Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 5574
Resolución del director gerente de la EBAP por la que se citan a plazo las personas interesadas en el recurso contencioso-administrativo PA 161/2018 interpuesto contra la Resolución por la cual se desestima el recurso de reposición que interpuso al Sindicato Profesional de Policías Municipales de España contra la Resolución de la presidenta de la EBAP por la que se aprueban la convocatoria, las bases, los temarios, los ejercicios y el baremo de méritos y se designa el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas del proceso especial unificado para cubrir las plazas de la categoría de policía de los ayuntamientos de Artà, Bunyola, Calvià, Capdepera y Palma

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. El Sindicato Profesional de Policías Municipales de España (Illes Balears) ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo que se sigue por los trámites del procedimiento abreviado ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 3 de Palma (actuaciones núm.161/2018) contra la Resolución de 7 de abril de 2018 por la cual se desestima el recurso de reposición que interpuso dicho Sindicato contra la Resolución de la presidenta de la EBAP de 26 de enero de 2018 por la que se aprueban la convocatoria, las bases, los temarios, los ejercicios y el baremo de méritos y se designa el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas del proceso especial unificado para cubrir las plazas de la categoría de policía de los ayuntamientos de Artà, Bunyola, Calvià, Capdepera y Palma.

2. En relación con el citado procedimiento abreviado, mediante un mensaje electrónico que tuvo entrada en el Registro de la Escuela Balear de Administración Pública el día 14 de mayo de 2018, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 3 de Palma ha requerido a la EBAP que le remita el expediente administrativo relativo a la resolución impugnada, al que deben incorporarse las citaciones a plazo enviadas a las personas interesadas.

Fundamentos de derecho

Los artículos 48 a 50 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en relación con el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Visto todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Remitir al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 3 de Palma una copia compulsada del expediente administrativo relativo a la resolución impugnada y que es objeto del recurso contencioso-administrativo que se sigue en las actuaciones n.º 161 /2018.

2. Notificar la presente resolución a las personas interesadas que pueden ser afectadas por la sentencia que se dicte en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Sindicato Profesional de Policías Municipales de España (Illes Balears), a fin de que puedan personarse en calidad de demandadas y presentarse ante el Juzgado en el plazo de nueve días a partir de la notificación o publicación de la presente resolución.

3. Comunicar a las personas interesadas que si se presentan fuera del plazo indicado, se las considerará como parte, sin que por ello se tenga que retrotraer ni interrumpir el curso del procedimiento, y que si no se presentan oportunamente la tramitación del procedimiento continuará, sin que sea necesario enviarles ninguna notificación.

4. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y notificarla a las personas interesadas.

Palma, 18 de mayo de 2018

El director gerente del EBAP,

 Jaime Tovar Jover