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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

SINDICATURA DE CUENTAS

Núm. 4664
Resolución del síndico mayor de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears, de 2 de mayo de 2018, por la cual se publica el resultado de la fiscalización y las recomendaciones del Informe 135/2017 de la Cuenta general de la Universidad de las Illes Balears correspondiente al ejercicio 2015

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Texto

Hechos

1. Día 31 de octubre de 2017, el Consejo de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears acordó aprobar el Informe 135/2017 de la Cuenta general de la Universidad de las Illes Balears correspondiente al ejercicio 2015.

2. Día 21 de marzo de 2018, el presidente del Parlamento de las Illes Balears comunicó que se había llevado a cabo el último trámite parlamentario en lo referente a dicho Informe, que tuvo lugar con la presentación y el debate del Informe en la sesión de la Comisión de Hacienda y Presupuestos de día 20 de febrero de 2018.

 Fundamentos de derecho

1. El artículo 12.3 de la Ley 4/2004, de 2 de abril, de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears, regula los informes o las memorias de fiscalización y dispone su envío al Parlamento, a los sujetos fiscalizados y al Tribunal de Cuentas, y también su publicación en el BOIB después del último trámite parlamentario.

2. El artículo 32.1 del Reglamento de régimen interior de la Sindicatura de Cuentas establece que esta institución tiene que publicar el resultado de la fiscalización en el BOIB, una vez recibida la comunicación expresa que se ha llevado a término el último trámite parlamentario.

Por todo ello, y de acuerdo con lo que disponen la mencionada Ley 4/2004 y el Reglamento de régimen interior de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears,

Resuelve

Publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears los resultados de la fiscalización y las recomendaciones del Informe 135/2017 de la Cuenta general de la Universidad de las Illes Balears correspondiente al ejercicio 2015, que se adjunta como anexo I.

 

Palma, 2 de mayo de 2018

El síndico mayor,

Joan Rosselló Villalonga

 

ANEXO I

INFORME 135/2017 DE LA CUENTA GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE LAS ILLES BALEARS CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2015

 I. INTRODUCCIÓN

1. PRESENTACIÓN

De conformidad con lo que establece el artículo 82 del Estatuto de autonomía de las Illes Balears, la Sindicatura de Cuentas es el órgano al cual corresponde la fiscalización externa de la actividad económica, financiera y contable del sector público de las Illes Balears.

La Ley 4/2004, de 2 de abril, de la SCIB, regula esta institución y, en su artículo 12, especifica que el resultado de la fiscalización se tiene que exponer mediante informes o memorias que se deben elevar al Parlamento y publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears, y también hace referencia a su contenido fundamental.

El Informe de la Cuenta general de la Universidad de las Illes Balears correspondiente al ejercicio 2015 está previsto en el Programa de actuaciones de la Sindicatura para el año 2016 y 2017.

Se trata de un informe de carácter general y de periodicidad anual realizado por el Área de Auditoría de Consejos Insulares y Universidad, que incluye una fiscalización de cumplimiento de legalidad y una fiscalización financiera. Por otra parte, en el Informe se analiza la contratación, tanto de la Administración general de la Universidad como de la Fundación Universidad-Empresa.

Además de las incidencias que se detallan al final de cada apartado, el Informe contiene un total de 36 recomendaciones para mejorar la gestión económico-financiera de la entidad fiscalizada: 1 de carácter general en el apartado introductorio; 1 con respecto a la estabilidad presupuestaria, la regla de gasto y la sostenibilidad financiera; 24 en el apartado de Administración general de la UIB; 2 en el de entidades dependientes y vinculadas; 2 en el de estados consolidados, y 6 en el apartado de contratación.

Al Informe se han adjuntado los anexos, que contienen 13 cuadros y 2 fichas individuales de las entidades analizadas (UIB y Fundación Universidad-Empresa), con sus datos más relevantes, además de las alegaciones formuladas por la entidad fiscalizada.

2. MARCO NORMATIVO

En el marco de las normas generales de la Constitución española, el Estatuto de autonomía de las Illes Balears, la Ley Orgánica de financiación de las comunidades autónomas y la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, la Universidad de las Illes Balears está sujeta directamente a lo que disponen el texto refundido de la Ley de finanzas de la Comunidad Autónoma; la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, general presupuestaria; la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades (modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril); la Ley 2/2003, de 20 de marzo, de organización institucional del sistema universitario de las Illes Balears; el Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del sector público, y las leyes de presupuestos anuales y los decretos de desarrollo, además de diversos decretos y órdenes específicos que resulten de aplicación y que se detallan en el anexo I.1 del Informe.

3. OBJETIVOS GENERALES Y ALCANCE DE LA FISCALIZACIÓN

A. OBJETIVOS GENERALES

Para fiscalizar la Cuenta general de la UIB correspondiente al ejercicio 2015, se fijan los objetivos siguientes:

Verificar que las cuentas del ejercicio fiscalizado muestran adecuadamente, en todos los aspectos significativos, la situación económica, financiera y patrimonial, así como la liquidación de los presupuestos de gastos e ingresos, de acuerdo con los principios contables públicos.

Determinar el grado de cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que son de aplicación a la gestión de los fondos públicos.

Analizar la contratación administrativa durante el ejercicio 2015.

Como consecuencia de lo anterior, el Informe de fiscalización expresa la opinión financiera y de cumplimiento de legalidad sobre la Cuenta de la Administración general de la UIB correspondiente al ejercicio 2015.

B. ALCANCE DE LA FISCALIZACIÓN

B.1. Ámbito subjetivo

El ámbito subjetivo de este Informe es el siguiente:

Universidad de las Illes Balears

Entidad dependiente de la UIB (participación superior en el 50%): Fundación Universidad-Empresa de las Illes Balears

Además, las entidades siguientes tienen relación con la UIB y se da información en este Informe:

Entidades vinculadas a la UIB (participación entre el 20% y el 50%): Consorcio para el Fomento de Infraestructuras Universitarias (COFIU), Consorcio Agencia de Calidad Universitaria de las IB (AQUIB) y Consorcio Escuela de Hostelería.

Otras entidades relacionadas que no forman parte del ámbito subjetivo del Informe: ParcBit Energía y Otros Servicios, SCL; Fundación Cátedra Iberoamericana en la Universidad de las Illes Balears; Fundación Juegos Mundiales Universitarios Palma 1999 (se previó su extinción en la primera fase del Proyecto de Reestructuración del Sector Público Instrumental de las Illes Balears, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 13 de abril de 2012, sin que conste su extinción); Fundación Conservatorio Superior de Música y Danza de las Illes Balears; Fundación para la Escuela Superior de Arte Dramático de las Illes Balears; Fundación Enciclopedia de Menorca; Fundación Teatro del Mar; Fundación Jardín Botánico de Sóller; Instituto de Estudios Baleáricos; Instituto Ramon Llull; Consorcio Centro Baleares Europa; Consorcio Audiovisual de las Illes Balears (IB Cine); y Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red (CIBER).

En el mismo caso se encuentran las escuelas adscritas a la UIB: Escuela de Enseñanza Superior Alberta Giménez, Escuela de Relaciones Laborales, Escuela de Turismo del Consejo Insular de Ibiza y Escuela de Turismo Felipe Moreno.

B.2. ÁMBITO OBJETIVO

El alcance del trabajo realizado es el siguiente:

En relación con la Administración general de la UIB, se han fiscalizado las cuentas anuales de 2015, que incluyen: balance de situación, cuenta del resultado económico-patrimonial, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de la liquidación del presupuesto, estado de flujos de efectivo y memoria.

Las cuentas anuales mencionadas presentan varias incidencias y limitaciones, que se detallan en cada unos de los apartados del Informe, fruto de la fiscalización realizada por la Sindicatura.

Como resultado del trabajo realizado, el Informe incluye la opinión de la SCIB sobre si las cuentas de la Administración general de la UIB presentan la información de acuerdo con los principios contables y la normativa legal de aplicación.

Con respecto a la Fundación Universidad-Empresa, se realiza una revisión formal y un análisis general de las cuentas anuales. Se expone el informe de auditoría financiera externa y de cumplimiento de legalidad, y las operaciones realizadas entre la entidad mencionada y la UIB para determinar el importe y para elaborar los estados contables consolidados. Dado que la SCIB no ha revisado los informes de auditoría externa, no puede asumir como propias las opiniones y las excepciones que se ponen de manifiesto en ellos.

