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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 5715
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 4 de mayo de 2018 por la que se autoriza el centro privado de formación profesional ADEMA, Escuela Dental de Mallorca, a impartir el CFGS de Animación de Actividades Físicas y Deportivas y a trasladar parcialmente el CFGS de Higiene Bucodental y el CFGS de Dietética a las instalaciones ubicadas en la calle del Gremi de Passamaners, 11, de Palma

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Texto

Hechos

1. Mediante una resolución del consejero de Educación y Cultura de 10 de marzo de 2017 (BOIB nº. 36, de 25 de marzo) se autorizó una modificación de la configuración del centro privado de formación profesional ADEMA, de Palma (código: 07005647), que quedó de la manera siguiente:

Código de centro: 07005647

Denominación genérica: centro privado de formación profesional específica

Denominación específica: ADEMA, Escuela Dental de Mallorca

Titular: ADEMA, SL

Domicilio: c. de Joaquim Maria Bover, nº. 13, bajos

Localidad: Palma

Municipio: Palma

CP: 07005

Enseñanzas autorizadas:

- Ciclos formativos de grado medio:

CFGM de Cuidados Auxiliares de Enfermería: 2 unidades y 10 plazas escolares (2 grupos y 20 plazas escolares, en horario de mañana) (título LOGSE), presencial y a distancia.

CFGM de Farmacia y Parafarmacia: 1 unidad y 20 plazas escolares (2 grupos y 40 plazas escolares, en horario de mañana) (título LOE), presencial y a distancia.

CFGM de Atención a Personas en Situación de Dependencia: 1 unidad y 15 plazas escolares (2 grupos y 30 plazas escolares, en horario de mañana) (título LOE), presencial.

- Ciclos formativos de grado superior:

CFGS de Higiene Bucodental: 3 unidades (3 grupos) y 60 plazas escolares (horario de mañana y horario de tarde y horario de temporalización especial) (título LOGSE), presencial y a distancia.

CFGS de Prótesis Dentales: 1 unidad y 20 plazas escolares (2 grupos y 40 plazas escolares, en horario de mañana y 1 en horario de tarde) (título LOE), presencial y a distancia.

CFGS de Dietética: 1 unidad (2 grupos) y 15 plazas escolares (en horario de tarde) (título LOGSE), presencial y a distancia.

CFGS de Salud Ambiental: 1 unidad (1 grupo) y 15 plazas escolares (horario de temporalización especial) (título LOGSE), presencial y a distancia.

Adscripción administrativa:Los ciclos formativos de grado medio y de grado superior quedan adscritos al IES Francesc de Borja Moll, de Palma (código 07006238).

2.  El 23 de mayo de 2016 (NRE 16064/2016), el señor Gabriel González Molinero, como representante del centro privado de formación profesional ADEMA, presentó una solicitud de autorización para impartir el ciclo formativo de grado superior de Animación de Actividades Físicas y Deportivas y para trasladar parcialmente el CFGS de Higiene Bucodental y el CFGS de Dietética en las instalaciones ubicadas en la calle del Gremi de Passamaners, 11, de Palma. A la solicitud adjuntó los documentos que consideró adecuados con el fin de acreditar el cumplimiento de los requisitos necesarios para la autorización.

El centro ha presentado los acuerdos suscritos con el Instituto Municipal del Deporte (IME) para el uso de las pistas polideportivas, del gimnasio y de la piscina del Palacio Municipal de Deportes Son Moix. De acuerdo con los acuerdos mencionados, el centro tiene la disponibilidad de usar las instalaciones deportivas. También se han presentado la comunicación de la presentación de la declaración responsable que permite el inicio de la actividad (Departamento de Actividades y Seguridad de los Establecimientos del Ayuntamiento de Palma), documento fechado el 12 de febrero de 2014, y la comunicación del informe técnico (fechado el 27 de marzo de 2014).

3.  A lo largo del procedimiento, el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión del IBISEC ha emitido varios informes en los cuales se ha indicado la documentación necesaria para acreditar que las instalaciones cumplen los requisitos legalmente previstos para estimar la solicitud. Finalmente, el 2 de febrero de 2018 el IBISEC emitió un informe en el cual, respecto de los espacios formativos requeridos por el Real decreto 2048/1995, de 22 de diciembre, por el cual se establece el título de técnico superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas y las enseñanzas mínimas correspondientes, concluye el siguiente:

2. El centro ADEMA, ubicado en c/ Pasamaneros 11, dispone de los espacios mínimos requeridos por la legislación vigente con respecto a las aulas teóricas y espacios mínimos comunes de un centro de FP, si bien no dispone de las instalaciones deportivas requeridas por el ciclo formativo solicitado. El Pabellón deportivo municipal “Son Moix” dispone de los espacios mínimos requeridos por el RD 2018/1995 para realizar las actividades físicas y deportivas.

