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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 5710
Resolución conjunta de la directora general de Formación Profesional y Formación del Profesorado y del director general de Innovación y Comunidad Educativa de día 22 de mayo de 2018 por la cual se convocan los centros educativos sostenidos con fondos públicos dependientes de la Consejería de Educación y Universidad que imparten educación primaria y educación secundaria obligatoria para participar en el programa de formación y transferencia “Trabajo para proyectos con el apoyo de la biblioteca escolar (proyectos documentales integrados)” para los cursos escolares 2018-2019 y 2019-2020

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Texto

Antecedentes                                                                                      

1. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, establece en el artículo 1, como uno de los dos principios básicos que inspira el sistema educativo, el fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa, y en el artículo 102 establece que la formación permanente constituye un derecho y una obligación del profesorado. Asimismo, el artículo 113 de la ley mencionada establece que los centros de enseñanza tienen que disponer de una biblioteca escolar y que las bibliotecas escolares tienen que contribuir a fomentar la lectura, a que el alumno acceda a la información y a otros recursos para el aprendizaje de las otras áreas y materias y a que se pueda formar en el uso crítico de estos recursos. Igualmente, las bibliotecas escolares tienen que contribuir a hacer efectivos los principios pedagógicos referidos a la lectura.

2. La Ley 19/2006, de 23 de noviembre, del sistema bibliotecario de las Illes Balears establece en el artículo 10 que las bibliotecas de los centros de enseñanza no universitaria proporcionan la información y el material necesarios para el apoyo a los objetivos académicos, cumplen funciones pedagógicas, facilitan el acceso a la cultura y educan en la utilización de sus fondos, y que la financiación y el funcionamiento de las bibliotecas de los centros de enseñanza no universitaria dependen de la consejería del Gobierno de las Illes Balears competente en materia de educación.

3. El Marco de referencia para las bibliotecas escolares (Ministerio de Educación, 2011) recopila en el capítulo 4, entre los ámbitos de actuación de la biblioteca escolar, los programas para la adquisición de la competencia informacional (alfabetización informacional, tratamiento de la información y competencia digital, etc.), mediante los cuales establece que la biblioteca escolar tendría que disponer de los recursos de forma efectiva, orientar en la utilización de estos recursos, diseñar junto con el resto de profesores programas de formación en la busca, selección y uso de las fuentes de información y del trabajo documental, y ayudar al profesorado para que desde las respectivas materias refuerce estos aprendizajes.

4. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 11/2016, de 11 de mayo, de la presidenta de las Illes Balears, establece en el artículo 2.4 c que la Dirección General de Formación Profesional y Formación del Profesorado es competente en materia de formación permanente del profesorado y, en el artículo 2.4 e, que la Dirección General de Innovación y Comunidad Educativa lo es en materia de impulso y fomento de la innovación educativa.

5. El Plan Cuatrienal de Formación Permanente del Profesorado 2016-2020, aprobado por la Resolución del consejero de Educación y Universidad de día 16 de marzo de 2016, establece en el apartado 6.1 la formación contextualizada y vinculada a la mejora de las prácticas educativas, al rendimiento y a la mejora de los resultados de los procesos de aprendizaje como una de las ocho líneas estratégicas de la formación del profesorado para el cuadrienio 2016-2020.

6. La Dirección General de Innovación y Comunidad Educativa gestiona el Programa de Bibliotecas Escolares, que se creó en el marco del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para la mejora de las bibliotecas escolares.

7. El Programa de Bibliotecas Escolares da apoyo a un modelo de biblioteca que facilita la formación de lectores competentes, pero también al desarrollo de competencias clave en la sociedad de la información, la llamada competencia informacional, y en el uso y la producción de la información. Entre los ámbitos de actuación del Programa de Bibliotecas Escolares está el de enseñar y desarrollar acciones para la mejora de la competencia informacional y mediática (ALFIN/AMI) y propiciar el aprendizaje por proyectos y otras metodologías activas utilizando los recursos y servicios de la biblioteca en el desarrollo de las prácticas cotidianas. La biblioteca impulsa metodologías que permiten adquirir habilidades en el uso de la información como son los llamados trabajos por proyectos.

