Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE CULTURA, PARTICIPACIÓN Y DEPORTES
Núm. 5164
Propuesta de resolución que se convierte en Resolución por la que se publica la lista definitiva de solicitudes admitidas y excluidas en relación con la convocatoria de subvenciones para llevar a cabo proyectos de intervención, investigación y publicaciones de carácter innovador en materia de juventud en el ámbito de las Islas Baleares, correspondientes al ejercicio 2018
1. En fecha de 1 de febrero de 2018 se ha publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares la Resolución de la Consejera de Cultura, Participación y Deportes por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para llevar a cabo proyectos de intervención, investigación y publicaciones de carácter innovador en materia de juventud en el ámbito de las Islas Baleares, correspondientes al ejercicio 2018 (BOIB núm. 15, de 1 de febrero).
2. El punto 11, apartado 1, de la convocatoria de subvenciones establece que, al haber finalizado el plazo para presentar las solicitudes, la consejera de Cultura, Participación y Deportes dictará una resolución mediante la que aprueba y hace pública la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas de la convocatoria, con expresión de la causa de exclusión para cada entidad. Esta Resolución se publicó el día 19 de marzo de 2018 en la web joventut.caib.es.
3. El mismo apartado dispone que las entidades con solicitud excluida dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución, para subsanar las deficiencias detectadas y para aportar los documentos preceptivos, con indicación de que si no se subsana dentro de plazo, se consideraría que desisten de su petición y quedarán excluidas de la convocatoria.
4. Al haber finalizado el plazo indicado, la consejera de Cultura, Participación y Deportes dictará una resolución mediante la que aprueba y hace pública la lista definitiva de solicitudes admitidas y no admitidas por no haber subsanado en plazo la documentación deficiente.
Fundamentos de derecho
1.El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre), tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones del establecimiento o la gestión de las cuales corresponden a la Administración de la Comunidad Autónoma o a las entidades públicas dependientes.
2. La Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 15 de septiembre de 2003 (BOIB núm. 137, de 2 de octubre), modificada por la Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 19 de febrero de 2004 ( BOIB núm. 29, de 28 de febrero) y por la Orden de 8 de marzo de 2005 (BOIB núm. 48, de 26 de marzo), establece las bases reguladoras de las subvenciones de la Consejería de Presidencia y Deportes. El artículo 1.2 b) dispone que uno de los objetos de las subvenciones es el apoyo a los individuos y colectivos beneficiarios de la intervención de los servicios sociales, las entidades y las asociaciones que trabajan, y el artículo 1.2 c) recoge, como otro objeto de subvención, el apoyo en materia de juventud, voluntariado, tiempo libre y participación social.
3. El artículo 11 de la Ley 10/2006, de 26 de julio, integral de la juventud (BOIB núm. 109, de 3 de agosto) -modificada por la Ley 12/2010, de 12 de noviembre, de modificación de diversas leyes para la transposición en las Islas Baleares de la Directiva 2006/123 / CE, de 12 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior, y por el Decreto ley 10/2012, de 31 de agosto, por el que se modifica el Decreto ley 5/2012, de 1 de junio, de medidas urgentes en materia de personal y administrativas para la reducción del déficit público del sector público de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y de otras instituciones autonómicas, y se establecen medidas adicionales para garantizar la estabilidad presupuestaria y fomentar la competitividad-, dispone que corresponde a la consejería competente en materia de juventud coordinar y ejecutar acciones de este sector de actividad administrativa. Concretamente, el apartado 10 de este artículo establece que corresponde a esta consejería potenciar la promoción sociocultural de la juventud.
4. El artículo 27 b) de la Ley 10/2006 establece que la Administración autonómica tiene que desarrollar acciones para la educación en el uso saludable del tiempo libre y, por ello, debe adoptar, entre otras medidas , la de vincular el tiempo libre a la participación, en cualquiera de los ámbitos, especialmente el cultural, el social y el deportivo.
5. La Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres, establece, en el artículo 11, las medidas de fomento de la igualdad que deben introducirse las convocatorias de subvenciones.
