Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 4729
Corrección de errores advertidos en la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 19 de marzo de 2018 por la que se convocan ayudas de movilidad en el ámbito de la Eurorregión Pirineos Mediterráneo y ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que cursen estudios universitarios en la Unión Europea (UE-28) durante el año académico 2017-2018
En el Boletín Oficial de las Illes Balears nº 41, de 3 de abril de 2018, se publicó la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 19 de marzo de 2018 por la que se convocan ayudas de movilidad en el ámbito de la Eurorregión Pirineos Mediterráneo y ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que cursen estudios universitarios en la Unión Europea (UE-28) durante el año académico 2017-2018.
Se ha observado un error en la publicación con respecto a las personas beneficiarias de las ayudas.
Según el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición; asimismo, la rectificación de errores debe especificar, en su caso, los efectos jurídicos que se derivan, y se debe notificar o publicar preceptivamente cuando haga referencia a actos que hayan sido notificados o publicados.
El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Corregir el error advertido con relación a las personas beneficiarias, las cuales aparecen agrupadas de acuerdo con las circunstancias descritas en cada una de las nueve categorías del punto 5 del anexo 1 de la resolución de la convocatoria.
El plazo para presentar solicitudes finaliza el 15 de junio de 2018.
Donde dice
6a. Alumnos con domicilio familiar en Mallorca que tienen que desplazarse a otra comunidad autónoma de España o a otro país de la Unión Europea (UE-28) para cursar, en centros propios de universidades públicas, estudios oficiales de grado porque no han obtenido plaza en la Universidad de las Illes Balears ni en los centros adscritos a esta Universidad.
Debe decir
6a. Alumnos con domicilio familiar en la Illes Balears que tienen que desplazarse a otra comunidad autónoma de España o a otro país de la Unión Europea (UE-28) para cursar, en centros propios de universidades públicas, estudios oficiales de grado porque no han obtenido plaza en la Universidad de las Illes Balears ni en los centros adscritos a esta Universidad.
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
Palma, 2 de mayo de 2018
El consejero de Educación y Universidad
Martí X. March Cerdà