Esta convocatoria se basa en la propuesta Proyectos documentales integrados (Rosa Piquín Cancio, 2011), como investigaciones que hacen que el alumnado, además de indagar sobre un tema o problema concreto, se familiariza con los mecanismos de busca de información y de trabajo intelectual, en que utiliza para eso los recursos, documentales de la biblioteca escolar. Los proyectos documentales integrados son un instrumento para generar y estimular nuevas formas de aprender de acuerdo con la sociedad de la información. Son la manera de trabajar que permite transformar la información en conocimiento y a través de la cual la biblioteca escolar se convierte en el eje de la acción formativa.

Fundamentos de derecho

  1.  La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
  2.  La Ley 19/2006, de 23 de noviembre, del sistema bibliotecario de las Illes Balears.
  3.  El Decreto 67/2008, de 6 de junio de 2008, por el cual se establece la ordenación general de las enseñanzas de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria obligatoria en las Illes Balears.
  4.  El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 11/2016, de 11 de mayo, de la presidenta de las Illes Balears.
  5.  El Decreto 41/2016, de 15 de julio, por el cual se regula la formación permanente del profesorado de la enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
  6.  La Resolución del consejero de Educación y Universidad de día 16 de marzo de 2016 por la cual se aprueba el Plan Cuatrienal de Formación Permanente del Profesorado 2016-2020.
  7.  El Decreto 41/2016, de 15 de julio, por el cual se regula la formación permanente del profesorado de la enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Por todo ello, dictamos la siguiente

 RESOLUCIÓN

Primero

Aprobar las bases de la convocatoria para participar en el programa de formación y transferencia “Trabajo por proyectos con el apoyo de la biblioteca escolar (proyectos documentales integrados)” para los cursos escolares 2018-2019 y 2019-2020, dirigido a los centros educativos sostenidos con fondos públicos dependientes de la Consejería de Educación y Universidad que imparten educación primaria y educación secundaria obligatoria (anexo 1).

Segundo

Aprobar al modelo de solicitud de participación en el programa (anexo 2) y el modelo de guion para elaborar el proyecto de biblioteca escolar (anexo 3).

Tercero

Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears y en los sitios web del Servicio de Normalización Lingüística y Formación y del Servicio de Innovación Educativa.

 

Palma, 22 de mayo de 2018

La directora general de Formación Profesional y Formación del Profesorado

El director general de Innovación y Comunidad Educativa

Maria F. Alorda Vilarrubias

 Jaume Ribas Seguí

 

ANEXO 1

Bases de la convocatoria para participar en el programa de formación y transferencia “Trabajo por proyectos con el apoyo de la biblioteca escolar (proyectos documentales integrados)” para los cursos escolares 2018-2019 y 2019-2020, dirigido en los centros educativos sostenidos con fondos públicos dependientes de la Consejería de Educación y Universidad que imparten educación primaria y educación secundaria obligatoria

Artículo 1

Objeto y ámbito de aplicación

1. Esta convocatoria tiene por objeto establecer las bases para que los centros de educación primaria y educación secundaria obligatoria puedan solicitar la participación en el programa de formación y transferencia “Trabajo por proyectos con el apoyo de la biblioteca escolar (proyectos documentales integrados)” para los cursos escolares 2018-2019 y 2019-2020.

2. Este programa se desarrolla mediante la colaboración del Servicio de Normalización Lingüística y Formación de la Dirección General de Formación Profesional y Formación del Profesorado y el Servicio de Innovación Educativa de la Dirección General de Innovación y Comunidad Educativa.

3. Este programa quiere promover las competencias docentes en el trabajo por proyectos de carácter interdisciplinario o de proyectos de investigación con el apoyo de la biblioteca escolar, los llamados proyectos documentales integrados (PDI).

4. El programa forma parte de las líneas de actuación del Servicio de Innovación Educativa en la propuesta de actuaciones para el curso 2018-2019, que opta por dar apoyo a los centros que quieren incluir en su itinerario de trabajo metodologías que contribuyan a la adquisición de competencias clave en la sociedad de la información y las tecnologías de la información y la comunicación.

