Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE ALARÓ
Núm. 6119
Convocatoria y bases especificas para la provisión, en comisión de servicios por el sistema de libre designación, del puesto de jefe de la policia local del ayuntamiento de Alaró
(exp. nº 12-2018)
La Junta de gobierno local, en ejercicio de la atribución delegada por resolución de la alcaldía nº 592-2015, de 5 de agosto de 2015 (BOIB nº 120, de 08.08.2015), en sesión de 6 de junio de 2018, ha aprobado las siguientes
CONVOCATORIA Y BASES ESPECIFICAS PARA LA PROVISIÓN, EN COMISIÓN DE SERVICIOS POR EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN, DEL PUESTO DE JEFE DE LA POLICIA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE ALARÓ.
PRIMERA.- CARACTERISTICAS DEL PUESTO DE TRABAJO
Puesto núm. 11-A de la relación de puestos de trabajo (modificación aprobada por acuerdo del pleno del ayuntamiento de 26 de abril de 2018; Boletín Oficial de las Islas Baleares, BOIB, núm. 64, de 24.05.2018).
SEGUNDA.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES.
1. Ser funcionario de carrera que pertenezca a la máxima escala o a la categoría superior de escala inmediatamente inferior del cuerpo del municipio de Alaró, o ser personal funcionario de carrera de cuerpos o fuerzas de seguridad, siempre que pertenezca a la escala o categoría mencionadas o una escala superior. En cualquier caso, tiene que ser personal funcionario de carrera que pertenezca, como a mínimo, a la categoría de oficial.
2. Estar en servicio activo.
3. Cumplir el resto de requisitos del puesto convocado:
Grupo: C1
Escala: Administración especial
Subescala: Servicios especiales
Categoría: Oficial de policía, o superior
Grado de conocimiento de la lengua catalana: B2
4. Tener un mínimo de dos años de antigüedad a la escala de procedencia, excepto el personal del ayuntamiento de Alaró.
TERCERA.- FUNCIONES
Las establecidas en el artículo 40 del Decreto 28/2015, de 30 de abril, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de policías locales de las Islas Baleares, y las que le pueda asignar el reglamento municipal sobre la materia o el alcalde o la alcaldesa.
CUARTA.- DURACIÓN DE LA COMISIÓN DE SERVICIOS
1. La comisión de servicios tiene un carácter temporal y finalizará en cualquiera de los siguientes supuestos:
2.Las personas que estén en una comisión de servicios tendrán reserva del puesto de origen mientras dure la comisión y perciban las retribuciones correspondientes al lugar que efectivamente ocupen.
El devengo de trienios a efectos económicos mientras dure la comisión de servicios se hará en el grupo de la escala del puesto convocado.
QUINTA.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN
1. Las solicitudes para participar en la convocatoria irán dirigidas al alcalde del ayuntamiento de Alaró. El modelo es libre y tendrá que recoger expresamente la manifestación de que se reúnen todos y cada uno de los requisitos o condiciones exigidas en la fecha de finalización del plazo de presentación. Se presentaran en el Registro general del ayuntamiento o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
2. El plazo de presentación es de 7 (siete) días hábiles contadores a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOIB.
3. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte a la convocatoria las personas aspirantes tienen que adjuntar a la solicitud:
La administración podrá, en cualquier momento, exigir o comprobar la acreditación de los méritos alegados.
4. Toda la documentación que se presente en una lengua no oficial de la comunidad autónoma de las Islas Baleares deberá ir acompañada de la correspondiente traducción jurada.
5. Las personas que se presenten a esta convocatoria darán su consentimiento para que la administración trate sus datos personales a todos los efectos que se deriven.
SEXTA.- PROCEDIMIENTO
La convocatoria será resuelta por el alcalde, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley autonómica 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares, en el plazo máximo de un mes, contado desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, pudiendo ser declarada desierta si ninguno de los candidatos consiguiera el nivel suficiente para el puesto, según el parecer del órgano competente.
Esta convocatoria se publicará en el BOIB, en la página del ayuntamiento en internet (www.ajalaro.net) y en el tablón de anuncios de la corporación.
Lo que hacemos público para general conocimiento.
Recursos.
Contra este acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si procede, cualquier otro recurso que se estime pertinente. De conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 30/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Alaró, a 7 de junio de 2018.
El alcalde,
Guillermo Claret Balboa Buika