Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SANT LLUIS
Núm. 4844
Delegación de competencias
Se hace público para general conocimiento que en fecha 07.05.18 la Alcaldesa del Ayuntamiento de Sant Lluís ha dictado la siguiente Resolución de Alcaldía:
“El artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de régimen local y el artículo 43 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico, señalan que el Alcalde puede delegar el ejercicio de sus atribuciones.
Atendiendo a la normativa anterior y la reciente reestructuración del equipo de gobierno municipal, se hace necesario proceder a una nueva distribución de competencias entre los concejales.
A la vista de las consideraciones anteriores, vengo en
RESOLVER
Primero.- Dejar sin efecto las delegaciones efectuadas al tercer Teniente de Alcaldía, Remigio Lora Buzón y al cuarto Teniente de Alcaldía, Joan Miquel Pons Sintes mediante Resolución de Alcaldía núm. 2015/804, de 22 de junio.
Segundo.- Dejar sin efecto las delegaciones efectuadas a la concejala Maria Teresa Martínez Martínez mediante Resolución de Alcaldía núm. 2017/1020, de 16 de noviembre.
Tercero.- Delegar en la primera Teniente de Alcaldía, Maria Teresa Martínez Martínez, las siguientes áreas municipales:
- Área de Servicios Sociales, que comprende acción social y persones dependientes
- Área de Sanidad
- Área de Educación y Cultura
- Área de Participación Ciudadana y Transparencia
Cuarto.- Delegar en el segundo Teniente de Alcaldía, Joan Miquel Pons Sintes, las siguientes áreas municipales :
- Área d’Economía y Hacienda
- Área de Seguridad y Movilidad, que incluye Policía Local y Protección Civil
- Área de Fomento de la Ocupación
- Área de Turismo y Empresas
- Servicios generales, que incluye personal
Quinto.- Delegar en el tercer Teniente de Alcaldía, Remigio Lora Buzón, las siguientes áreas municipales:
- Área de Vivienda y Urbanismo, que incluye urbanizaciones
- Área de Bienestar Comunitario, que incluye Medio Ambiente, brigada de obres y Cementerio.
- Área de Transporte Público y Infraestructuras
Sexto.- Estas delegaciones genéricas abarcan la facultad de dirigir los servicios correspondientes y gestionarlos en general, pero no la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
Séptimo.- Las presentes delegaciones surtirán efecto desde el día siguiente al de la fecha de la presente resolución, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el BOIB.
Octavo.- Dar cuenta de la presente resolución al Pleno en la primera sesión que se celebre.”
Firmado en Sant Lluís en la fecha (8 de mayo de 2018)
Alcaldesa del Ayuntamiento de Sant Lluís,
M. Montserrat Morlà Subirats