5. El programa se basa en una formación inicial y continua del profesorado, en el diseño de un proyecto documental integrado durante el curso 2018-2019, en la aplicación correspondiente durante el curso 2019-2020 y en el seguimiento del impacto formativo en los alumnos.

Artículo 2

Objetivos del programa

 Los objetivos del programa son:

  1. Impulsar que las bibliotecas escolares faciliten el diseño y desarrollo de programas para la adquisición de la competencia informacional en el uso, tratamiento y producción de la información en los diferentes formatos, así como las posibilidades que ofrece la biblioteca para la incorporación de metodologías innovadoras consecuentes con las necesidades educativas actuales.
  2. Conocer la contribución de la biblioteca escolar en la adquisición y desarrollo de las competencias informacionales.
  3. Aprender a diseñar proyectos de investigación desde la biblioteca escolar, proyectos documentales integrados (PDI), como instrumentos para generar y estimular las nuevas formas de aprendizaje de acuerdo con la sociedad de la información.
  4. Diseñar e implementar un proyecto documental integrado en que esté presente la participación de la comunidad educativa.
  5. Formar al profesorado implicado en el programa en los conocimientos necesarios para diseñar su proyecto documental integrado y su aplicación.
  6. Dotar a los centros participantes de una aportación económica destinada a la aplicación del proyecto.
  7. Ofrecer un espacio de reflexión en torno a los diferentes aspectos de la biblioteca escolar.

Artículo 3

Destinatarios

1. Pueden participar en esta convocatoria todos los centros educativos sostenidos con fondos públicos dependientes de la Consejería de Educación y Universidad que imparten educación primaria y educación secundaria obligatoria durante los cursos 2018-2019 y 2019-2020.

 2. Cada centro puede presentar una única solicitud de participación en esta convocatoria.

Artículo 4

Compromisos

1. La Consejería de Educación y Universidad se compromete a:

Hacer una aportación económica total de 30.000 euros repartidos entre 15 centros seleccionados, en función del número de unidades del centro y destinados a la actualización y el funcionamiento de su biblioteca escolar, especialmente en los aspectos trabajados a través de los objetivos de la convocatoria y todos los relacionados con los proyectos documentales integrados desde la biblioteca. Estas aportaciones se hacen de la partida presupuestaria 13601 421K02 22900 00 de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears del año 2018.

2. Organizar formación inicial y continua para los docentes seleccionados que participen en el programa:

  • Durante el curso 2018-2019, una sesión inicial de formación específica de carácter presencial, una jornada de intercambio de las experiencias de los centros participantes a la convocatoria anterior (2017-2018 y 2018-2019), y asesoramiento y formación a distancia durante el primero, segundo y tercero trimestre del curso académico para diseñar un proyecto documental integrado adaptado a las necesidades de cada centro (30 horas de formación del profesorado).
  • Durante el curso 2019-2020, asesoramiento, seguimiento y formación a distancia para poner en práctica el proyecto documental integrado diseñado, y una jornada de intercambio de experiencias con la participación de los centros que forman parte del programa (20 horas de formación del profesorado).
  1. Asesorar y guiar en el desarrollo del proyecto de cada uno de los centros.
  2. Hacer difusión de las buenas prácticas relacionadas con esta convocatoria.
  3. Impulsar la elaboración de material didáctico relacionado con el programa.
  4. Evaluar el proceso y los resultados del programa.
  5. Expedir la propuesta de certificación de los docentes participantes que tengan derecho.
  6. Gestionar el expediente económico y administrativo del programa.

3. Los centros participantes al programa se comprometen a:

  1. Participar en el programa durante los cursos escolares 2018-2019 y 2019-2020 en todas las actividades de formación del profesorado que se prevén en la convocatoria.
  2. Nombrar a una persona encargada de coordinar el proyecto que participará en las actividades de formación que se prevén en la convocatoria, con el visto bueno del equipo directivo.
  3. Participar en el programa con un mínimo de tres docentes, incluido el coordinador del proyecto, y que tienen que participar en las actividades de formación que se prevén en la convocatoria, con el visto bueno del equipo directivo.
  4. Implicar al equipo directivo para que facilite aspectos organizativos, espacios y horarios con el fin de alcanzar los objetivos del proyecto.
  5. Presentar una memoria final de la aplicación del proyecto documental integrado dentro del plazo establecido.
  6. Evaluar el impacto del proyecto.
  7. Destinar la totalidad de la financiación conseguida con esta convocatoria a la actualización y el funcionamiento de la biblioteca escolar del centro, especialmente en los aspectos tratados a través de los proyectos trabajados y todos los relacionados con los proyectos documentales integrados desde la biblioteca.
  8. Contar con la aprobación del claustro y presentar el proyecto al consejo escolar para que lo valore, así como el compromiso de ambos órganos para facilitar la puesta en práctica del proyecto (anexos 4 y 5)

