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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE SANTA MARIA DEL CAMÍ

Núm. 5131
Propuesta Resolución Expediente Sancionador

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Habiendo resultado infructuosa la notificación de la propuesta de resolución del expediente sancionador que se tramita a los Sres. Miriam Jurado y Rubén Bonet Jurado, por la realización de un depósito de basura incontrolado, de acuerdo con el art. 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se publica la siguiente:

"Se le comunica, para su conocimiento y efectos pertinentes, que con fecha 09-03-2018, la instructora del expediente sancionador que se sigue contra ustedes, realizó la siguiente Propuesta de Resolución:

"Examinadas las actuaciones que obran en el expediente sancionador seguido contra los Sres. Miriam Jurado y Rubén Bonet Jurado, por la realización de un depósito de basura incontrolado en el Polígono Industrial de Son Llaüt de este municipio, vulnerando el contenido del art. 6 de la ordenanza municipal de Gestión de Residuos;

En base al art. 13 del Decreto 14/1994 de 10 de febrero, por la que se aprueba el Reglamento del Procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora, se efectúa la siguiente,

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

1.-Por Decreto de fecha 09-11-2017 la Alcaldía dispuso la incoación de expediente sancionador a los Sres. Miriam Jurado y Rubén Bonet Jurado, por la realización de un depósito de basura incontrolado en el Polígono Industrial de Son Llaüt de este municipio.

2.-Efectuados los nombramientos de instructora y secretaria del expediente, se dió traslado a la interesada, concediéndole el plazo de quince días para realizar las alegaciones que tuviera por pertinentes y proponer prueba.

3.-Puesto que resultó infructuosa la notificación del inicio del expediente sancionador, éste se publicó en el BOIB nº 11 de 23-01-2018, de acuerdo con el art. 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Durante el plazo concedido al efecto, los Sres. Miriam Jurado y Rubén Bonet Jurado no han presentado ninguna alegación.

4.-Dichas actuaciones están tipificadas en la Ordenanza municipal de Gestión de Residuos como infracción grave (art. 24 a)); sancionable con una multa de 750,01 a 1.500 euros, conforme el art. 26 de la citada Ordenanza.

Vistos los arts. 13 y siguientes del Decreto 14/1994 de 10 de febrero por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora y dado todo lo expuesto; la instructora que suscribe formula al Sr. Alcalde-Presidente la siguiente propuesta:

Imponer a los Sres. Miriam Jurado y Rubén Bonet Jurado, en calidad de responsables de la infracción tipificada en el art. 24 a) de la Ordenanza municipal de Gestión de Residuos de este municipio, una sanción de 1.300 € ".

Esta propuesta es un acto de trámite, no decisorio, y por tanto no susceptible de recurso, sin perjuicio de impugnar en su día la Resolución que ponga fin al procedimiento.

Santa Maria del Camí, 14-03-2018.

EL ALCALDE-PRESIDENTE

Nicolau Canyelles.