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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 5461
Notificación de Resolución de modificación de las anualidades de financiamiento de algunas de las ayudas concedidas, RMAF2 (abril 2018), de fecha 20 de abril de 2018, para la Creación de empresas de Jóvenes agricultores, para los años 2015 a 2019

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Texto

Notificación de Resolución de modificación de las anualidades de financiamiento de algunas de las ayudas concedidas, RMAF2 (abril 2018), de fecha 20 de abril de 2018, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de setiembre de 2015 por la que se convocan subvenciones para la Creación de empresas de Jóvenes agricultores, para los años 2015 a 2019

El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de setiembre de 2015 por la que se convocan, subvenciones para la Creación de empresas de Jóvenes agricultores, correspondientes a los años 2015-2019,  especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente del FOGAIBA, con fecha 20 de abril de 2018, firmó la siguiente resolución,

"RESOLUCIÓN DE MODIFICACIÓN DE LAS ANUALIDADES DE FINANCIACIÓN DE ALGUNAS DE LAS AYUDAS CONCEDIDAS AL AMPARO DE LA RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DEL FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ISLAS BALEARES (FOGAIBA), DE 10 DE SEPTIEMBRE DE 2015, POR LA QUE SE CONVOCAN, PARA LOS AÑOS 2015 A 2019, SUBVENCIONES PARA LA CREACIÓN DE EMPRESAS DE JÓVENES AGRICULTORES

CEJA2016_1/RMAF2 (ABRIL 2018)

ANTECEDENTES

1. Con fecha 15 de septiembre de 2015, se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares Núm. 136 la convocatoria de subvenciones, para los años 2015 a 2019, para la creación de empresas de jóvenes agricultores. Las convocatorias son un total de nueve y se realizan dos convocatorias para cada ejercicio, a excepción de 2015, que se realizó una sola convocatoria.

2. Por Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 17 de febrero de 2018, publicada en el BOIB Núm. 23 de 23 de febrero, se vàren modificar los créditos de la convocatoria de creación de empresas de jóvenes agricultores, destinando para la convocatoria de 2016 un total de 6.474.200,76 €, distribuidos entre las anualidades presupuestarias de 2016 hasta 2023 .

3. Por Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 20 de febrero de 2018, publicada en el BOIB Núm. 25 de 24 de febrero, se vàren modificar los créditos y la cofinanciación de la convocatoria de creación de empresas de jóvenes agricultores, destinando para la línea un total de 9.788.417,946 €, distribuidos entre las anualidades presupuestarias de 2016 hasta 2023, y destinado concretamente 2.766.899,72 € el año 2018.

4.A estas alturas se han registrado muchas solicitudes de pago del 50% de la ayuda correspondiente a la primera parte, de acuerdo con las previsiones del apartado undécimo de la convocatoria. Algunas de estas solicitudes están financiadas con presupuesto del año 2019 y otros con presupuestos posteriores.

5. También se prevé que se incorporen una elevada cantidad de remanentes el año 2018.

6. Por todo lo expuesto, se hace necesario modificar las anualidades de financiación de las ayudas quedando por el año 2018 los importes que efectivamente se pagarán, además de un cambio de anualidad 2018 por los importes del segundo tramo de la ayuda debido a la incorporación de romananents el año 2018.

 FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1.Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen las normas que rigen la ayuda de la Unión para el desarrollo rural y deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo.

2.Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares, para el periodo 2014-2020 (PDR), aprobado por la Comisión Europea mediante Decisión de Ejecución de día 18 de noviembre de 2015.

3.Reglament (UE) núm. 1310/2013, de 17 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen disposiciones transitorias relativas a la ayuda al desarrollo rural a través del FEADER.

4.Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 10 de septiembre de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores.

5.Resolució del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 22 de julio de 2016, por la que modifican los créditos y la cofinanciación de varias convocatorias de subvenciones del FOGAIBA, correspondientes a las medidas contempladas en elprograma de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020

6.Resolució del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 17 de febrero de 2017, por la que modifican los créditos de la línea de ayuda creación de empresas de jóvenes agricultores.

7. Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 20 de febrero de 2018, por la que modifican los créditos y la cofinanciación de la línea de ayuda creación de empresas de jóvenes agricultores.

Dado el Informe Técnico y propuesta del jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural, de fecha de 20 de abril de 2018, en el que se justifica la necesidad de modificar las anualidades de financiación de la ayuda previstas inicialmente en la concesión los expedientes que se detallan en el Anexo I;

RESUELVO

PRIMERO.- Modificar las anualidades de financiación de la ayuda previstas inicialmente en la concesión de los expedientes y en las cantidades que se indican en el Anexo I.

SEGUNDO.- Notificar esta Resolución a los interesados, indicándole que contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Conforme con la propuesta, y visto el escrito de abstención del vicepresidente del FOGAIBA de fecha 20 de abril de 2018 en dicto Resolución

Palma, 20 de abril de 2018

El presidente del FOGAIBA

Vicenç Vidal Matas”

ANEXO I  DE LA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIÓN DE  LAS ANUALIDADES DE ALGUNAS DE LAS AYUDAS CONCEDIDAS,  AL AMPARO DE LA RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DEL FONS DE GARANTIA AGRÀRIA I PESQUERA DE LES ILLES BALEARS (FOGAIBA) DE 10 DE SETIEMBRE DE 2015, POR LA CUAL SE CONVOCAN, PARA LOS AÑOS 2015 A 2019, SUBVENCIONES PARA LA CREACIÓN DE EMPRESAS DE JOVENES AGRICULTORES .

RMAF1/CEJA2016_1 (ABRIL 2018)

 

ANEXO I- abril 2018

Solicitante

NIF

Núm. exp.

Importe concedido (€)

Financiamiento inicial

Financiamiento inicial

Anualidad

Import

Anualidad

Import

2018

2018*

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

CEJA2016_1/041

50000

2018

25.000,00

2019

25.000,00

25.000,00

25.000,00

Palma, 16 de mayo de 2018

El director gerente del FOGAIBA

Guillem Rosselló Alcina