Artículo 5

Coordinación del programa

1.Cada centro tiene que designar a una persona encargada de la coordinación del programa, la cual tiene que formar parte del claustro del profesorado del centro y participar en la formación. Esta persona asume las funciones siguientes:

  1. Coordinar la elaboración y aplicación del proyecto documental integrado resultando de la formación continua de la convocatoria.
  2. Organizar y coordinar el trabajo del centro, en colaboración con el asesor del Servicio de Innovación Educativa que se designe al efecto.
  3. Asistir a las reuniones relacionadas con la formación del programa que convoquen el Servicio de Normalización Lingüística y Formación y el Servicio de Innovación Educativa.
  4. Elaborar y entregar la memoria final del proyecto.

Artículo 6

Solicitud, plazo y lugar de presentación

1. Las solicitudes para participar en el proceso de selección se tienen que ajustar al modelo que figura en el anexo 2 y se tienen que presentar en el plazo de quince días naturales contadores desde el día siguiente de la fecha de publicación de esta Resolución en el BOIB. El modelo de solicitud también se puede encontrar en las páginas web del Servicio de Normalización Lingüística y Formación y del Servicio de Innovación Educativa de la web institucional <www.caib.es>.

2. Cada centro tiene que presentar su proyecto de biblioteca escolar, para que se valore, de acuerdo con el modelo que figura en el anexo 3 de esta convocatoria.

3. La solicitud y los documentos que lo acompañan se tienen que enviar al Servicio de Innovación Educativa a la dirección de correo electrónico sie@dgice.caib.es. El justificante de entrada de la solicitud será el correo de recepción del Servicio de Innovación Educativa que tenéis que haber recibido durante el plazo establecido de presentación de solicitudes.

Artículo 7

Comisión de Selección

1. Para instruir el procedimiento derivado de esta convocatoria se constituye una Comisión de Selección, integrada por los siguientes miembros:

  1. La jefa del Servicio de Innovación Educativa, o persona en quien delegue, que la preside.
  2. La jefa del Servicio de Normalización Lingüística y Formación, o persona en quien delegue.
  3. Un inspector del Departamento de Inspección Educativa, designado por el jefe del Departamento de Inspección Educativa.
  4. Un asesor del Servicio de Innovación Educativa.
  5. Un asesor del Servicio de Normalización Lingüística y Formación.
  6. Un funcionario de la Dirección General de Innovación y Comunidad Educativa, que actúa como secretario.

2.  La Comisión también puede convocar a las sesiones a otras personas, que, por razones técnicas, estén implicadas en el programa.     

3. Son funciones de la comisión:

  1. Examinar las solicitudes y los documentos presentados.
  2. Requerir a los solicitantes para que completen la documentación preceptiva o rectifiquen las deficiencias detectadas en la solicitud.
  3. Comprobar que los centros cumplen los requisitos y las obligaciones del programa.
  4. Publicar la lista provisional de los centros que presenten solicitud a la convocatoria en las páginas webs del Servicio de Normalización Lingüística y Formación y del Servicio de Innovación Educativa del sitio web institucional <www.caib.es> y, también, en la Web Educativa de las Illes Balears (weib.caib.es).
  5. Publicar la lista provisional de los centros seleccionados para participar en el programa para los cursos escolares 2018-2019 y 2019-2020 en los lugares webs mencionados.
  6. En ambos casos los centros interesados, en un plazo de tres días hábiles contadores a partir de la fecha de publicación de la lista provisional, pueden formular las alegaciones oportunas, mediante correo electrónico a la dirección sie@dgice.caib.es.