Se enumeran las entidades vinculadas a la UIB y se expone, si procede, un cuadro con las aportaciones patrimoniales recibidas de la UIB.

Con respecto a la contratación administrativa, se analiza el cumplimiento de la normativa aplicable. De un total de 55 contratos, se han revisado 11, los cuales representan el 46,02% del importe de adjudicación del ejercicio. Por otra parte, de los 78 contratos menores adjudicados en el 2015 se han revisado 11, los cuales representan el 11,73% del importe total de las operaciones de las que ha informado la UIB.

Con respecto a la entidad dependiente, de un total de 5 contratos certificados se han revisado 2, los cuales representan el 20,24% del total del importe de adjudicación del ejercicio. También se ha revisado el único contrato menor del cual ha informado la entidad.

5. METODOLOGÍA

Los criterios y las técnicas que se tienen que aplicar a la fiscalización son los generalmente aceptados en la realización de trabajos de auditoría de entidades públicas y, supletoriamente, las Normas técnicas de auditoría del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC).

6. RENDICIÓN DE CUENTAS

Las cuentas anuales de la UIB del ejercicio 2015 se han rendido en plazo a la Sindicatura de Cuentas el 1 de agosto de 2016, después de que el Pleno del Consejo Social las aprobara, en sesión de día 29 de julio de 2016.

Las cuentas anuales de la entidad dependiente, aprobadas por su Patronato, se han rendido en la misma fecha, pero sin estar integradas en la rendición de cuentas de la UIB.

La opinión y, si procede, las excepciones de los informes de auditoría externa se muestran en la ficha individualizada de la entidad en el apartado VII. Anexos de este Informe.

Incidencias

Las cuentas anuales de la entidad dependiente correspondientes al ejercicio 2015 no se han incluido aparte de la rendición de cuentas de la UIB. Aunque la UIB incluye, en la memoria de aprobación del presupuesto para el ejercicio 2015, el presupuesto consolidado de la UIB con la FUEIB, esta información no figura en la memoria de la liquidación del presupuesto.

7. TRÁMITE DE ALEGACIONES

El resultado de las actuaciones se comunicó al rector, a fin de que pudiera formular las alegaciones y presentar los documentos y los justificantes que considerara adecuados, de conformidad con el artículo 30 del Reglamento de la Sindicatura. Sus alegaciones se presentaron el 16 de octubre de 2017 (figuran como anexo a este Informe).

Las alegaciones se han analizado y se ha suprimido o modificado parte del Informe cuando se han aceptado. Si no se ha alterado el Informe ni se ha emitido opinión es porque las alegaciones son explicaciones que confirman los hechos y las valoraciones, o porque no se han justificado adecuadamente los criterios o las afirmaciones de la alegación, o porque se manifiesta la voluntad de enmendar la deficiencia en el futuro. Excepcionalmente, cuando la razón de no aceptar la alegación ha sido diferente de las mencionadas anteriormente, esta razón se hace constar con una nota a pie de página en el Informe.

RECOMENDACIONES

Elaborar unas cuentas anuales consolidadas de la UIB y la Fundación con el fin de conseguir una imagen general de la realidad económico-financiera del grupo bajo control de la UIB y evitar la pérdida de información de la entidad dependiente.

II. ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA, REGLA DE GASTO Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA

El art. 1 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera (LOEPSF), establece que el objeto de esta Ley es el establecimiento de los principios rectores, que vinculan a todos los poderes públicos, a los cuales se tiene que adecuar la política presupuestaria del sector público orientada a la estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera, como garantía del crecimiento económico sostenible y la creación de empleo, en desarrollo del art. 135 de la Constitución española.

Aunque la LOEPSF afecta a todas las Administraciones públicas, para las universidades públicas se ha establecido un marco legislativo que afecta a su régimen económico y financiero: el Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo. Este Real Decreto-ley modifica el artículo 81 de la LOU y, para un mejor cumplimiento de la LOEPSF, introduce las obligaciones siguientes: aprobación de un límite máximo de gasto de carácter anual que no se puede superar, y referencia expresa al cumplimiento del equilibrio y la sostenibilidad financiera en los presupuestos y sus liquidaciones.

