Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 5793
Aprobación definitiva del establecimiento de la Ordenanza que regula el precio público para la prestación del servicio de la Escuela Municipal de Mallorquín del Ayuntamiento de Manacor

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 9 de abril de 2018 acordó aprobar provisionalmente el establecimiento de la Ordenanza que regula el precio público para la prestación del servicio de la Escuela Muncipal de Mallorquín, el cual fue publicado en el BOIB número 46 de día 14 de abril de 2018 y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Manacor, el 11 de abril de 2018. Transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan interpuesto reclamaciones, el presente acuerdo se eleva a definitivo, de confoirmidad con el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

La Ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 70.2 y 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases de Régimen Local.

El texto íntegro es el siguiente:

PRECIO PÚBLICO 06.POD

REGULACIÓN DEL PRECIO PÚBLICO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE MALLORQUÍN

ARTÍCULO 1. FUNDAMENTO LEGAL

De conformidad con el artículo 41 del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por RDL 2/2004, de 5 de marzo, establece el precio público para la prestación de los servicios y realización de actividades al Escuela Municipal de Mallorquín.

ARTÍCULO 2. OBLIGADOS AL PAGO

Están obligadas al pago del precio público las personas que se beneficien de los servicios que ofrece la Escuela. En su defecto, los y las familiares que tengan la obligación legal o pactada de atender a los usuarios y / o usuarias de estos servicios.

ARTÍCULO 3. CUANTÍA

Las cuotas a pagar por los servicios de la Escuela se fijará con la aplicación del cuadro de tarifas:

CURSOS DE CATALÁN

Niveles A2, B1, B2, C1, C2 y LA (lenguaje administrativo)

Cursos presenciales de 70 horas: 60,50 €

Cursos semipresenciales de 32 h: 40,00 €

CURSOS Y TALLERES DE “BALL DE BOT”

Cursos de 35 h: 51,00 €

Talleres de 10 h: 22,00 €

CURSOS MONOGRÁFICOS DE CULTURA

Cursos de entre 10 y 15 h: 25,00 €

CURSOS DE HISTORIA DE MALLORCA

Cursos de 33 h lectivas + 17 horas de salidas culturales: 40,00 €

TALLERES DE LITERATURA

Talleres de 12 horas: 50,00 €

ARTÍCULO 4. BENEFICIOS

1.a Familias numerosas:

De conformidad con el artículo 12.1b) de la Ley 4/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas se establece una bonificación del 20% de la cuota a favor de las personas integrantes de familias numerosas.

1.b Ingresos unidad familiar:

Por ingresos anuales per cápita inferiores a 4.000 €: 30% de reducción del precio de matrícula.

Por ingresos anuales per cápita inferiores a 3.500 €: 50% de reducción del precio de matrícula.

Para la aplicación de este beneficio se debe aportar la siguiente documentación:

- Impreso de solicitud de reducción de matrícula (disponible en la Escuela de Mallorquín)

- Certificado de convivencia.

- Fotocopia de la declaración de la renta del último ejercicio, de todos los miembros de la unidad familiar.

- En caso de no estar obligados ó obligadas a hacer declaración de renta se debe acreditar con un certificado de la Agencia Tributaria, acompañado de una declaración responsable de los ingresos anuales per cápita obtenidos.

ARTÍCULO 5. DEVENGO

Se devenga el precio público, y surge la obligación de pago en el momento de la inscripción de los servicios o actividades relacionados.

ARTÍCULO 6. NORMAS DE GESTIÓN

- Hay que tener 16 años o cumplirlos en el año en que se hace la inscripción.

- Las plazas son limitadas y las inscripciones son admitidas por riguroso orden de inscripción.

- Hasta que no se entrega a la Escuela de Mallorquín el impreso de inscripción con el sello de la entidad bancaria, la matrícula no se considera efectiva.

- La Escuela puede anular un curso en el caso de que finalizado el plazo de inscripción no haya el número mínimo de matrícula.

- Una vez efectuada la matrícula no hay derecho a devolución, sólo se devolverá el importe si un curso se anula.

- Se consideran bajas las personas matriculadas que dejen de asistir a 4 clases consecutivas sin justificación. Estas personas pierden el derecho de asistencia al curso y su lugar puede ser ocupado por otra persona.

- Las ausencias justificadas se comunicarán al profesor correspondiente.

Contra esta ordenanza puede interponer, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación, recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Palma de Mallorca.

 

Manacor, 28 de mayo de 2018

La Alcaldesa,

Catalina Riera Mascaró