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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANT LLUIS

Núm. 4844
Delegación de competencias

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Texto

Se hace público para general conocimiento que en fecha 07.05.18 la Alcaldesa del Ayuntamiento de Sant Lluís ha dictado la siguiente Resolución de Alcaldía:

“El artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de régimen local y el artículo 43 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico, señalan que el Alcalde puede delegar el ejercicio de sus atribuciones.

Atendiendo  a la normativa anterior y la reciente reestructuración del equipo de gobierno municipal, se hace necesario proceder a una nueva distribución de competencias entre los concejales.

A la vista de las consideraciones anteriores, vengo en

RESOLVER

Primero.- Dejar sin efecto las delegaciones efectuadas al tercer Teniente de Alcaldía, Remigio Lora Buzón y al cuarto Teniente de Alcaldía, Joan Miquel Pons Sintes mediante Resolución de Alcaldía núm. 2015/804, de 22 de junio.

Segundo.- Dejar sin efecto las delegaciones efectuadas a la concejala Maria Teresa Martínez Martínez mediante Resolución de Alcaldía núm. 2017/1020, de 16 de noviembre.

Tercero.- Delegar en la primera Teniente de Alcaldía, Maria Teresa Martínez Martínez, las siguientes  áreas municipales:

- Área de Servicios Sociales, que comprende acción social y persones dependientes

- Área de Sanidad

- Área de Educación y Cultura

- Área de Participación Ciudadana y Transparencia

Cuarto.- Delegar en el segundo Teniente de Alcaldía, Joan Miquel Pons Sintes, las siguientes áreas municipales :

- Área d’Economía y Hacienda

- Área de Seguridad y Movilidad, que incluye Policía Local y Protección Civil

- Área de Fomento de la Ocupación

- Área de Turismo y Empresas

- Servicios generales, que incluye personal

Quinto.- Delegar en el tercer Teniente de Alcaldía, Remigio Lora Buzón, las siguientes  áreas municipales:

- Área de Vivienda y Urbanismo, que incluye urbanizaciones

- Área de Bienestar Comunitario, que incluye Medio Ambiente, brigada de obres y Cementerio.

- Área de Transporte Público y Infraestructuras

Sexto.- Estas delegaciones genéricas abarcan la facultad de dirigir los servicios correspondientes y gestionarlos en general, pero no la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Séptimo.- Las presentes delegaciones surtirán efecto desde el día siguiente al de la fecha de la presente resolución, sin perjuicio  de su preceptiva publicación en el BOIB.

Octavo.- Dar cuenta  de la presente resolución al Pleno en la primera sesión que se celebre.”

 Firmado en Sant Lluís en la fecha (8 de mayo de 2018)

Alcaldesa del Ayuntamiento de Sant Lluís,

M. Montserrat Morlà Subirats