Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TRABAJO, COMERCIO E INDUSTRIA
Núm. 5286
Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 9 de mayo de 2018 de corrección de errores advertidos en la Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 2 de mayo de 2018, por la que se aprueba la convocatoria para conceder ayudas públicas para el fomento de la economía social mediante el apoyo al mantenimiento de los puestos de trabajo de las empresas de inserción, publicada en el BOIB núm. 57, de 8 de mayo, núm. de edicto 4730
Se ha observado un error material en la Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 2 de mayo de 2018, por la que se aprueba la convocatoria para conceder ayudas públicas para el fomento de la economía social mediante el apoyo al mantenimiento de los puestos de trabajo de las empresas de inserción, publicada en el BOIB núm. 57, de 8 de mayo, núm. de edicto 4730, consistente en el importe asignado a esta que es de 200.000 € en lugar de la cuantía de 210.000 € que consta en la Resolución, de acuerdo con el expediente de tramitación, el informe jurídico, el informe de fiscalización y los correspondientes documentos contables.
El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Rectificar el error observado en la Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 2 de mayo de 2018, por la que se aprueba la convocatoria para conceder ayudas públicas para el fomento de la economía social mediante el apoyo al mantenimiento de los puestos de trabajo de las empresas de inserción, en los siguientes términos:
En el apartado tercero.1, donde dice:
1. El crédito inicial asignado a las ayudas previstas en esta convocatoria es de doscientos diez mil euros (210.000 €) con cargo a la partida presupuestaria 19601 322A01 47000.00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2018, de acuerdo con la siguiente distribución:
— Para las acciones subvencionables del Programa I, el crédito inicial asignado es de ciento setenta y cinco mil euros (175.000 €).
— Para las acciones subvencionables del Programa II, el crédito inicial asignado es de treinta y cinco mil euros (35.000 €).
Ha de decir:
1. El crédito inicial asignado a las ayudas previstas en esta convocatoria es de doscientos mil euros (200.000 €) con cargo a la partida presupuestaria 19601 322A01 47000.00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2018, de acuerdo con la siguiente distribución:
— Para las acciones subvencionables del Programa I, el crédito inicial asignado es de ciento sesenta y cinco mil euros (165.000 €).
— Para las acciones subvencionables del Programa II, el crédito inicial asignado es de treinta y cinco mil euros (35.000 €).
2. Publicar esta Resolución en el Boletín oficial de las Illes Balears.
Palma, 9 de mayo de 2018
El consejero de Trabajo, Comercio e Industria
Iago Negueruela Vázquez