Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 6339
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 31 de mayo de 2018 por la que se autoriza la impartición de la modalidad de alternancia (FP dual) de la unidad del ciclo formativo de grado superior de Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma, de la familia profesional de informática y comunicaciones, en el centro privado concertado CIDE y se deniega a este centro la autorización de la modalidad semipresencial de esta unidad
Hechos
1. Mediante una resolución del consejero de Educación y Universidad de 31 de octubre de 2016 (BOIB nº. 146, de 19 de noviembre), con corrección de errores de 28 de noviembre de 2016 (BOIB nº. 155, de 10 de diciembre), se autorizó la modificación de la configuración del centro privado concertado CIDE, de Palma, con la implantación de una unidad del CFGS de Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma, de la familia profesional de informática y comunicaciones.
Como consecuencia de esta modificación, el centro quedó configurado de la manera siguiente:
Enseñanzas autorizadas:
- Educación infantil de segundo ciclo: 15 unidades y 375 plazas escolares
- Educación primaria: 30 unidades y 750 plazas escolares
- Educación secundaria obligatoria: 21 unidades y 630 plazas escolares
- Programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento (PMAR): 2 unidades y 30 plazas escolares
- Bachillerato: 6 unidades y 210 plazas escolares (modalidades: ciencias, humanidades y ciencias sociales y artes)
- FP básica de Servicios Administrativos: 2 unidades y 40 plazas escolares
- Ciclos formativos de grado medio:
· Gestión Administrativa (ADG 21): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares
· Instalaciones Eléctricas y Automáticas (ELE 21): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares
· Sistemas Microinformáticos y Redes (IFC21): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares
- Ciclos formativos de grado superior:
· Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma (IFC32): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares (modalidad presencial)
Adscripción administrativa: las enseñanzas de bachillerato y los ciclos formativos de grado medio y de grado superior quedan adscritos al IES Son Pacs, de Palma (código 07003845).
2. El 30 de enero de 2018, el director del centro presentó en la Consejería una solicitud de modificación de la configuración con la autorización de las modalidades semipresencial y FP dual de la unidad del ciclo formativo de grado superior de Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma, de la familia profesional de informática y comunicaciones.
3. El 7 de febrero de 2018, la Dirección General de Formación Profesional y Formación del Profesorado emitió un informe sobre la solicitud del centro privado concertado CIDE de la autorización de las modalidades semipresencial y dual de una unidad del ciclo formativo de grado superior de Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma, de la familia profesional de informática y comunicaciones, en que se concluye lo siguiente:
a) Se informa favorablemente sobre la autorización de una unidad del CFGS de Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma en la modalidad dual. No obstante, se especifica que la modalidad de FP dual requiere que un 75% de la formación del primer curso y un 85% de la formación del segundo curso se impartan en las empresas, por lo cual el centro tiene que asegurar los compromisos de las empresas para que los alumnos firmen el correspondiente contrato de formación y aprendizaje.
b) Se informa desfavorablemente sobre la autorización de una unidad del CFGS de Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma en la modalidad semipresencial, dado que actualmente el régimen de enseñanza semipresencial no se prevé dentro de la oferta formativa de formación profesional en la comunidad autónoma de las Illes Balears.
4. El 2 de mayo de 2018, y vistas las consideraciones técnicas de la Dirección General de Formación Profesional y Formación del Profesorado, el jefe del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable a la autorización de una unidad del CFGS de Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma en la modalidad semipresencial en el centro privado concertado CIDE y desfavorable a la autorización de una unidad de este ciclo formativo en la modalidad semipresencial en este mismo centro.
La unidad se tiene que autorizar con alternancia horaria respeto de la ya autorizada, ya que tienen que compartir los espacios respecto a la docencia que se imparte en el centro.
Fundamentos de derecho
1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE nº. 159, de 4 de julio, y suplemento en catalán nº. 7 de 1985).
2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE nº. 106, de 4 de mayo, y suplemento en catalán nº. 11, de 16 de mayo), según la redacción fijada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE nº. 295, de 10 de diciembre, y suplemento en catalán de la misma fecha).
