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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 6205
Aprobación definitiva modificación bases de ejecución presupuesto 2018

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Texto

 APROBADA inicialmente la modificación del artículo 40 de las bases de ejecución del Presupuesto General del Ilmo. Ayuntamiento de Manacor para el ejercicio 2018, por el Pleno de la Corporación en sesión de 14 de mayo de 2018 y publicado en el  B.O.I.B. nº 61 de 17 de mayo, y expuesto al público por plazo de 15 días hábiles, de acuerdo con el artículo 169 del R.D.L. 2/2004, durante los cuales no se han presentado reclamaciones ni alegaciones.

Visto que el pasado día 7 de junio de 2018, se agotaba el plazo para la presentación de reclamaciones, sin que se haya presentado ninguna, se eleva a definitivo el acuerdo reseñado objeto del presente edicto, que queda aprobado íntegramente de la siguiente forma:

 Base 40 Contratación administrativa

 A) GESTIÓN DE GASTOS HASTA 3.000,00 €

 La tramitación del expediente exigirá:

1. Informe del órgano de contratación motivando la necesidad de celebrar el contrato y se justificará que no se está alterando el objeto del contrato para evitar la aplicación de las reglas generales de contratación y que el contratista no ha suscrito más contratos menores de servicios o de suministros con el Ayuntamiento que individual o conjuntamente superen los 15.000 € sin IVA y 40.000 € en los contratos de obras

 2. La aprobación del gasto mediante la presentación de la correspondiente factura conformada por la unidad administrativa receptora del contrato además del concejal / a responsable de la delegación a la que afecte el gasto.

Los contratos menores se publicarán en la forma prevista en el artículo 63.4 de la Ley 9/2017.

 B.1 Contrato menor de OBRAS HASTA 40.000,00 €

• Para la tramitación del expediente se requerirá el correspondiente proyecto que determine el objeto del contrato o documentación suficientemente explicativa de las obras a realizar, así como el presupuesto de obras, y su emplazamiento gráfico, en su caso. Se deberá adjuntar informe de supervisión cuando el trabajo afecte a la estabilidad, la seguridad o estanqueidad de la obra.

• Se deberá acreditar en el expediente haber solicitado al menos tres ofertas a empresas suficientemente capacitadas para contratar.

• De acuerdo con el artículo 219 del RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), el expediente se someterá a fiscalización previa limitada, para comprobar que hay partida presupuestaria adecuada y suficiente, devolviéndose el expediente al área competente, para que se continúe con éste.

• La tramitación del expediente sólo exigirá la aprobación del gasto mediante la presentación de la correspondiente factura conformada por la unidad administrativa que sea competente, además del concejal / a responsable de la delegación a la que afecte el gasto, a los efectos de confirmar la efectiva realización de las obras y que se ha aportado por el contratista la documentación necesaria para hacer efectivo lo establecido en la Ley 13/2012, de 26 de diciembre.

• En el caso de que sea obligatorio el informe de supervisión de proyecto, será necesario para la aprobación de la certificación, nuevo informe de supervisión que determine la ejecución correcta de la obra.

 B.2 Contrato menor hasta 15.000-, € del INSTITUTO PÚBLICO TEATRO MUNICIPAL DE MANACOR.

En el contratos cuyo objeto sea la interpretación artística, literaria, o espectáculos de acuerdo con el artículo 20 de la LCSP, la tramitación del expediente requerirá:

• Para la tramitación del expediente se requerirá, además del requisito de los contratos de menos de 3.000 €.

• Informe del gerente del Instituto Público Teatro Municipal de Manacor, en el que se determinen las características, objeto y valor estimado del contrato, sin necesidad de acreditar la solicitud de tres presupuestos.

• El expediente se someterá a fiscalización previa limitada a comprobar que hay partida presupuestaria adecuada y suficiente.

• Contrato privado firmado por la entidad adjudicataria y el órgano competente del Instituto Público del Teatro Municipal.

• La tramitación del expediente sólo exigirá la aprobación del gasto mediante la presentación de la correspondiente factura conformada por el gerente, además del concejal / a responsable de la delegación, a los efectos de confirmar la efectiva realización de las trabajos.

B.3.- OTROS CONTRATOS MENORES HASTA 15.000 €.

 SUMINISTROS:

 • Para la tramitación del expediente se requerirá, además del requisito de los contratos de menos de 3.000 €.

• Se deberá acompañar informe técnico que determine el precio del suministro así como las características. Para la definición de la prestación se requerirá informe por parte del técnico responsable del área o de técnico con la cualificación necesaria para definir la prestación a satisfacer.

• El expediente se someterá a fiscalización previa limitada a comprobar que hay partida presupuestaria adecuada y suficiente.

• De conformidad con el informe técnico se solicitará oferta al menos a tres empresas suficientemente capacitadas para la contratación, y se aceptará el presupuesto más económico.

• La tramitación del expediente sólo exigirá la aprobación del gasto mediante la presentación de la correspondiente factura conformada por el técnico responsable del área, además del concejal / a responsable de la delegación, a los efectos de confirmar la efectiva realización de las trabajos.

 SERVICIOS:

 • Para la tramitación del expediente se requerirá, además del requisito de los contratos de menos de 3.000 €.

• Se deberá acompañar informe técnico que determine el precio del servicio así como las características con el objeto de que las empresas puedan ofrecer los mismos servicios. Para la definición de la prestación se requerirá informe por parte del técnico responsable del área o de técnico con la cualificación necesaria para definir la prestación a satisfacer.

• El expediente se someterá a fiscalización previa limitada a comprobar que hay partida presupuestaria adecuada y suficiente.

• De conformidad con el informe técnico se solicitará, a ser posible, oferta al menos a tres empresas suficientemente capacitadas para la contratación, y se aceptará el presupuesto más económico.

• La tramitación del expediente sólo exigirá la aprobación del gasto mediante la presentación de la correspondiente factura conformada por el técnico responsable del área, además del concejal / a responsable de la delegación, a los efectos de confirmar la efectiva realización de las trabajos.

• En los contratos de servicios profesionales y de dirección de obras así como en los contratos de coordinación y dirección de obras, se deberá acompañar la acreditación profesional además de la siguiente declaración responsable que deberá acompañar en todos los contratos de servicios de más de 3.000 €:

 

DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CONTRATISTA

Sr./Sra. .................................................. .................................................. .........., con DNI núm. ......................................, en representación de la empresa ..... .................................................. ..., en calidad de ........................................... ........... en aplicación de lo establecido en el artículo 118 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público y al objeto de participar en el contrato menor de ...... .................................................. ............,

Declara bajo su responsabilidad:

 a) Que ostenta la capacidad de representación de la entidad de referencia.

b) Que tiene capacidad de obrar y cuenta con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación.

c) Que no está incurso en prohibiciones para contratar con la Administración.

d) Que cumple con las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres.

 Manacor,

Firma

 En Manacor, a 8 de junio de 2018

La alcaldesa

Catalina Riera Mascaró