4.  El 10 de abril de 2018, el IBISEC emitió el informe de la visita de obra a las instalaciones del centro, en el cual consta que las instalaciones se adaptan a los planos fechados en noviembre de 2017, respecto de los cuales el mismo IBISEC emitió un informe el 2 de febrero de 2018. Asimismo, formula las indicaciones siguientes:

Durante la visita se han quitado dos puertas de madera justo devora las puertas antipánico de las salidas de emergencia. Estas puertas no se podrán volver a colocar en ningún caso. En la sala de usos múltiples 2 se han dejado previsión para los fregaderos de agua, sin llegar a descolocarlas. La divisoria entre los espacios Aula 3 (actualmente sala de profesores) y Aula 4 está pendiente de reparación, con el fin de poder cumplir los parámetros acústicos necesarios.

5.  El 11 de abril de 2018, desde el Departamento de Formación Profesional y Calificaciones Profesionales se emitió, después de la visita a las instalaciones, un informe favorable sobre los equipamientos que se tienen que utilizar para el desarrollo del nuevo ciclo y el traslado de los ya autorizados; en concreto, el informe concluye el siguiente:

Por todo eso y de conformidad con el ordenamiento jurídico se informa favorablemente para que se autorice una unidad del CFGS de Animación de actividades físicas y deportivas al centro ADEMA y para el traslado parcial del CFGS Higiene Bucodental y del CFGS Dietética en las nuevas instalaciones del centro ubicadas en la calle del Gremio Pasamaneros 11, de Palma.

6.  El 23 de abril de 2018, se hizo el trámite de audiencia a la entidad interesada. Dentro del periodo establecido al efecto, el representante de la entidad manifestó que, respecto del informe favorable de la Dirección General de Formación Profesional y Formación del Profesorado, no se formulaba ninguna alegación. Respecto del informe del IBISEC, alegó que, como se indica en el informe, las puertas de cierre se han retirado y la reparación entre el aula 3 y la 4, para mejorar la acústica, ya se ha llevado a cabo. Asimismo, solicitó que se dictara la resolución de autorización de acuerdo con la solicitud.

7.  El 2 de mayo de 2018, el jefe del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable a la autorización de una unidad del CFGS de Animación de Actividades Físicas y Deportivas al centro ADEMA y al traslado parcial del CFGS de Higiene Bucodental y del CFGS de Dietética en las nuevas instalaciones del centro ubicadas en la calle del Gremi de Passamaners, 11, de Palma.

8.  El 3 de mayo de 2018 el director general de Planificación, Ordenación y Centros dictó una propuesta de resolución de estimación de la solicitud de la entidad interesada.

Fundamentos de derecho

1.  La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE nº. 159, de 4 de julio, y suplemento en catalán nº. 7 de 1985).

2.  La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE nº. 106, de 4 de mayo, y suplemento en catalán nº. 11, de 16 de mayo), según la redacción fijada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE nº. 295, de 10 de diciembre, y suplemento en catalán de la misma fecha).

3.  El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE nº. 52, de 16 de marzo, y suplemento en catalán nº. 9, de 16 de marzo), que establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

4.  El Real decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el cual se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo (BOE nº. 182, de 30 de julio).

5.  El Real decreto 2048/1995, de 22 de diciembre, por el cual se establece el título de técnico superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas y las enseñanzas mínimas correspondientes (BOE nº. 35, de 9 de febrero de 1996).

6.  El Decreto 91/2012, de 23 de noviembre, por el cual se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo en el sistema integrado de formación profesional en las Illes Balears (BOIB nº. 177, de 29 de noviembre).

7.  El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº. 120, de 8 de agosto), de acuerdo con la redacción fijada por el Decreto 18/2017, de 2 de noviembre, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se modifica el Decreto 24/2015 (BOIB nº. 135, de 4 de noviembre).