Pasado cada plazo, la Comisión de Selección resolverá las alegaciones y publicará la lista definitiva correspondiente en los sitios web establecidos.

Artículo 8

Selección de los centros

1. La Comisión tiene que seleccionar los centros de entre las solicitudes recibidas, hasta un máximo de 15 centros, y valorarlas a partir del programa de biblioteca presentado según el anexo 3.

2. Para seleccionar los centros participantes se tienen que tener en cuenta los siguientes aspectos:

Apartado A (organización y gestión de la biblioteca escolar del centro)

a) Disposición de un espacio destinado exclusivamente a la biblioteca escolar del centro.

b) Existencia de un responsable de la biblioteca escolar entre el profesorado definitivo del centro, con un número suficiente de asignación de horas para las funciones que le son propias.

c) Existencia de un equipo o comisión de biblioteca escolar, de carácter interdisciplinario, formado por profesores de diferentes ciclos o departamentos presentes en el centro, con disponibilidad y dedicación específica para las diferentes tareas derivadas del programa.

d) Implicación del equipo directivo en el programa de biblioteca escolar del centro que facilite los aspectos organizativos y los horarios con el fin de alcanzar los objetivos del proyecto.

e) Existencia de fondo en diferentes formatos.

f) Apertura de la biblioteca con un horario amplio y accesible, que incluya actividades formativas y adaptado a las necesidades de la comunidad educativa.

g) Formación específica de la persona responsable de la biblioteca y dedicación horaria destinada a la atención de la biblioteca.

h) Formación específica y dedicación a la biblioteca de los miembros de la comisión o equipo de la biblioteca.

i) Inversión por parte del centro en la biblioteca escolar durante los últimos dos cursos en equipamiento, mejora, colecciones (fondos bibliográficos, recursos, etc.).

j) Actuaciones y presupuestos previstos para los próximos cursos.

k) Utilización de sistemas estandarizados de clasificación (CDU), actualizados y automatizados los dos últimos cursos.

l) Utilización del programa de gestión de bibliotecas Abiesweb.

m) Difusión y comunicación de los servicios y las actividades de la biblioteca (blog, web, etc.).

Apartado B (metodología y calidad del proyecto de biblioteca del centro presentado con el anexo 3 de la solicitud)

1. Existencia de un proyecto de biblioteca escolar propio e implicación de esta en el proyecto educativo del centro. Si se tiene, hay que adjuntarlo con los documentos de la solicitud.

a) Metodología de trabajo del centro educativo: trabajo para proyectos y metodologías pedagógicas activas, cooperativas y globalizadoras.

b) Línea de trabajo del centro. Trabajo basado en proyectos experimentales.

c) Apoyo de la biblioteca escolar a la metodología pedagógica del centro.

d) Calidad global del programa de biblioteca del centro, considerando como punto de partida las propuestas y previsiones de mejora, así como la dinámica de la biblioteca escolar ya creada.

e) Grado de adecuación del proyecto a las orientaciones previstas en esta convocatoria.

f) Integración del proyecto de biblioteca del centro en las actuaciones destinadas a la adquisición de las competencias clave del alumnado y de los objetivos previstos en el proyecto educativo del centro.

g) Coordinación de proyectos de carácter interdisciplinario y realización de actividades de competencia mediática los dos últimos cursos.

h) Sistematización de actividades de fomento de la lectura los dos últimos cursos.

i) Integración de la cultura impresa y de la cultura digital desde la concepción de la lectura como alfabetización múltiple, los dos últimos cursos.

j) Participación del alumnado, el profesorado y la comunidad educativa en conjunto.

k) Criterios y procedimientos de evaluación: indicadores que se tendrán en cuenta e instrumentos que se utilizarán.

  •  Apartado C (participación del centro en el Programa Piloto de Utilización de las Tecnologías del Aprendizaje y el Conocimiento en el Desarrollo Curricular durante el curso 2017-2018 y/o 2018-2019)

2. En caso de empate se tiene que aplicar el criterio de orden de entrada de la solicitud.

3. Una vez publicada la lista definitiva de los centros seleccionados para participar en el programa de los cursos escolares 2018-2019 y 2019-2020, los docentes de los estos centros tienen que formalizar la inscripción a la formación a través del Portal de Servicios al Personal dentro de los plazos que se establezcan.

Artículo 9

Finalización del programa

1. Una vez finalizado el desarrollo del programa, cada centro tiene que enviar al Servicio de Innovación Educativa los documentos siguientes:

a) Curso 2018-2019, el diseño del proyecto documental integrado elaborado durante el curso.

b) Curso 2019-2020, una memoria final del programa, con un máximo de 15 páginas, con el visto bueno de la dirección del centro. La memoria final del proyecto tiene que contener la información siguiente:

  • Las actividades que se hayan realizado.
  • La incidencia de las intervenciones hechas en el conjunto de la comunidad educativa y el impacto en los resultados educativos.
  • Los materiales elaborados.
  • La valoración del grado de consecución de los objetivos planeados y propuestas de mejora.
  • Los cambios hechos en la organización (horario, comisión de biblioteca, etc.), la automatización y la gestión del fondo que se hayan realizado.
  • Las actuaciones hechas para mejorar el fondo documental, los equipamientos y las instalaciones de la biblioteca escolar del centro.
  • La evaluación del proyecto, con una especial referencia a la transferencia de los conocimientos a la práctica educativa y al impacto en el alumnado y en la comunidad educativa.

2. La documentación se tiene que presentar en formato digital por correo electrónico a la dirección sie@dgice.caib.es en el plazo de un mes contador desde la fecha de la última sesión de trabajo.

3. Los centros que quieran aportar otros documentos descriptivos del proyecto no incluidos en alguno de los apartados anteriores pueden hacerlo adjuntándolos como anexo a la memoria.

Artículo 10

Certificación e inscripción al registro de formación

1. El Servicio de Normalización Lingüística y Formación, a propuesta de la Comisión de Selección, es el encargado de hacer la certificación y la inscripción en el registro de formación.

2. Los docentes que hayan participado activamente en la formación para el profesorado, implementado el proyecto de transferencia en el aula y presentado la memoria, siempre que estas actividades cuenten con una valoración positiva, tienen derecho al reconocimiento de 50 horas de formación del profesorado, repartidas entre los dos cursos que dura el programa de la manera siguiente:

  • Curso 2018-2019: 30 horas de formación del profesorado.
  • Curso 2019-2020: 20 horas de formación del profesorado.

A la persona que coordina el proyecto se le certificará un 25% más horas que el total de horas del programa de formación.

   

ANEXO 2

Solicitud de participación en el programa de formación y transferencia “Trabajo por proyectos con el apoyo de la biblioteca escolar (proyectos documentales integrados)” para los cursos escolares 2018-2019 y 2019-2020

 Datos del centro

Nombre y apellidos del director/a:

Nombre del centro:

Código del centro:

Dirección:

Localidad:

Código postal:

Teléfono:

Dirección electrónica:

Nombre del coordinador/a del programa:

Teléfono:

Dirección electrónica:

Número de líneas del centro:

Número de unidades del centro:

Número de alumnos del centro:

 

Disposición de un espacio destinado exclusivamente a la biblioteca escolar (sí/no):

Nombre del responsable de la biblioteca escolar:

 EXPONGO:

1. Que el centro tiene la intención de desarrollar el programa de formación y transferencia “Trabajo por proyectos con el apoyo de la biblioteca escolar (proyectos documentales integrados)” durante los cursos escolares 2018-2019 y 2019-2020.

2. Que el programa ha sido aprobado por el claustro de profesores.

3. Que el consejo escolar ha sido informado.

4. Que los profesores participantes por orden de prioridad en la participación en el programa de formación del profesorado son los siguientes:

Apellidos y nombre

Curso

DNI

Dirección electrónica

Teléfono

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 SOLICITO:

Que el centro sea admitido en la convocatoria del programa de formación y transferencia “Trabajo por proyectos con el apoyo de la biblioteca escolar (proyectos documentales integrados)” para los cursos escolares 2018-2019 y 2019-2020.

