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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 4881
Decreto de la nueva organización municipal de 2018

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Texto

En cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, se hace público el siguiente Decreto de Alcaldía:

“DECRETO.- Considerando conveniente la modificación de algunas de las delegaciones realizadas mediante Decreto número 3954 de fecha 24 de junio de 2015, mediante el presente y en uso de las facultades que me confiere la legislación vigente en materia de Régimen Local, en concreto los artículos 25 de la Ley 20/2006 de 15 de diciembre municipal y de régimen local de les Illes Balears en relación a los artículos 21 y 23.4 de la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local y 43 y siguientes del RD 2568/1986 de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y de conformidad a lo previsto en el artículo 114 del citado RD 2568/1986 de 28 de noviembre en el que se establece que la revocación o modificación de las delegaciones tendrá que adoptarse con las mismas formalidades que las exigidas para su otorgamiento RESUELVO:

PRIMERO.- Delegar en la Concejala Estefanía Torres Sánchez,  la facultad de dirigir y gestionar los servicios que presta el Ayuntamiento relacionados con las siguientes materias englobadas en el Área Económica y de Administración Municipal: Economía y Hacienda ( intervención, tesorería, recaudación y gestión tributaria y catastral), presupuestos y contabilidad, contratación, así como cualquier otra relacionada con las anteriores, incluida la representación del Ayuntamiento en los actos relacionadas con las anteriores atribuciones.

La anterior delegación incluye la firma de los actos de trámite necesarios para la tramitación de los procedimientos relativos a las materias objeto de delegación, la realización de contratos menores vinculados a las áreas delegadas y la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros en relación a:

  • Presupuestos y contabilidad.

  • Gestión tributaria y catastro.

  • Intervención, Tesorería y Recaudación.

- Las atribuciones previstas en el punto primero de la disposición adicional segunda de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público.

La delegación anterior incluye la resolución de los recursos de reposición que se interpongan contra los acuerdos dictados.

SEGUNDO.- Delegar en la Concejala Sra. Maria del Carmen Boned Verdera la facultad de dirigir y gestionar los  servicios que presta el Ayuntamiento relacionados con las siguientes materias englobadas en el Área Económica y de Administración Municipal: Servicio de atención a la ciudadanía, padrón, estadística y potestad sancionadora.

La anterior delegación incluye la firma de los actos de trámite necesarios para la tramitación de los procedimientos relativos a las materias objeto de delegación, la realización de contratos menores vinculados a las áreas delegadas y la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros en relación a:

- Procedimientos relacionados con el padrón de habitantes.

- Incoación y resolución de procedimientos sancionadores a excepción de los derivados de infracciones urbanísticas.

- Adopción de medidas cautelares a adoptar a fin de asegurar la eficacia de las resoluciones que puedan recaer en expedientes sancionadores, a excepción de los derivados de infracciones urbanísticas.

La delegación anterior incluye la resolución de los recursos de reposición que se interpongan contra los acuerdos dictados.

TERCERO.- Delegar en la Segunda Teniente de Alcalde, la Sra. Elena López Boned, la facultad de dirigir y gestionar los  servicios que presta el Ayuntamiento relacionados con las siguientes materias englobadas en el Área Económica y de Administración Municipal: Sistemas de información.

La anterior delegación incluye la firma de los actos de trámite necesarios para la tramitación de los procedimientos relativos a las materias objeto de delegación, la realización de contratos menores vinculados a las áreas delegadas y la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros así como la resolución de los recursos de reposición que se interpongan contra los acuerdos dictados.

CUARTO.- Delegar en la Concejala Gloria Corral Joven, la facultad de dirigir y gestionar los  servicios que presta el Ayuntamiento relacionados con las siguientes materias englobadas en el Área Económica y de Administración Municipal: Desarrollo local.

La anterior delegación incluye la firma de los actos de trámite necesarios para la tramitación de los procedimientos relativos a las materias objeto de delegación, la realización de contratos menores vinculados a las áreas delegadas y la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros así como la resolución de los recursos de reposición que se interpongan contra los acuerdos dictados.

QUINTO.- Que se dé cuenta del presente Decreto al Pleno de la Corporación, se notifique a los Concejales y a las dependencias afectadas y se proceda a su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears. sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la fecha de firma del mismo

Eivissa a (Fecha de la firma: 08/05/2018)

EL ALCALDE,                                                                                                                      Doy fe

                                                                                                                          EL SECRETARIO-ACCTAL.,

Eivissa, (08/05/2018)

EL ALCALDE,

Rafael Ruiz González