8.  Las Instrucciones del jefe del Departamento de Planificación y Centros (NRS 175/2014, de 6 de marzo) referentes a la normativa de mínimos aplicable para la autorización de centros privados de FP, aplicación del principio de especialidad.

9.  El 2 de mayo de 2018, vista la documentación presentada y vistos los informes favorables emitidos por el IBISEC y el Departamento de Formación Profesional y Calificaciones Profesionales, así como las alegaciones formuladas dentro del trámite de audiencia, el jefe del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable a la autorización de una unidad del CFGS de Animación de Actividades Físicas y Deportivas al centro ADEMA y al traslado parcial del CFGS de Higiene Bucodental y del CFGS de Dietética en las nuevas instalaciones del centro ubicadas en la calle del Gremi de Passamaners, 11, de Palma.

Con respecto a las clases prácticas que se tienen que desarrollar en el CFGS de Animación de Actividades Físicas y Deportivas, estas se podrán llevar a cabo en el Palacio Municipal de Deportes Son Moix, según los acuerdos suscritos con el Instituto Municipal del Deporte (IME) para el uso de las pistas polideportivas, el gimnasio y la piscina y en aplicación del principio de especialidad, específicamente recogido en las Instrucciones del jefe del Departamento de Planificación y Centros (NRS 175/2014, de 6 de marzo) referentes a la normativa de mínimos aplicable para la autorización de centros privados de FP, aplicación del principio de especialidad.

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros con fecha de 3 de mayo de 2018, dicto la siguiente

Resolución

1.  Autorizar, con efectos desde el inicio del curso escolar 2017-2018, el centro privado de formación profesional ADEMA, Escuela Dental de Mallorca, a impartir el CFGS de Animación de Actividades Físicas y Deportivas, así como a trasladar parcialmente el CFGS de Higiene Bucodental y el CFGS de Dietética a las instalaciones ubicadas a la calle del Gremi de Passamaners, 11, de Palma.

2.  Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la manera siguiente:

Código de centro: 07005647

Denominación genérica: centro privado de formación profesional específica

Denominación específica: ADEMA, Escuela Dental de Mallorca

Titular: ADEMA, SL

Domicilio: c. de Joaquim Maria Bover, nº. 13, bajos

Localidad: Palma

Municipio: Palma

CP: 07005

Enseñanzas autorizadas:

- Ciclos formativos de grado medio

CFGM de Cuidados Auxiliares de Enfermería: 2 unidades y 10 plazas escolares (2 grupos y 20 plazas escolares), en horario de mañana, (título LOGSE), presencial y a distancia.

CFGM de Farmacia y Parafarmacia: 1 unidad y 20 plazas escolares (2 grupos y 40 plazas escolares), en horario de mañana (título LOE), presencial y a distancia.

CFGM de Atención a Personas en Situación de Dependencia: 1 unidad y 15 plazas escolares (2 grupos y 30 plazas escolares), en horario de mañana, (título LOE), presencial.

- Ciclos formativos de grado superior

CFGS de Higiene Bucodental: 3 unidades (3 grupos) y 120 plazas escolares, en horario de mañana y en horario de tarde y en horario de temporalización especial, (título LOE), presencial y a distancia. Se traslada parcialmente a la calle del Gremi de Passamaners, 11, de Palma.

CFGS de Prótesis Dentales: 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares, en horario de mañana y 1 en horario de tarde) (título LOE), presencial y a distancia.

CFGS de Dietética: 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares, en horario de tarde, (título LOGSE), presencial y a distancia.

CFGS de Salud Ambiental: 1 unidad (1 grupo) y 15 plazas escolares, en horario de temporalización especial, (título LOGSE), presencial y a distancia.

CFGS de Animación de Actividades Físicas y Deportivas: 1 unidad (1 grupo) y 30 plazas escolares, en horario de mañana. Se utilizan las instalaciones del Palacio Municipal de Deportes Son Moix (IME).

Adscripción administrativa: Los ciclos formativos de grado medio y de grado superior quedan adscritos al IES Francesc de Borja Moll, de Palma (código 07006238).

3.  Recordar al centro mencionado que está obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando se tenga que modificar cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.

4.  El centro queda obligado a presentar la titulación del personal docente antes de iniciar la impartición del ciclo que se autoriza para que se pueda comprobar su adecuación.

5.  Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 4 de mayo de 2018

El consejero de Educación y Universidad

Martí X. March Cerdà