3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº. 44, de 3 de abril).
4. El Real decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo (BOE nº. 182, de 30 de julio).
5. El Decreto 91/2012, de 23 de noviembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo en el sistema integrado de formación profesional en las Illes Balears (BOIB nº. 177, de 29 de noviembre).
6. Las Instrucciones del jefe del Departamento de Planificación y Centros (NRS 175/2014, de 6 de marzo) referentes a la normativa de mínimos aplicable para la autorización de centros privados de FP, aplicación del principio de especialidad.
7. El Real decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual (BOE nº. 270, de 9 de noviembre).
8. La Orden ESS/2518/2013, de 26 de diciembre, por la que se regulan los aspectos formativos del contrato para la formación y el aprendizaje, en desarrollo del Real decreto 1529/2012 (BOE nº. 10, de 11 de enero de 2014).
9. La Resolución del consejero de Educación y Universidad de 31 de mayo de 2017 por la que se aprueban las instrucciones para la organización y el funcionamiento de los programas formativos de formación profesional del sistema educativo que se tienen que impartir durante el curso 2017-2018 en la modalitat de alternancia con la actividad en la empresa, denominada formación profesional dual.
10. El Real decreto 450/2010, de 16 de abril, por el que se establece el título de técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma y se fijan sus enseñanzas mínimas.
11. La Orden EDU/200/2010, de 13 de julio, por la que se establece el currículum del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma.
12. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE nº. 52, de 16 de marzo, y suplemento en catalán nº. 9, de 16 de marzo), el cual establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
13. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº. 120, de 8 de agosto), según la redacción fijada por el Decreto 18/2017, de 2 de noviembre, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 24/2015 (BOIB nº. 135, de 4 de noviembre).
Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros en fecha de 30 de mayo de 2018, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar, con efectos desde el inicio del curso escolar 2018-2019, la modificación de la configuración del centro privado concertado CIDE, con la impartición de la modalidad de FP dual de la unidad del ciclo formativo de grado superior de Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma, de la familia profesional de informática y comunicaciones. La unidad se tiene que autorizar con alternancia horaria respeto de la ya autorizada, ya que tienen que compartir los espacios respecto a la docencia que se imparte en el centro.
2. Denegar la autorización de la impartición de la modalidad semipresencial de la unidad del ciclo formativo de grado superior de Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma, de la familia profesional de informática y comunicaciones, al centro privado concertado CIDE.
3. Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la manera siguiente:
Código de centro: 07004230
Denominación genérica: centro de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, formación profesional y bachillerato
Denominación específica: Centro Internacional de Educación (CIDE)
Titular: Centro Internacional de Educación, s. coop.
Domicilio: c. del Arner, nº. 3
Localidad: Palma
Municipio: Palma
CP: 07013
Enseñanzas autorizadas:
- Educación infantil de segundo ciclo: 15 unidades y 375 plazas escolares
- Educación primaria: 30 unidades y 750 plazas escolares
- Educación secundaria obligatoria: 21 unidades y 630 plazas escolares
- Programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento (PMAR): 2 unidades y 30 plazas escolares
- Bachillerato: 6 unidades y 210 plazas escolares (modalidades: ciencias, humanidades y ciencias sociales y artes)
- FP básica de Servicios Administrativos: 2 unidades y 40 plazas escolares
- Ciclos formativos de grado medio:
· Gestión Administrativa (ADG 21): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares
· Instalaciones Eléctricas y Automáticas (ELE 21): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares
· Sistemas Microinformáticos y Redes (IFC21): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares
- Ciclos formativos de grado superior:
· Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma (IFC32): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares (modalidades presencial y dual)
Adscripción administrativa: las enseñanzas de bachillerato y los ciclos formativos de grado medio y de grado superior quedan adscritos al IES Son Pacs, de Palma (código 07003845).
4. Recordar al centro mencionado que está obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando se tenga que modificar cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.
5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, 31 de mayo de 2018
El consejero de Educación y Universidad
Martí X. March Cerdà