El artículo 32 de las bases de ejecución del presupuesto de la UIB de 2015 establece, como límite máximo de gasto, el importe total del presupuesto de gastos previsto y hace referencia expresa al cumplimiento del equilibrio y la sostenibilidad financiera.

Incidencias

La liquidación del presupuesto de la UIB del ejercicio 2015 no hace referencia expresa al cumplimiento del equilibrio y la sostenibilidad financiera, de acuerdo con el establecido en la disposición quinta del art. 6 del RDL 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo.

RECOMENDACIONES

Incluir en la documentación que acompaña la liquidación del presupuesto mención expresa al cumplimiento de los principios de estabilidad financiera y de sostenibilidad financiera.

III. UNIVERSIDAD DE LAS ILLES BALEARS

1. OPINIÓN FINANCIERA Y DE LEGALIDAD RESPECTO DE LAS CUENTAS ANUALES

Alcance

1. La Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears ha fiscalizado las cuentas anuales de la Universidad de las Illes Balears, que comprenden el estado de la liquidación del presupuesto del ejercicio 2015, el balance de situación, la cuenta del resultado económico-patrimonial, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de la liquidación del presupuesto, el estado de flujos de efectivo y la memoria. La Gerencia de la Universidad es la responsable de la formulación de las cuentas anuales, de acuerdo con el marco normativo de información financiera aplicable y que se detalla al anexo I.1. El trabajo de fiscalización se ha efectuado de acuerdo con los objetivos y el alcance que se mencionan en los apartados I.3 y I.4 de este Informe.

 Limitaciones al alcance

2. La UIB ha reconocido en la cuenta «130. Subvenciones de capital pendientes» en el epígrafe «IV. Otros incrementos patrimoniales pendientes de imputación a resultados», un total de 21.152 miles de euros, correspondientes al valor pendiente de amortizar del inmovilizado cedido a la Universidad, donaciones recibidas e inmuebles financiados con subvenciones plurianuales de la CAIB. Dado que estos elementos no son todos los activos de que la Universidad dispone y que han sido financiados con subvenciones de capital o que tiene cedidos gratuitamente, y que no se dispone de la relación valorada de los bienes que tienen esta característica, no se han podido aplicar procedimientos alternativos de auditoría para determinar su valor neto contable, y no se ha obtenido prueba de auditoría suficiente y adecuada para verificar el importe que tendría que figurar en el epígrafe «IV. Otros incrementos patrimoniales pendientes de imputación a resultado», a 31 de diciembre de 2015, ni para determinar su efecto sobre el resultado económico-patrimonial del ejercicio fiscalizado.

Excepciones con efectos presupuestarios

3. La UIB reconoce derechos, correspondientes a subvenciones y ayudas, para generar crédito, sin que el ente financiador haya reconocido ninguna obligación de pago respecto de esta, ni que la UIB haya realizado ninguna de las acciones previstas en los convenios correspondientes. Una de las consecuencias que se derivan de ello es que el importe de los derechos pendientes de cobro del presupuesto corriente y de presupuestos cerrados no coincide con el importe de los deudores presupuestarios, con una diferencia de 2.329 miles de euros, de acuerdo con lo que se explica en los apartados «3.1 Imagen fiel», «4.11 Ingresos y gastos» y «F.23.4 Remanente de tesorería» de la memoria de la UIB.

4. El resultado presupuestario del ejercicio tiene que ser corregido, como mínimo, por los importes derivados de los hechos siguientes:

- En el ajuste de los créditos gastados financiados con remanente de tesorería no afectado (4.842 miles de euros) no se incluye el importe de las obligaciones reconocidas financiadas con los remanentes de tesorería incorporados mediante las partidas presupuestarias «870 Remanentes genéricos» y «873 RD de años anteriores pendientes de aplicar a presupuesto de gastos», por un importe de 1.578 miles de euros y de 624 miles de euros, respectivamente.

- Por el efecto derivado del reconocimiento de los derechos de manera incorrecta, expresado en el párrafo 3 anterior.

