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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 7 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 5023
Juicio Cambiario 731/2017

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Eugenio Tojo Vázquez, secretario del Juzgado de 1ª Instancia nº 7 de Palma.

Por el presente hago saber: Que en el Juicio Cambiario 731/17, ha recaído la resolución, cuya parte que interesa, es  del tenor literal siguiente:

“A U T O.- Juez/Magistrado-Juez.- Sra. ANA MARÍA SÁNCHEZ MACÍAS.- En Palma de Mallorca, a 27 de septiembre de 2017.- ……Acuerdo:.- 1.- Incoar, a instancia la Procuradora D.ª Joana Socías Reynés, en nombre y representación de Trasmedtour, S.L., juicio cambiario, frente a Palmacoach, S.L., para la ejecución del título reseñado en los antecedentes de esta resolución.- 2.- Adoptar las siguientes medidas:.- 1º. Requerir al deudor para que en el plazo de DIEZ DÍAS pague al acreedor la cantidad de 25.208 euros de principal, más la de 7.000 euros calculada para intereses de demora y costas, sin perjuicio, esta última cantidad, de ulterior liquidación.- 2º. El inmediato embargo preventivo de los bienes del deudor, por las cantidades expresadas, por si no se atendiera al requerimiento.- 3.- Advertir al deudor en el acto del requerimiento que, si dentro del plazo de DIEZ DÍAS ni paga ni se opone al juicio, en la forma que luego se dirá, se despachará ejecución contra sus bienes para hacer pago al acreedor de las cantidades reclamadas.-……” Sigue la firma.

Y ante el ignorado paradero de la demandada, Palmacoach, S.L., y para que le sirva de notificación de la resolución que se inserta, a los efectos previstos en el artículo 497 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, expido el presente que firmo en Palma de Mallorca, a 15 de noviembre de 2017.