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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE CULTURA, PARTICIPACIÓN Y DEPORTES

Núm. 5164
Propuesta de resolución que se convierte en Resolución por la que se publica la lista definitiva de solicitudes admitidas y excluidas en relación con la convocatoria de subvenciones para llevar a cabo proyectos de intervención, investigación y publicaciones de carácter innovador en materia de juventud en el ámbito de las Islas Baleares, correspondientes al ejercicio 2018

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Texto

1. En fecha de 1 de febrero de 2018 se ha publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares la Resolución de la Consejera de Cultura, Participación y Deportes por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para llevar a cabo proyectos de intervención, investigación y publicaciones de carácter innovador en materia de juventud en el ámbito de las Islas Baleares, correspondientes al ejercicio 2018 (BOIB núm. 15, de 1 de febrero).

2. El punto 11, apartado 1, de la convocatoria de subvenciones establece que, al haber finalizado el plazo para presentar las solicitudes, la consejera de Cultura, Participación y Deportes dictará una resolución mediante la que aprueba y hace pública la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas de la convocatoria, con expresión de la causa de exclusión para cada entidad. Esta Resolución se publicó el día 19 de marzo de 2018 en la web joventut.caib.es.

3. El mismo apartado dispone que las entidades con solicitud excluida dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución, para subsanar las deficiencias detectadas y para aportar los documentos preceptivos, con indicación de que si no se subsana dentro de plazo, se consideraría que desisten de su petición y quedarán excluidas de la convocatoria.

4. Al haber finalizado el plazo indicado, la consejera de Cultura, Participación y Deportes dictará una resolución mediante la que aprueba y hace pública la lista definitiva de solicitudes admitidas y no admitidas por no haber subsanado en plazo la documentación deficiente.

Fundamentos de derecho

1.El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre), tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones del establecimiento o la gestión de las cuales corresponden a la Administración de la Comunidad Autónoma o a las entidades públicas dependientes.

2. La Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 15 de septiembre de 2003 (BOIB núm. 137, de 2 de octubre), modificada por la Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 19 de febrero de 2004 ( BOIB núm. 29, de 28 de febrero) y por la Orden de 8 de marzo de 2005 (BOIB núm. 48, de 26 de marzo), establece las bases reguladoras de las subvenciones de la Consejería de Presidencia y Deportes. El artículo 1.2 b) dispone que uno de los objetos de las subvenciones es el apoyo a los individuos y colectivos beneficiarios de la intervención de los servicios sociales, las entidades y las asociaciones que trabajan, y el artículo 1.2 c) recoge, como otro objeto de subvención, el apoyo en materia de juventud, voluntariado, tiempo libre y participación social.

3. El artículo 11 de la Ley 10/2006, de 26 de julio, integral de la juventud (BOIB núm. 109, de 3 de agosto) -modificada por la Ley 12/2010, de 12 de noviembre, de modificación de diversas leyes para la transposición en las Islas Baleares de la Directiva 2006/123 / CE, de 12 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior, y por el Decreto ley 10/2012, de 31 de agosto, por el que se modifica el Decreto ley 5/2012, de 1 de junio, de medidas urgentes en materia de personal y administrativas para la reducción del déficit público del sector público de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y de otras instituciones autonómicas, y se establecen medidas adicionales para garantizar la estabilidad presupuestaria y fomentar la competitividad-, dispone que corresponde a la consejería competente en materia de juventud coordinar y ejecutar acciones de este sector de actividad administrativa. Concretamente, el apartado 10 de este artículo establece que corresponde a esta consejería potenciar la promoción sociocultural de la juventud.

4. El artículo 27 b) de la Ley 10/2006 establece que la Administración autonómica tiene que desarrollar acciones para la educación en el uso saludable del tiempo libre y, por ello, debe adoptar, entre otras medidas , la de vincular el tiempo libre a la participación, en cualquiera de los ámbitos, especialmente el cultural, el social y el deportivo.

5. La Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres, establece, en el artículo 11, las medidas de fomento de la igualdad que deben introducirse las convocatorias de subvenciones.