6. La Consejería de Cultura, Participación y Deportes, mediante la Dirección General de Deportes y Juventud, ejerce las funciones relativas a la promoción de las actividades juveniles, el turismo juvenil y de tiempo libre, y la participación y el asociacionismo juveniles, de conformidad con el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
7. El ámbito territorial y personal de estas ayudas se establece de acuerdo con la distribución de competencias en materia de juventud y ocio, fijada por la Ley 21/2006, de 15 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de juventud y ocio (BOIB núm. 184, de 23 de diciembre).
8. La Resolución de la Consejera de Cultura, Participación y Deportes por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para llevar a cabo proyectos de intervención, investigación y publicaciones de carácter innovador en materia de juventud en el ámbito de las Islas Baleares , correspondientes al ejercicio 2018 (BOIB núm. 15, de 1 de febrero).
Por todo ello, propongo a la consejera de Cultura, Participación y Deportes que dicte la siguiente:
Propuesta de resolución
1. Aprobar la lista definitiva de solicitudes admitidas en relación con la convocatoria de subvenciones para llevar a cabo proyectos para llevar a cabo proyectos de intervención, investigación y publicaciones de carácter innovador en materia de juventud en el ámbito de las Islas Baleares , correspondientes al ejercicio 2018. (Anexo 1).
2. Aprobar la lista definitiva de solicitudes no admitidas en relación con la convocatoria de subvenciones para llevar a cabo proyectos de intervención, investigación y publicaciones de carácter innovador en materia de juventud en el ámbito de las Islas Baleares, correspondientes a la ejercicio 2018 (BOIB núm. 15, de 1 de febrero). (Anexo 2).
3. Publicar esta Resolución en la web joventut.caib.es.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que la ha dictado en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
De acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, también se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación.
Palma, 24 de abril de 2018
El director general de Deportes y Juventud,
Carlos Gonyalons Sureda
Conforme con la propuesta. Dicto Resolución
La consejera de Cultura, Participación y Deportes
Francesca Tur Riera
Anexo 1
Lista definitiva de solicitudes admitidas
EXPEDIENTE |
ENTIDAD SOLICITANTE |
DNI / CIF |
MODALIDAD |
PROYECTO |
PRESUPUESTO |
IMPORTE SOLICITADO |
A01 |
CENTRE D'ESTUDIS DE L'ESPLAI |
G07197411 |
A |
COMIC TECA |
5.000,00 € |
4.500,00 € |
A02 |
ASOCIACIÓN AMITICIA |
G07482029 |
A |
ALIAD@S |
5.125,00 € |
5.000,00 € |
A03 |
FUNDACIÓ NATZARET |
G07038714 |
A |
DEMOCRÀCIA PER I PER TOTS |
3.400,00 € |
3.400,00 € |
A04 |
GERMANES DE LA CARITAT DE SANT VICENÇ DE PAÜL. PROJECTE SOCIOEDUCATIU NAÜM. CASA RELIGIOSA DE PALMA |
R0700696H |
A |
MIRADA JOVE ALS BONS TRACTES |
6.500,00 € |
5.000,00 € |
A05 |
SOCIEDAD COOPERATIVA DE INICIATIVA SOCIAL Y FORMACIÓN OCUPACIONAL JOVENT |
F07444615 |
A |
ESTIU SOCIOEDUCATIU. ESPAI JUVENIL D'APODERAMENT I PARTICIPACIÓ COMUNITÀRIA |
