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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 6094
Decreto de Alcaldia de nuevas delegaciones 2018

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Texto

En cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, se hace público el siguiente Decreto de Alcaldía:

“DECRETO.- Visto que con fecha 5 de junio de 2018, la Sra. Rosa María Rubio García ha tomado posesión de su cargo de Concejala del Ayuntamiento de Eivissa, en sustitución del Sr. Ildefonso Molina Jiménez, y siendo conveniente que se modifique el régimen de delegaciones acordado mediante Decreto de Alcaldía de fecha 24 de junio de 2015,  mediante el presente y de acuerdo con las facultades que confiere a esta Alcaldía la legislación vigente en materia de Régimen Local, en concreto los artículos 25 de la Ley 20/2006 de 15 de diciembre municipal y de régimen local de les Illes Balears en relación a los artículos 21 y 23.4 de la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local y 43 y siguientes del RD 2568/1986 de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales RESUELVO:

PRIMERO.- Revocar la delegación genérica efectuada con fecha 24 de junio de 2015, en materia de policía local, tráfico, seguridad ciudadana y protección civil, y la realizada con fecha 14 de julio de 2015, en materia de mantenimiento y reparación de edificios municipales a la Concejala Sra. Estefanía Torres Sánchez.

SEGUNDO- Delegar en la Concejala, Sra. Rosa Maria Rubio Garcia, la facultad de dirigir y gestionar los servicios que presta el Ayuntamiento en materia de policía local, tráfico, seguridad ciudadana, protección civil, mantenimiento, limpieza y reparación de edificios municipales, incluida la representación del Ayuntamiento en los actos relacionados con las anteriores atribuciones.

La anterior delegación incluye la firma de los actos de trámite necesarios para la tramitación de los procedimientos relativos a las materias objeto de delegación, la realización de contratos menores vinculados a las áreas delegadas y la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros en relación a:

- Expedición de licencias de armas.

La delegación anterior incluye la resolución de los recursos de reposición que se interpongan contra los acuerdos dictados

TERCERO.- Que se dé cuenta del presente Decreto al Pleno de la Corporación, se notifique los Concejales y se proceda a su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la fecha de firma del mimo. En caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento de la Concejala delegada, esta Alcaldía asumirá, directa y automáticamente, las atribuciones delegadas como titular de la competencia originaria, sin necesidad de que se dicte ninguna resolución expresa en este sentido.

Eivissa a (6 de junio de 2018)

EL ALCALDE,                                                Doy fe

                                                                             EL SECRETARIO-ACCTAL.,

 

Eivissa, (6 de junio de 2018)

EL ALCALDE,

(Rafael Ruiz González)