Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE ALICANTE

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 6 DE ALICANTE

Núm. 4990
Despidos/ceses en general 217/2017

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dª. MARÍA DOLORES MILLÁN PÉREZ, LETRADA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 6 DE ALICANTE

HAGO SABER: Que en este Juzgado, se siguen Autos núm. 000217/2017, Ejecución núm. 000067/2018 a instancias de PEDRO ANTONIO LOPEZ POVEDA contra GESTCONTROL SPAIN SL en la que el día 19/04/2018 se ha dictado auto cuya parte dispositiva dice:

"DISPONGO: Despachar orden general de ejecución de Sentencia firme de fecha 28 de junio de 2017 a favor de la parte ejecutante, PEDRO ANTONIO LOPEZ POVEDA, frente a GESTCONTROL SPAIN SL, parte ejecutada,  por importe de 9072,41 euros, de principal, más la cantidad de 544 euros, calculados para intereses, y otros 907 euros  presupuestados para costas.

Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a las partes, haciéndoles saber que contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de tres días siguientes a su notificación, siendo requisito indispensable  para su admisión que la parte que no ostente el carácter de trabajador o beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social  y no goce del beneficio de justicia gratuita, acredite haber consignado depósito por importe de 25 € en la Cuenta de Consignaciones que este Juzgado mantiene abierta en la entidad BANCO SANTANDER con número 0116 0000 65 0217 17 indicando en el concepto Recurso Social/Reposición.

Así lo manda y firma D. ANA BELEN CORDERO NAHARRO, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social nº. Seis de Alicante. Doy fe."

Y Decreto de ejecución de la misma fecha cuya parte dispositiva dice literalmente:

"En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

- Requerir  al ejecutado, GESTCONTROL SPAIN SL, para que designe bienes y derechos suficientes, para responder por la cantidad reclamada en concepto de principal, intereses y costas, procediendo al embargo de los mismos.

-Procedase a la averiguación de bienes en la base de datos del Punto Neutro Judicial, y verificado, practíquense las operaciones oportunas a través de dicha aplicación informática a fin de que, por  las entidades bancarias que se mencionan en el mismo, se retenga y remita a este Juzgado los saldos que pudiera tener la demandada en cuentas de su titularidad  hasta cubrir las cantidades reclamadas en la presente ejecución.

- El embargo sobre las cantidades que la Hacienda Publica tenga pendiente de abonar a la demandada GESTCONTROL SPAIN SL.

- Oficíese al Servicio de Indices al objeto de que informen sobre los bienes o derechos del ejecutado de los que tenga constancia.

- Dese traslado al FOGASA y a la parte actora, para que en el plazo de QUINCE DIAS,  pueda designar bienes o instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga.    

Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a las partes, haciéndoles saber que contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de tres días siguientes a su notificación, siendo requisito indispensable  para su admisión que la parte que no ostente el carácter de trabajador o beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social  y no goce del beneficio de justicia gratuita, acredite haber consignado depósito por importe de 25 € en la Cuenta de Consignaciones que este Juzgado mantiene abierta en la entidad BANCO SANTANDER con número 0116 0000 65 0217 17 indicando en el concepto Recurso Social/Reposición.          

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE  JUSTICIA"

Y para que sirva de notificación a GESTCONTROL SPAIN SL que se encuentra en ignorado paradero, así como para su publicación en el Boletin Oficial de las Islas Baleares, con la advertencia expresa de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o de decreto cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento; expido el presente en Alicante, a  diecinueve de abril de dos mil dieciocho.                       

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA