Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
Núm. 6329
Aprobación definitiva de la modificación presupuestaria 15/2018, por créditos extraordinarios financiados con remanente de tesorería para gastos generales, aprobada inicialmente por el Ayuntamiento en Pleno en la sesión del día 14 de mayo de 2018, y no habiendo sido formulada ninguna reclamación contra el acuerdo de aprobación inicial, éste se convierte en definitivo
Finalizado el plazo de exposición al público de la modificación presupuestaria 15/2018, por créditos extraordinarios financiados con remanente de tesorería para gastos generales, aprobada inicialmente por el Ayuntamiento en Pleno en la sesión del día 14 de mayo de 2018, y no habiendo sido formulada ninguna reclamación contra el acuerdo de aprobación inicial, éste se convierte en definitivo, y, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se publica a continuación la modificación realizada a nivel de aplicación presupuestaria :
Crédito Extraordinario
PARTIDA |
DESCRIPCIÓN |
CRÉDITO ACTUAL |
AUMENTO |
CRÉDITO DEFINITIVO |
---|---|---|---|---|
OP 1532 619000 |
EMBELLECIMIENTO CTRA. ARTÀ Y C/ HOSTELERIA |
0,00 |
143.704,30 |
143.704,30 |
OP 1532 622020 |
CONSTRUCCIÓN ALMACÉN BRIGADA MUNICIPAL |
0,00 |
2.092.295,70 |
2.092.295,70 |
2.236.000,00 |
El importe de la modificación de crédito se financia con el remanente líquido de tesorería para gastos generales, calculado de conformidad con lo establecido en las Reglas 81 a 86 de la Instrucción de Contabilidad:
CONTROL DEL REMANENTE DE TRESORERIA PARA GASTOS GENERALES (RTGG) |
IMPORTE |
---|---|
Remanente Inicial: |
66.611.090,60 |
Remanente Utilizado: |
|
-Incorporación de Remanentes: |
1.066.781,05 |
-Créditos Extraordinarios: |
1.993.711,77 |
-Suplemento de Créditos: |
70.070,07 |
Remanente Líquido de Tesorería Disponible: |
63.480.527,71 |
Total Remanente utilizado en esta modificación: |
2.236.000,00 |
Remanente Líquido de Tesorería Disponible: |
61.244.527,71 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo que se dispone en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Alcudia, 11 de junio de 2018.
El Alcalde
Antonio Mir Llabrés.