2 de noviembre, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 24/2015 (BOIB nº. 135, de 4 de noviembre).
Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros en fecha de 30 de mayo de 2018, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar, con efectos desde el inicio del curso escolar 2018-2019, la modificación de la configuración del Colegio Luis Vives, de Palma, que se amplía con tres unidades de educación infantil de primer ciclo y tres unidades de educación infantil de segundo ciclo, ubicadas en el edificio de Can Domenge.
2. Determinar que, como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la manera siguiente:
Código de centro: 07003638
Denominación genérica: centro de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional
Denominación específica: Luis Vives
Titular: CELVISA (Centro Escolar Luis Vives, S. A.)
Domicilio: calle de Sant Joan de la Salle, 5, y calle de Can Domenge, 1
Localidad: Palma
CP: 07003
Enseñanzas autorizadas:
En el edificio de Can Domenge, en la calle de Can Domenge, 1:
- Educación infantil:
· Primer ciclo: 7 unidades (2/2/3) y 92 plazas escolares
· Segundo ciclo: 12 unidades y 300 plazas escolares
En el edificio de la calle de Sant Joan de la Salle, 5:
- Educación infantil de segundo ciclo: 3 unidades y 75 plazas escolares
- Educación primaria: 24 unidades y 600 plazas escolares
- Educación secundaria: 12 unidades y 360 plazas escolares
- Bachillerato: 6 unidades y 210 plazas escolares de las modalidades de ciencias, humanidades y ciencias sociales y artes.
- Ciclos formativos de grado medio:
· Cuidados Auxiliares de Enfermería (SANO 23): 1 unidad (1 grupo) y 30 plazas escolares (turno de tarde)
- Ciclos formativos de grado superior:
. Educación infantil (SSC 31): 1 unidad (2 grupos) y 50 plazas escolares (turno de tarde)
. Imagen para el Diagnóstico (SAN 35): 2 unidades (4 grupos) y 120 plazas escolares (turno de tarde)
· Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma (IFC 32): 1 unidad (2 grupos) y 60 plazas escolares (turno de tarde)
Las enseñanzas de bachillerato y los ciclos formativos de grado medio y de grado superior quedan adscritos al IES Ramon Llull (código: 07003870).
3. Recordar al centro mencionado que está obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando se tenga que modificar cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.
4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, 31 de mayo de 2018
El consejero de Educación y Universidad
Martí X. March Cerdà