Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 6143
Despido/ceses en general 631/2017

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000631 /2017 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª ANA CATARINA DO SANTOS CARVAHAL contra la empresa  FOGASA, HAGIT AQUATE  , sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

SENTENCIA Nº293/18

ANTECEDENTES DE HECHO

Con   fecha 17 de julio de 2017 tuvo entrada demanda formulada por Doña ANA CATARINA DOS SANTOS CARVAHAL contra DOÑA HAGIT AQUATE y admitida a trámite se citó a todas ellas a la celebración del acto de conciliación y juicio, que tuvo lugar el día el 14 de mayo del año en curso , no compareciendo la demandada estando debidamente citada y abierto el acto de juicio por S.Sª. las comparecidas manifestaron cuantas alegaciones creyeron pertinentes en defensa de sus derechos practicándose seguidamente las pruebas que fueron admitidas según queda constancia en el acta correspondiente, y finalmente manifestaron por su orden sus conclusiones.

FALLO

Que ESTIMANDO la demanda de despido interpuesta por por Doña ANA CATARINA DOS SANTOS CARVAHAL contra DOÑA HAGIT AQUATE, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor, condenando a la empresa demandada, a abonarle una indemnización de 1019,18 e.

Notifíquese a las partes la Sentencia dictada, con la advertencia de que contra la misma,  cabe interponer recurso de Suplicación.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a HAGIT AQUATE, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a veintiuno de mayo de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA