Sección I. Disposiciones generales
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE MODERNIZACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA
Núm. 4861
Modificación de la plantilla del Consell Insular de Mallorca correspondiente al año 2018
El Pleno del Consell de Mallorca, con fecha 2 de mayo de 2018, ha adoptado el siguiente acuerdo:
“En fecha 14 de marzo de 2018, la consejera ejecutiva de Modernización y Función Pública del Consell Insular de Mallorca formuló una propuesta de acuerdo de modificación de la plantilla del Consell Insular de Mallorca correspondiente al año 2018, en relación con la cual han sido emitidos los informes siguientes:
Con el fin de adaptar la propuesta al contenido de los informes, se emite la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO
Vista la necesidad de modificar la vigente plantilla del Consell de Mallorca, aprobada por el Pleno, en sesión realizada día 22 de diciembre de 2017, publicada en el BOIB nº. 159, de 28-12-2017, con el fin de incorporar y adaptar las plazas correspondientes a los puestos de trabajo que se crean o modifican como consecuencia de la tramitación de la modificación de la vigente Relación de Puestos de Trabajo, las cuales no pueden ser aplazadas en el ejercicio presupuestario siguiente, debido a la necesidad de proceder a su cobertura urgente, además de llevar a cabo algunas correcciones puntuales.
Visto aquello que en relación a la plantilla de personal prevé el artículo 90 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local, y el artículo 8.1.p) de la Ley 8/2000 de 27 de octubre, de consejos insulares, en relación con el artículo 28.b) del Reglamento Orgánico del Consell de Mallorca, aprobado por el Pleno en sesión de 2 de julio de 2001 (BOIB nº. 102, de 25 de agosto de 2001), redactado de conformidad con el acuerdo del Pleno de 12 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 157, de 15 de diciembre de 2016).
Dado que el incremento del gasto que implica la modificación de plantilla se puede compensar con gastos de otras unidades, de acuerdo con aquello que prevé el apartado 2,a) del artículo 126 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto legislativo 781/1986 de 18 de abril.
Visto aquello que en relación al procedimiento para la aprobación de la modificación de la plantilla prevé el artículo 112 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local, y el artículo 169 del Real Decreto legislativo 2/2004 de 5 marzo, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, en aplicación del artículo 126.3 del Real Decreto legislativo 781/1986 de 18 de abril.
La consejera ejecutiva de Modernización y Función Pública del Consell de Mallorca eleva al Consejo Ejecutivo para la posterior aprobación del Pleno la siguiente propuesta de acuerdo:
1.- APROBAR inicialmente el proyecto de modificación de la vigente plantilla con la correspondiente modificación del anexo de personal del Consell de Mallorca para el año 2018, con efectos de día 1 de junio de 2018, en los términos que se recogen a continuación y elevarlo al Pleno para acordar la aprobación.
MODIFICACIÓN DE LA PLANTILLA DEL CONSELL DE MALLORCA DEL EJERCICIO 2018 |
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PERSONAL FUNCIONARIO |
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ESCALA : ADMINISTRACIÓN GENERAL |
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Subescala Técnica |
Grupo |
Donde dice |
Ha de decir |
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TAG |
A1 |
59 |
61 |
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Subescala Administrativa |
Grupo |
Donde dice |
Ha de decir |
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40 |
41 |
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Administrativo -iva administración general |
C1 |
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Subescala Auxiliar |
Grupo |
Donde dice |
Ha de decir |
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Auxiliar administración general |
C2 |
163 |
161 |
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ESCALA : ADMINISTRACIÓN ESPECIAL |
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Subescala Técnica |
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|
Clase Técnica Superior |
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Grupo |
Donde dice |
Ha de decir |
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Arquitecto -a superior |
A1 |
26 |
24 |
|
|
Ingeniero -a |
A1 |
1 |
0 |
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Ingeniero -a de caminos canales y puertos |
A1 |
15 |
16 |
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|
Técnico -a superior de medio natural |
A1 |
2 |
1 |
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Clase Técnica Media |
Grupo |
Donde dice |
Ha de decir |
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Arquitecto -a técnico -a |
A2 |
9 |
10 |
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|
Técnico -a de GM de gestión económica |
A2 |
10 |
11 |
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Subescala Servicios Especiales |
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Clase Cometidos Especiales |
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Grupo |
Donde dice |
Ha de decir |
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Telefonista |
AP |
2 |
1 |
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|
Auxiliar de recepción y admisión |
AP |
0 |
1 |
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2º- Este acuerdo aprobatorio será considerado como definitivo si no se producen reclamaciones en contra durante el plazo de exposición pública de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo que dispone el artículo 112.3 de la Ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local, y también al art. 169 del Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.”
Palma, 4 de mayo de 2018
Por delegación del presidente, el secretario general
(Decreto de 17 de julio de 2015, BOIB núm. 114, de 28 de julio de 2015)
Jeroni Mas Rigo