6. La Consejería de Cultura, Participación y Deportes, mediante la Dirección General de Deportes y Juventud, ejerce las funciones relativas a la promoción de las actividades juveniles, el turismo juvenil y de tiempo libre, y la participación y el asociacionismo juveniles, de conformidad con el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

7. El ámbito territorial y personal de estas ayudas se establece de acuerdo con la distribución de competencias en materia de juventud y ocio, fijada por la Ley 21/2006, de 15 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de juventud y ocio (BOIB núm. 184, de 23 de diciembre).

8. La Resolución de la Consejera de Cultura, Participación y Deportes por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para llevar a cabo proyectos de intervención, investigación y publicaciones de carácter innovador en materia de juventud en el ámbito de las Islas Baleares , correspondientes al ejercicio 2018 (BOIB núm. 15, de 1 de febrero).

Por todo ello, propongo a la consejera de Cultura, Participación y Deportes que dicte la siguiente:

Propuesta de resolución

1. Aprobar la lista definitiva de solicitudes admitidas en relación con la convocatoria de subvenciones para llevar a cabo proyectos para llevar a cabo proyectos de intervención, investigación y publicaciones de carácter innovador en materia de juventud en el ámbito de las Islas Baleares , correspondientes al ejercicio 2018. (Anexo 1).

2. Aprobar la lista definitiva de solicitudes no admitidas en relación con la convocatoria de subvenciones para llevar a cabo proyectos de intervención, investigación y publicaciones de carácter innovador en materia de juventud en el ámbito de las Islas Baleares, correspondientes a la ejercicio 2018 (BOIB núm. 15, de 1 de febrero). (Anexo 2).

3. Publicar esta Resolución en la web joventut.caib.es.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que la ha dictado en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

De acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, también se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación.

 

Palma,  24 de abril de 2018

El director general de Deportes y Juventud,

Carlos Gonyalons Sureda

Conforme con la propuesta. Dicto Resolución

 

La consejera de Cultura, Participación y Deportes

Francesca Tur Riera 

 