9.025,74 € |
2.280,00 € |
A06 |
JERONI SARD BRUNET |
78216643Z |
A |
MALLORKEY. DE MALLORCA A ESTRASBURG |
3.127,48 € |
2.527,48 € |
A07 |
BAUMA, ALTRES PERSPECTIVES SOCIETAT COOPERATIVA |
F16504763 |
A |
EDUCADORS I EDUCADORES EMPODERADES |
4.760,00 € |
4.160,00 € |
A08 |
ES LABORATORI DE TALENT HUMÀ |
G16526212 |
A |
IMPULSA'T |
5.091,12 € |
5.000,00 € |
A10 |
AJUNTAMENT DE SELVA |
P0705800A |
A |
SELVAART |
5.400,00 € |
5.000,00 € |
A13 |
AJUNTAMENT DE BÚGER |
P0700900D |
A |
ESPAI JOVE |
5.225,00 € |
5.000 € |
A14 |
MANCOMUNITAT DES RAIGUER |
P0700005B |
A |
BUS ESTIU |
5.450,00 € |
5.000 € |
B01 |
BEN AMICS ASSOCIACIÓ LGTBI DE LES ILLES BALEARS |
G07698855 |
B |
ESTUDI DE PERCEPCIONS I ACTITUDS DE LA JOVENTUT FRONT LA DIVERSITAT SEXUAL I DE GÈNERE DE LA PERSONA |
5.500,00 € |
5.000,00 € |
B02 |
AJUNTAMENT DE BINISSALEM |
P0700800F |
B |
ANÀLISI DE LES NECESSITATS EDUCATIVES D'ÀMBIT COMUNITARI DE LA POBLACIÓ JUVENIL DE BINISSALEM |
10.112,90 € |
5.000,00 € |
C01 |
MELANIE DEMONTE |
Y5466855E |
C |
CONSTRUYENDO ACTIVAMENTE LA IGUALDAD DE GÉNERO PARA LAS ESCUELAS |
5.020,00 € |
5.000,00 € |
C02 |
MARÍA MARTÍNEZ GARCÍA |
7291665C |
C |
ATRÉVETE A DIBUJAR MALLORCA. URBAN SKETCHING |
4.641,00 € |
4.641,00 € |
C03 |
FEDERACIÓ DE PERSONES SORDES DE LES ILLES BALEARS |
G57382517 |
C |
COMUNICA'T AMB NOSALTRES |
5.000,00 € |
5.000,00 € |
C04 |
FUNDACIÓ PERE TARRÉS |
R5800395E |
C |
ESTRIS, LA PUBLICACIÓ D'EDUCACIÓ EN EL LLEURE DE REFERÈNCIA |
6.200,00 € |
5.000,00 € |
D01 |
ALBERT FORÉS GÓMEZ |
52155069Q |
D |
ARQUEOCÀPSULES. PETITS VIDEOS PATRIMONIALS |
4.500,00 € |
4.800,00 € |
D02 |
ASSOCIACIÓ ACCIÓ TURMEDA |
G57521460 |
D |
CREACIÓ DE LA RÀDIO JOVE PER INTERNET HRJ |
6.050,00 € |
5.000,00 € |
D03 |
FUNDACIÓ DE SOLIDARITAT AMARANTA |
G84913946 |
D |
LES VEUS DEL CENTRE. (RE)PENSANT ELS CENTRE DE MENORS AMB EL TEATRE DE LES OPINIONS |
5.000,00 € |
5.000,00 € |
D04 |
CREU ROJA JOVENTUT |
Q2866001G |
D |
FLASH DE GÈNERE |
6.058,80 € |
5.000,00 € |
D05 |
FUNDACIÓ MARIA FERRET |
G07631799 |
D |
ACCESIBILITAT WEB I APP DE RESERVES SENSE LIMITS! |
5.000,00 € |
5.000,00 € |
Anexo 2
Lista definitiva de solicitudes no admitidas
EXPEDIENTE |
ENTIDAD SOLICITANTE |
DNI / CIF |
MODALIDAD |
PROYECTO |
PRESUPUESTO |
OBSERVACIONES |
A09 |
ABD Associació Benestar i Desenvolupament |
G59435180 |
A |
6.426,56 € |
5.000,00 € |
- El domicilio social de la entidad no radica en las Islas Baleares, requisito según el punto 4.1.3.a) del anexo de la convocatoria. - Modelo 4 incompleto - Falta certificado de no estar inscrito en el Registro Central de delincuentes sexuales |
A11 |
AJUNTAMENT DE CAMPANET |
P0701200H |
A |
5.000,00 € |
5.000,00 € |
-No está al corriente de las obligaciones tributarias con la hacienda autonómica |
A12 |
AJUNTAMENT DE MANCOR DE LA VALL |
P0703400B |
A |
1.800,00 € |
1.800,00 € |
- El proyecto incluye actividades fuera del ámbito temporal de la subvención |
B03 |
M. INMACULADA MORENO FRONTERA |
78212859W |
B |
5.000,00 € |
5.000,00 € |
- Falta certificado de residencia |