Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 5584
Notificación de una resolución por la cual se da de baja un centro en el Registro de Entidades de Formación Profesional para la Empleo
El 19 de diciembre de 2017 se notificó una resolución por la cual se iniciaba procedimiento de baja de un centro en el Registro de Entidades de Formación Profesional para el Empleo y se daba trámite de audiencia previa para hacer alegaciones y presentar los documentos que se considerasen pertinentes.
El procedimiento se inició de conformidad con el artículo 16 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la cual se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo, con un expediente de control de obligaciones, por indicios de incumplimiento de la obligación de mantener las exigencias técnico-pedagógicas, de instalaciones, equipamientos y medios humanos a tener en cuenta para las inscripciones y acreditaciones del centro de formación.
En la resolución de inicio de procedimiento de baja se dio a la entidad un plazo de 10 días de audiencia previa, a contar desde el día siguiente a la recepción de la resolución, indicándoles que, si una vez transcurrido el plazo no se había hecho ninguna alegación ni presentado ninguna justificación, se procedería a tramitar la resolución final de baja.
El plazo de audiencia concedido transcurrió sin que se hubiera presentado ninguna alegación ni documento justificativo y, por tanto, se dictó resolución final de baja. Con posterioridad a la firma de la resolución se recibió un escrito de la entidad en el que comunica el cierre del centro.
Se ha intentado notificar, sin éxito, la resolución definitiva de baja.
Por eso, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas, por medio de publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se pone en conocimiento de la entidad interesada, la cual se indica en el annexo I junto a los datos del centro afectado por la resolución.
El expediente se encuentra a su disposición en el Servicio de Empleo de las Islas Baleares (SOIB), en el Camí Vell de Bunyola, 43, 1º, 07009 Palma, de lunes a viernes de 9.00 a 14.00 horas.
Contra la resolución –que agota la vía administrativa– la personas interesadas pueden interponer recurso potestativo de reposición ante el consejero de Trabajo, Comercio e Industria, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación o exposición en edictos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración autonómica de las Islas Baleares y los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas.
También pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses desde el día siguiente de la publicación o exposición en edictos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa.
Palma, 8 de mayo de 2018
La jefa del Servicio de Planificación, Acreditaciones y Certificados de Profesionalidad,
Pilar Fuentes Alamán
ANEXO I |
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Denominación del centro |
Persona, física o jurídica, responsable |
CIF/NIF |
Dirección del centro |
N. de censo |
CENTRE DE FORMACIÓ PROFESSIONAL D'ESTÈTICA MAHEL |
MAHEL, CB |
E57604555 |
C. DEL BISBE GONZÁLEZ ABARCA, 14, BXS. (ENTRADA COMERCIAL C/ CANÁRIAS, 27) (EIVISSA) |
26927 |