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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 5857
Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística. GCI 17/05. Aprobación inicial Proyecto de Compensación con propietario único de la UA Xaloc, a Can Pastilla

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La Junta de Gobierno de Palma, en sesión que tuvo lugar en fecha 9 de mayo de 2018, adoptó el siguiente acuerdo:

El 22/08/2017 Juan Torregrosa Llopis, en representación de ALTAMIRA SANTANDER REALESTATE SA, ha presentado Proyecto de reparcelación con propietario único de la UA5 Xaloc, a Can Pastilla. El 8/03/2018 se aporta documentación rectificada reclamada a instancia de los servicios técnicos.

El proyecto ha sido informado favorablemente por el Servicio de Valoraciones y Proyectos el 12/03/2018, si bien con la siguiente aclaración: que a la mencionada unidad del PRI se le asigna una importante carga de cesiones (espacio libre y viario) sin ningún tipo de incremento de aprovechamiento respecto de su situación inicial del PGOU, se produce un decremento de aprovechamiento y un incremento de cargas urbanísticas, y por lo tanto, no sólo no se tiene que efectuar cesión de aprovechamiento urbanístico alguna en aplicación del art. 29 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares, sino que la propia UE delimitada por el PRI no cumple con el criterio de viabilidad económica. Sin embargo, la reparcelación se tramitará, dada la voluntad del promotor de seguir adelante.

Respecto a la documentación escrita del proyecto, falta la descripción de las fincas resultantes tanto de la finca lucrativa como de los terrenos de cesión de dominio público, de acuerdo con el artículo 229 del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y Uso del Suelo de las Islas Baleares. Antes de la aprobación definitiva, se deberá rectificar la memoria en este sentido.

Por eso, conformemente con el que dispone el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas de modernización del Gobierno Local, el art. 25 del Texto Refundido de la Ley de Suelo RDLeg 7/2015, de 30 de octubre, así como el artículo 83 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares, 213.4 del Reglamento general de la Ley 2/2014 (Acuerdo del Pleno del CIM de 16/04/2015) los artículos 172 y 175 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, el TAG que subscribe propone a la Junta de Gobierno de Palma que adopte el siguiente

ACUERDO

1.º- Aprobar inicialmente el Proyecto de Compensación con propietario único de la UA Xaloc, a Can Pastilla, presentado por Juan Torregrosa Llopis, en representación de ALTAMIRA SANTANDER REAL ESTATE SA.

Antes de la aprobación definitiva, se tendrá que completar la memoria del proyecto con la descripción de las fincas resultantes tanto de la finca lucrativa como de los terrenos de cesión de dominio público.

2.º- Exonerar de exigir la cesión del porcentaje de edificabilidad media ponderada previsto en el art. 29 de la LUIB, visto el informe del Servicio de Valoraciones y Proyectos de 12/03/2018.

3.º- Someter este acuerdo a información pública por un plazo de un mes, mediante el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 312.5 del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y Uso del suelo de las Islas Baleares. Así mismo se tendrá que publicar en la dirección o en el punto de acceso electrónico correspondiente, donde se insertará  su contenido íntegro. 

4.º- Notificar el presente acuerdo, a los propietarios afectados por el sistema de actuación para que dentro del plazo de un mes a partir de la notificación puedan alegar ante esta administración municipal, aquello que consideren adecuado a su derecho.

5t.- Dar traslado de este acuerdo a Patrimonio Municipal, al Negociado de Información Urbanística y a la Sección de tramitación de proyectos de urbanización para su conocimiento.

En cumplimiento del artículo 83 de la Ley 12/2017 de 29 de diciembre de Urbanismo de les Illes Balears; el 213.5 b) del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y uso del suelo para la Isla de Mallorca (BOIB 66 DE 30-04-15); el 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, modificada por la Ley 11/99, de 21 de abril, se publica, junto con la documentación técnica aprobada que pueden consultar en la Sección de Información Urbanística del Area de Modelo de Ciudad, Urbanismo y Vivienda Digna (Avda. Gabriel Alomar, núm 18, bajos, Edificio Municipal de las Avenidas) y/o en la sede electrónica en la dirección

https://urbanisme.palmademallorca.es/IMI/URBANISME/PRD/Planejament_urbanistic_pdf/Images%20Arxiu/GCI-Compensacions/GCI-201700050000/GCI-20170005_PORTADA.pdf  para que se tome general conocimiento y a los efectos pertinentes.

Lo que se publica para que tomen conocimiento y sirva de notificación por edictos a los interesados abajo mencionados en el caso de no poderlos identificar individualmente,  conforme con los artículos 83 de la Ley 12/2017 de 29 de diciembre de Urbanismo de les Illes Balears, y el 213.4 del Reglamento general de la Ley 2/2014:

-ALTAMIRA SANTANDER REAL ESTATE SA

Pueden presentar sus escritos en el Ayuntamiento en los Registros Generales (OAC) siguientes:

  • OAC Cort: Plaza Santa Eulalia, 9, bxos
  • OAC Sant Ferran: Av. St Ferran (Edif. Policia Local)
  • OAC l´Escorxador: C/ Emperadriu Eugènia, 6
  • OAC l´Arenal: Av. Amèrica, 11 (s'Arenal)
  • OAC Avingudes:Av. Gabriel Alomar, 18(Ed. Avingudes)
  • OAC Son Ferriol: Av. Cid, 8 (Son Ferriol)
  • OAC St. Agustí: C/ Margaluz, 30 (St. Agustí)
  • OAC Pere Garau: Pere Llobera, 9, baixos

Palma, 23 de mayo de 2018

p.d. Decreto de Alcaldía núm. 10434, de 8 de junio de 2012

publicado en el BOIB 85 de 14/06/2012

El Jefe del Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística
Jaume Horrach Font