Sección V. Anuncios
Subsección primera. Contratación Pública
AYUNTAMIENTO DE FELANITX
Núm. 5134
Aprobación definitiva del proyecto refundido de las calles Castellet, Badaluc, Pizà, Reus y Pare Catany de Felanitx
Expediente electrónico 89/2018
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Felanitx, en sesión ordinaria celebrada el día 2 de mayo de 2018 ha adoptado, entre otros, el siguiente ACUERDO que en su parte dispositiva dice:
“Primero. Aprobar definitivamente el proyecto refundido de las obras de reforma de las calles Castellet, Badaluc, Pizà, Reus y Pare Catany de Felanitx, redactado por el arquitecto Sr. Joan Forteza Mesquida, con sujeción al cumplimiento de las siguientes condiciones impuestas en las autorizaciones de la Comisión Insular de Patrimonio Histórico del Consejo de Mallorca de fecha 2 de mayo de 2017:
- Supervisión de la fase de movimiento de tierras por parte de un técnico competente (arqueólogo) designado por el Ayuntamiento de Felanitx y que éste tendrá que comunicar al Servicio de Patrimonio Histórico antes del inicio de las obras.
- En caso de localizarse restos se presentará informe preliminar sobre el que se valorará la necesidad de realizar una intervención arqueológica, para poder documentar en condiciones el sector patrimonial afectado, a cargo de la empresa promotora y modificar el proyecto, en su caso. Finalizada la intervención, en cualquier caso, se tendrá que entregar informe técnico al Servicio de Patrimonio Histórico.
Los objetos que se puedan obtener fruto de esta intervención, debidamente inventariados y catalogados, con identificación del contexto que procedan, y la memoria preliminar, se tienen que depositar en el Museo de Mallorca, en cumplimiento de lo que determina el artículo 53.1 de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de las Islas Baleares, y el artículo 16 del Decreto 14/2011, de 25 de febrero, por el cual se aprueba el Reglamento de intervenciones arqueológicas y paleontológicas de las Islas Baleares.
El plazo para hacer efectiva la entrega es de un año, a partir de la fecha de finalización de la intervención, en los términos dispuestos en el artículo 16.2 del mencionado Decreto 14/2011, de 25 de febrero. Si no se puede cumplir este plazo por causa justificada, se tendrá que solicitar por escrito un depósito temporal por un plazo máximo de un año a la Comisión Insular de Patrimonio Histórico.
Asimismo, se tendrá que cumplir con el resto de determinaciones contenidas en la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de las Islas Baleares y en el Decreto 14/2011, de 25 de febrero.
Segundo. El presupuesto de las obras se fija en la cantidad de 278.781,82€ IVA incluido. El plazo de ejecución de las obras será de 3 meses.
Tercero. Publicar el presente acuerdo mediante anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Felanitx (www.felanitx.org)”.
Recursos
Contra el anterior acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Felanitx, en el plazo de un mes contado desde la fecha de la última publicación, o se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses contados desde la fecha de la última publicación, sin perjuicio que se pueda ejercitar cualquier otro que se estime procedente.
Consulta e información del expediente
El expediente se puede consultar en el Departamento de Urbanismo del Ayuntamiento de Felanitx, de lunes a viernes, de las 9:00h hasta a las 14:00h, excepto festivos. Para obtener información se podrán utilizar los medios (dirección postal, teléfono y fax) que se indican a continuación: Ayuntamiento de Felanitx, Plaza de la Constitución núm. 1 07200 Felanitx (Islas Baleares) - Teléfono 971580051 - Fax 971583271.
Felanitx, 14 de mayo de 2018
El alcalde,
Joan Xamena Galmés