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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 5273
Departamento de Personal. Servicio de Selección, Provisión y Gestión. Subsanar error bases concurso oposición por promoción interna de Oficial Albañil de Fiestas y de Oficial Electricista del Ayuntamiento de Palma

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Texto

La Concejala del Área de Función Pública y Gobierno Interior, por resolución número 9.916 de 16 de mayo de 2018, acordó lo siguiente:

1. Subsanar el error observado en el decreto de Alcaldía, número 22.624, de 11 de diciembre de 2017, y en el decreto número 22.743, de 12 de diciembre de 2017, por los que se aprueban las bases del concurso oposición por promoción interna de oficial albañil de fiestas, y de oficial electricista, publicadas en el BOIB núm. 153, de 16-12-2017 y BOIB núm. 155, de 19-12-2017, respectivamente, en el sentido que donde pone "A: Puntuación de respuestas correctas" y "E: Puntuación de respuestas erróneas" debe decir: "A: Número de respuestas correctas" y "E : Número de respuestas erróneas ".

2. Notificar esta resolución a los Presidentes de los Tribunales mencionados y proceder a su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, conforme lo que dispone el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de recibir la presente notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.

El recurso de reposición potestativo debe presentarse en el registro general de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no haya resuelto y notificada la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición. En este caso expedita la vía contencioso administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, conforme a lo establecido en el artículo citado anteriormente, y los 45 y siguientes de la ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir la presente notificación. Esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.

 

Palma, 17 de mayo de 2018

El jefe de Departamento de Personal,

p.d. Decreto de alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014 (BOIB núm. 30, de 04/03/2014)

Antoni Pol Coll