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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 5177
Procediment Ordinari 288/2016

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D. JUAN ENRIQUE TÉVAR FERNÁNDEZ, Letrado de la Administración de Justicia, del JDO. DE LO MERCANTIL N. 1 de PALMA DE MALLORCA, por el presente,

A N U N C I O:

En el presente procedimiento seguido a instancia de MARINE QUALITY SLU frente a SAILING PROPERTIE SA se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA

En Palma de Mallorca, a 21 de enero de 2018.

Vistos por mí, Don Víctor Manuel Casaleiro Ríos, juez del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de los de esta ciudad y su partido, los autos de juicio ordinario nº288/2016, incoados a instancia del Procurador de los Tribunales Don Jeroni Tomas Tomas, en nombre representación de la entidad mercantil Marine Quality S.L.U contra la entidad mercantil Sailing Propertie S.A, sin asistencia letrada ni representación procesal habiendo, por la que se le declaró en situación de rebeldía procesal, habiendo versado el presente procedimiento sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD, dicto la presente sentencia.

FALLO

Que ESTIMANDO INTEGRAMENTE la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Don Jeroni Tomas Tomas, en nombre representación de la entidad mercantil  Marine Quality S.L.U contra la entidad mercantil Sailing Propertie S.A debo CONDENAR Y CONDENO a la entidad mercantil Sailing Propertie S.A a pagar a la entidad mercantil Marine Quality S.L.U la cantidad de 6.072,45 euros, y los intereses explicitados en el fundamento de derecho cuarto.

Todo ello con expresa imposición de costas procesales a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer RECURSO DE APELACIÓN, el cual deberá interponerse en este Juzgado en el plazo de VEINTE DÍAS a contar desde la fecha de su efectiva notificación.

Así por esta mi Sentencia, de la que se unirá testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.– Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Juez Don Víctor Manuel Casaleiro Ríos, mientras celebraba audiencia pública en el día de su fecha el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca, de lo que como Letrado de a Administración de Justicia certifico.

Y encontrándose dicho demandado, SAILING PROPERTIE SA, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

PALMA DE MALLORCA a catorce de mayo de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,