Anexo 1

Lista definitiva de solicitudes admitidas

EXPEDIENTE

ENTIDAD SOLICITANTE

DNI / CIF

MODALIDAD

PROYECTO

PRESUPUESTO

IMPORTE SOLICITADO

A01

CENTRE D'ESTUDIS DE L'ESPLAI

G07197411

A

COMIC TECA

5.000,00 €

4.500,00 €

A02

ASOCIACIÓN AMITICIA

G07482029

A

ALIAD@S

5.125,00 €

5.000,00 €

A03

FUNDACIÓ NATZARET

G07038714

A

DEMOCRÀCIA PER I PER TOTS

3.400,00 €

3.400,00 €

A04

GERMANES DE LA CARITAT DE SANT VICENÇ DE PAÜL. PROJECTE SOCIOEDUCATIU NAÜM. CASA RELIGIOSA DE PALMA

R0700696H

A

MIRADA JOVE ALS BONS TRACTES

6.500,00 €

5.000,00 €

A05

SOCIEDAD COOPERATIVA DE INICIATIVA SOCIAL Y FORMACIÓN OCUPACIONAL JOVENT

F07444615

A

ESTIU SOCIOEDUCATIU. ESPAI JUVENIL D'APODERAMENT I PARTICIPACIÓ COMUNITÀRIA

9.025,74 €

2.280,00 €

A06

JERONI SARD BRUNET

78216643Z

A

MALLORKEY. DE MALLORCA A ESTRASBURG

3.127,48 €

2.527,48 €

A07

BAUMA, ALTRES PERSPECTIVES SOCIETAT COOPERATIVA

F16504763

A

EDUCADORS I EDUCADORES EMPODERADES

4.760,00 €

4.160,00 €

A08

ES LABORATORI DE TALENT HUMÀ

G16526212

A

IMPULSA'T

5.091,12 €

5.000,00 €

A10

AJUNTAMENT DE SELVA

P0705800A

A

SELVAART

5.400,00 €

5.000,00 €

A13

AJUNTAMENT DE BÚGER

P0700900D

A

ESPAI JOVE

5.225,00 €

5.000 €

A14

MANCOMUNITAT DES RAIGUER

P0700005B

A

BUS ESTIU

5.450,00 €

5.000 €

B01

BEN AMICS ASSOCIACIÓ LGTBI DE LES ILLES BALEARS

G07698855

B

ESTUDI DE PERCEPCIONS I ACTITUDS DE LA JOVENTUT FRONT LA DIVERSITAT SEXUAL I DE GÈNERE DE LA PERSONA

5.500,00 €

5.000,00 €

B02

AJUNTAMENT DE BINISSALEM

P0700800F

B

ANÀLISI DE LES NECESSITATS EDUCATIVES D'ÀMBIT COMUNITARI DE LA POBLACIÓ JUVENIL DE BINISSALEM

10.112,90 €

5.000,00 €

C01

MELANIE DEMONTE

Y5466855E

C

CONSTRUYENDO ACTIVAMENTE LA IGUALDAD DE GÉNERO PARA LAS ESCUELAS

5.020,00 €

5.000,00 €

C02

MARÍA MARTÍNEZ GARCÍA

7291665C

C

ATRÉVETE A DIBUJAR MALLORCA. URBAN SKETCHING

4.641,00 €

4.641,00 €

C03

FEDERACIÓ DE PERSONES SORDES DE LES ILLES BALEARS

G57382517

C

COMUNICA'T AMB NOSALTRES

5.000,00 €

5.000,00 €

C04

FUNDACIÓ PERE TARRÉS

R5800395E

C

ESTRIS, LA PUBLICACIÓ D'EDUCACIÓ EN EL LLEURE DE REFERÈNCIA

6.200,00 €

5.000,00 €

D01

ALBERT FORÉS GÓMEZ

52155069Q

D

ARQUEOCÀPSULES. PETITS VIDEOS PATRIMONIALS

4.500,00 €

4.800,00 €

D02

ASSOCIACIÓ ACCIÓ TURMEDA

G57521460

D

CREACIÓ DE LA RÀDIO JOVE PER INTERNET HRJ

6.050,00 €

5.000,00 €

D03

FUNDACIÓ DE SOLIDARITAT AMARANTA

G84913946

D

LES VEUS DEL CENTRE. (RE)PENSANT ELS CENTRE DE MENORS AMB EL TEATRE DE LES OPINIONS

5.000,00 €

5.000,00 €

D04

CREU ROJA JOVENTUT

Q2866001G

D

FLASH DE GÈNERE

6.058,80 €

5.000,00 €

D05

FUNDACIÓ MARIA FERRET

G07631799

D

ACCESIBILITAT WEB I APP DE RESERVES SENSE LIMITS!

5.000,00 €

5.000,00 €

 

 Anexo 2

Lista definitiva de solicitudes no admitidas

EXPEDIENTE

ENTIDAD SOLICITANTE

DNI / CIF

MODALIDAD

PROYECTO

PRESUPUESTO

OBSERVACIONES

A09

ABD Associació Benestar i Desenvolupament

G59435180

A

6.426,56 €

5.000,00 €

- El domicilio social de la entidad no radica en las Islas Baleares, requisito según el punto 4.1.3.a) del anexo de la convocatoria.

- Modelo 4 incompleto

- Falta certificado de no estar inscrito en el Registro Central de delincuentes sexuales

A11

AJUNTAMENT DE CAMPANET

P0701200H

A

5.000,00 €

5.000,00 €

 -No está al corriente de las obligaciones tributarias con la hacienda autonómica

A12

AJUNTAMENT DE MANCOR DE LA VALL

P0703400B

A

1.800,00 €

1.800,00 €

- El proyecto incluye actividades fuera del ámbito temporal de la subvención

B03

M. INMACULADA MORENO FRONTERA

78212859W

B

5.000,00 €

5.000,00 €

- Falta certificado de residencia
- Modelo 4 y 5 incompletos