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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 5295
Resolución del consejero de Educación y Universidad de día 15 de mayo de 2018 por la cual se conceden las subvenciones correspondientes a la convocatoria de ayudas individualizadas de comedor por motivos socioeconómicos para los alumnos de incorporación tardía que cursaron estudios no universitarios durante el curso escolar 2017-2018

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Texto

Hechos

1. La Resolución del consejero de Educación y Universidad de 25 de mayo de 2017 por la cual se convocan ayudas individualizadas de comedor para los alumnos que cursan estudios en los centros docentes no universitarios durante el curso escolar 2017-2018, en los puntos 10.5 y 13.6 prevé un plazo para la presentación de solicitudes de ayudas de comedor para alumnos de incorporación tardía, hasta el día 20 de abril de 2018, y prevé una reserva del presupuesto.

2. Se ha hecho la corrección de errores observados en la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 25 de mayo de 2017 por la cual se convocan ayudas individualizadas de comedor para los alumnos que cursan estudios en los centros docentes no universitarios durante el curso escolar 2017, publicada en el BOIB nº. 68 de 3 de junio de 2017, en la versión catalana y castellana.

3. Las ayudas se tienen que hacer efectivas a cargo de la partida presupuestaria 13601.421K03.48021.00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para el año 2017 por un importe máximo de 1.000.000 de euros y de 1.100.000 euros para el año 2018. De estos, 2.000.000 de euros se tienen que destinar a atender las ayudas derivadas de circunstancias socioeconómicas desfavorables y 100.000 euros a atender las peticiones de los alumnos que utilizan el servicio de transporte escolar durante el curso escolar 2017-2018.

4. Los servicios técnicos de la Dirección General de Innovación y Comunidad Educativa examinaron las propuestas y las puntuaciones concedidas por los consejos escolares.

5. Las solicitudes se enviaron a la Comisión Evaluadora, que se reunió el día 14 de mayo de 2018 para estudiarlas y hacer el informe que tenía que servir de base a la propuesta de resolución.

Fundamentos de derecho

1. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB nº. 196, de 31 de diciembre de 2005).

2. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears (BOIB nº. 122, de 2 de septiembre de 2004).

3. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009, por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura.

4. La Resolución del consejero de Educación y Universidad de 25 de mayo de 2017 por la cual se convocan ayudas individualizadas de comedor para los alumnos que cursan estudios en los centros docentes no universitarios durante el curso escolar 2017-18.

5. La Corrección de errores observados en la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 25 de mayo de 2017 por la cual se convocan ayudas individualizadas de comedor para los alumnos que cursan estudios en los centros docentes no universitarios durante el curso escolar 2017, publicada en el BOIB nº. 68 de 3 de junio de 2017, en la versión catalana y castellana.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la concesión de ayudas individualizadas de comedor del curso 2017-2018 a favor de los alumnos de incorporación tardía de los centros docentes no universitarios que figuran en el anexo 1.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición delante del órgano que la ha dictado en el plazo de un mes, o recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, contadores desde el día siguiente de haber recibido la notificación, en la forma prevista de la convocatoria.

 

Palma, 15 de mayo de 2018

El consejero
Martí March i Cerdà

 

ANEXO 1

Código

Centro

Importe

B2GHJN

CC Beato Ramon Llull (07001526) (Inca)

740,00 €

IKPV6B

CC Beato Ramon Llull (07001526) (Inca)

740,00 €

SR1GFJ

CC Nostra Senyora de la Consolació (07000807) (Ciutadella de Menorca)

740,00 €

4VOZMO

CC Nostra Senyora de la Consolació (07000807) (Ciutadella de Menorca)

740,00 €

3JFUGE

CC Sant Francesc d’Assís (07004588) (sa Pobla)

740,00 €

ISALO5

CC Sant Francesc d’Assís (07004588) (sa Pobla)

740,00 €

2QZMO8

CC Virgen del Carmen (07002816) (Palma)

740,00 €

ODNIZE

CEIP Coll d’en Rabassa (07002658) (Palma)

528,00 €

E63S7W

CEIP Mare de Déu del Carme (07001800) (Maó)

740,00 €

RKW6CY

CEIP Miquel Duran i Saurina (07013644) (Inca)

740,00 €

K4936P

CEIP Santa Eulària (07007322) (Santa Eulària)

528,00 €