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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA

Núm. 6193
Procedimiento ordinario 1012/2017

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dª CONCEPCIÓN SALCEDO MARTINEZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 001 de IBIZA/EIVISSA,

HAGO SABER:

Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de D/Dª DANIEL ANDRES CRISTOBAL contra FRENCH KEOGH CB, JEAN YVES GILLES FRENCH, en reclamación por ORDINARIO, registrado con el nº PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001012 /2017 se ha acordado la suspensión de los actos de conciliación y juicio del día 25/09/18 y se acuerda, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar de nuevo a JEAN YVES GILLES FRENCH, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 13/09/18 a las 09:45 horas, en C/ GASPAR PUIG, 1, para la celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a JEAN YVES GILLES FRENCH, se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón de anuncios.

En IBIZA/EIVISSA, a veintiocho de mayo de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA