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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE INCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 3 DE INCA

Núm. 5247
Procedimiento Ordinario 254/2016

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Texto

D./Dª. Mª MATILDE SANCHEZ RODRIGUEZ, Letrado de la Administración de Justicia, del JDO.1A.INSTANCIA N.3 de INCA, por el presente,

A N U N C I O:

En el presente procedimiento ORDINARIO 254/16 seguido a instancia de FCA CAPITAL ESPAÑA ESTABLECIMIENTO FINANCIERO DE CREDITO frente a (datos personales ocultos)se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

S E N T E N C I A Nº21

En Inca, a 9 de Febrero de 2017.-

Gloria A. Moxica Pruneda, Magistrada-Jueza del Juzgado de Primera Instancia num.tres de los de esta ciudad, ha dictado, en nombre del REY, sentencia habiendo visto el presente JUICIO ORDINARIO NUM.254/2016 instado por la Procuradora de los Tribunales SRA.JUAN FEMENIA, en nombre y representación de FCA CAPITAL ESPAÑA ESTABLECIMIENTO FINANCIERO DE CREDITO,S.A., asistida del Letrado SR.GOMEZ PLASENCIA, contra (datos personales ocultos), en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.-

FALLO

Que por medio de la presente sentencia debo ESTIMAR Y ESTIMO INTEGRAMENTE LA DEMANDA interpuesta por la por la Procuradora de los Tribunales SRA.JUAN FEMENIA, en nombre y representación de FCA CAPITAL ESPAÑA ESTABLECIMIENTO FINANCIERO DE CREDITO,S.A., contra DOÑA CATALINA CAMPOMAR BENNASAR y en consecuencia debo condenar y condeno a (datos personales ocultos) abonar a la parte actora la cantidad de SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA EUROS CON CINCUENTA Y OCHO CENTIMOS DE EURO, interés legal de dicha cantidad desde la interposición de la demanda, incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente, con condena en costas a la parte demandada.-

Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra la presente Sentencia cabe interponer recurso de APELACIÓN ante la Audiencia Provincial de Les Illes Balears por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de los 20 días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación.

Así, por esta, mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su incorporación al expediente, llevándose el original al Libro de Sentencias, lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.

Y encontrándose dicho demandado, (datos personales ocultos), en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

INCA a veintisiete de abril de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,