Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
Núm. 5304
Aprobación definitiva de la Modificación nº 13 de las Normas Subsidiarias del planeamiento municipal, relativa a la incorporación de una norma para definir las secciones viarias tipo dentro del ámbito del suelo urbano y del suelo urbanizable del municipio
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria urgente celebrada día 14 de mayo de 2018, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
"..... Primero. - Aprobar definitivamente la Modificación nº 13 de las Normas Subsidiarias del planeamiento municipal relativa a la incorporación de una norma para definir las secciones viarias tipo dentro del ámbito del suelo urbano y del suelo urbanizable del municipio, de conformidad con la documentación técnica MAYO 2018: -Memoria Informativa y Justificativa. Normas Urbanísticas y, -Resumen Ejecutivo del Planeamiento, redactada por los servicios técnicos municipales del departamento de Planificación urbanística. (Art. 55.6 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares).
Segundo. - Publicar este acuerdo junto con las normas urbanísticas en el Boletín Oficial de las Islas. (65.1 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares) y, de acuerdo con la DT 9ª de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares), en la sede electrónica del Ayuntamiento.
Tercero. - De conformidad con el art. 54.2 de la Ley la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares, remitir un ejemplar diligenciado de la modificación al Archivo de Urbanismo de las Islas Baleares y, otro, al Consejo Insular de Mallorca. "
Contra este acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de 2 meses a contar a partir de su publicación en el B.O.I.B.
Alcudia, 16 de mayo de 2018
El Concejal Delegado de Urbanismo,
Joaquín Cantalapiedra Aloy
ANEXO
NORMAS URBANÍSTICAS
NORMA 2.1.13
SECCIONES VIARIAS TIPO
Las secciones viarias tipo que figuran en los planos de ordenación del suelo urbano, así como las cotas de las aceras que se señalen, se considerarán indicativas en cuanto a: anchura de aceras, plazas de aparcamiento y calzada, pudiéndose alterar estos parámetros justificadamente en los proyectos de obra pública de dotación y mejora siempre que no se altere el ancho total previsto que viene definido por las alineaciones y quede garantizado el uso peatonal de los mismos.
En todos los casos, las secciones modificadas tendrán que cumplir la normativa vigente sobre accesibilidad, así como adaptar las secciones a la implantación para su uso por los ciclistas.
En caso de afectarse una sección viaria que constituya una ruta cultural y paisajística, incorporada al plano 7.1 de las NN.SS., se deberá justificar el cumplimiento de la norma 5.2.12 y que la intervención no supone una alteración los valores patrimoniales y paisajísticos de la misma.