 DOCUMENTACIÓN ADJUNTA:

  • El proyecto de biblioteca escolar del centro según el anexo 3.
  • El proyecto de biblioteca escolar propio del centro, si hubiera (opcional).
  • Certificado de haber informado al consejo escolar (anexo 4).

 

Se presenta adjunto a esta solicitud.

 

Todavía no se ha reunido el consejo escolar y se entregará antes del 30 de junio de 2018.

 Certificado de aprobación del claustro de la participación en el programa (anexo 5).

 

Se presenta adjunto a esta solicitud.

 

Todavía no se ha reunido el claustro de profesores y se entregará antes del 30 de junio de 2018.

 ......................., ........ d....................... de 2018

 [rúbrica del director/a y sello]

  

ANEXO 3

Guión para elaborar el proyecto de biblioteca escolar

1. Nombre del centro.

2. Trayectoria de la biblioteca hasta el momento. Características actuales. Funcionamiento y organización, según los puntos del apartado A de los criterios de selección de la convocatoria (máximo de 3 páginas, preferentemente en letra Noto Sans 11, a doble espacio):

  • Estructura organizativa y funcional.
  • Implicación del equipo directivo del centro y del claustro de profesores en el programa de biblioteca escolar.
  • Espacios y recursos de la biblioteca escolar.
  • Tipología y gestión del fondo.
  • Recursos humanos y su formación en el ámbito de la biblioteca escolar y el fomento de la lectura.
  • Actuaciones hechas en la mejora de la biblioteca durante los dos últimos cursos.
  • Actuaciones y presupuesto previstos para los próximos cursos. Enumeración.
  • Difusión de los servicios y las actividades de la biblioteca.
  • Otros.

3. Metodología y calidad del proyecto de biblioteca escolar y la implicación de esta en el proyecto educativo del centro, según los puntos del apartado B de los criterios de selección de la convocatoria (máximo de 6 páginas, preferentemente en letra Noto Sans 11, a doble espacio):

  • Existencia de un proyecto de biblioteca escolar de centro, calidad global de este y adecuación a las orientaciones previstas en esta convocatoria. En caso que el centro tenga un proyecto de biblioteca escolar propio, se puede adjuntar a la convocatoria.
  • Metodología de trabajo del centro educativo: trabajo por proyectos y metodologías pedagógicas activas, cooperativas y globalizadoras.
  • Línea de trabajo (con el horario de organización del centro, adjunto).
  • Papel de la biblioteca dentro de la línea pedagógica del centro. Líneas metodológicas del centro e implicación de la biblioteca.
  • Actuaciones destinadas a la adquisición de las competencias clave del alumnado y de los objetivos previstos en el proyecto educativo del centro.
  • Actividades para el fomento de la lectura y la comprensión lectora en todas las áreas y materias.
  • Acciones para la integración de la cultura impresa y la cultura digital. Multialfabetismos.
  • Acciones para la mejora de la competencia mediática e informacional.
  • Actividades para propiciar el aprendizaje por proyectos y otras metodologías activas utilizando los recursos y servicios de la biblioteca.
  • Otros.

4. Criterios y procedimientos de evaluación. Indicadores que se tendrán en cuenta e instrumentos que se utilizarán.

ANEXO 4

Reunión del consejo escolar

[Nombre y apellidos] ............................................., director/a del centro educativo ...................., de ...........................,

DECLARO:

Que en la sesión del consejo escolar que tuvo lugar el día ............................ se informó de la participación de este centro en el programa de formación y transferencia “Trabajo por proyectos con el apoyo de la biblioteca escolar (proyectos documentales integrados)” para los cursos escolares 2018-2019 y 2019-2020.

......................., ........ d....................... de 2018

[rúbrica y sello]

  

ANEXO 5

Reunión del claustro de profesores

[Nombre y apellidos] .................................................., director/a del centro educativo ......................................, de ...........................,

DECLARO:

Que en la reunión del claustro de profesores que tuvo lugar el día ............................ se aprobó la participación de este centro en el programa de formación y transferencia “Trabajo por proyectos con el apoyo de la biblioteca escolar (proyectos documentales integrados)” para los cursos escolares 2018-2019 y 2019-2020.

 ......................., ........ d....................... de 2018

 [rúbrica y sello]