5. El remanente de tesorería se tiene que reducir, como mínimo, en un importe de 595 miles de euros, dado que según la SCIB el saldo de clientes de dudoso cobro se tendría que incrementar en 502 miles de euros; y el saldo de otros deudores se tendría que minorar, por un importe de 93 miles de euros.

6. El exceso de financiación afectada, que figura en el cálculo del remanente de tesorería, por un importe de 6.818 miles de euros, no coincide con las desviaciones de financiación acumuladas positivas detalladas en la memoria, por un importe de 9.122 miles de euros.

Excepciones con efectos patrimoniales

7. De acuerdo con el marco conceptual establecido en el PGCP, una de las características de los activos es que la entidad tiene que tener su control económico y, además, tiene que ser probable que obtenga rendimientos económicos o un potencial servicio. La UIB incluye las construcciones e instalaciones relativas a la residencia y las instalaciones deportivas en el epígrafe «II. Inmovilizado material» del balance de situación, cuando su explotación ha sido encomendada a la FUEIB. Dado que estos elementos no son activos controlados por la UIB, no tendrían que figurar en su balance. Es por ello que el epígrafe «II. Inmovilizado material» del activo no corriente y el epígrafe «II. Patrimonio general» del patrimonio neto están sobrevalorados en un importe, como mínimo, de 6.584 miles de euros, que es el valor neto contable de estos elementos al cierre del ejercicio 2015.

Excepciones con efectos presupuestarios y patrimoniales

8. De acuerdo con los artículos 46 y 158 de los Estatutos de la UIB, las funciones de ejecución, de liquidación del presupuesto y de control interno corresponden a la Gerencia. Esta concentración de funciones en la figura del gerente es contraria a la independencia necesaria para garantizar el control interno.

9. De acuerdo con las normas contables aplicables, y por la naturaleza de los contratos de cesión de crédito de las subvenciones de capital concedidas por la CAIB para construir el edificio Jovellanos y la financiación de obras complementarias, la UIB no tendría que tener registrado el endeudamiento con entidades financieras por el importe pendiente de pagar, ni los derechos a cobrar de la CAIB correspondientes, dado que las cesiones de crédito son sin recurso y, por lo tanto, la UIB no responde con respecto a los posibles impagos por insolvencia de la CAIB.

Por este motivo, y porque no responden a las definiciones de activo y pasivo que establece el nuevo PGC, los saldos a cobrar del activo del balance, clasificados en inversiones financieras a largo y a corto plazo (7.516 miles de euros y 1.216 miles de euros, respectivamente), y el endeudamiento por las cesiones de crédito a largo y a corto plazo del pasivo (7.516 miles de euros y 627 miles de euros, respectivamente) se tendrían que eliminar. Ello supondría, al mismo tiempo, no contabilizar los gastos financieros y las subvenciones correspondientes de dichos gastos, por un importe aproximado de 583 miles de euros.

Desde el punto de vista presupuestario, no se tendrían que registrar en el capítulo 9 de gastos las obligaciones reconocidas por la amortización del principal de los préstamos que asume la CAIB, ni el reconocimiento de las subvenciones de capital en el capítulo 7 de ingresos del presupuesto, así como tampoco la parte de los gastos financieros y su subvención en los capítulos 3 y 7, respectivamente.

 

Incumplimientos de legalidad

10. De la revisión del gasto de personal y de una muestra de 25 nóminas, se han puesto de manifiesto las incidencias más significativas siguientes:

De acuerdo con el artículo 52 de la LOU, los profesores contratados doctores son de carácter indefinido. A pesar de ello, en el resumen de nóminas de noviembre de 2015, se ha detectado un total de 48 profesores contratados como temporales de esta categoría profesional.

Según los artículos 70 y 81.4 de la LOU, al estado de gastos del presupuesto se tiene que adjuntar la Relación de puestos de trabajo (RPT) de la Universidad, donde tienen que figurar todas las plazas del profesorado incluyendo al personal docente e investigador (PDI) contratado. Por Acuerdo normativo de día 17 de diciembre de 2014 (FUE n.º 409), el Consejo de Gobierno aprueba varias modificaciones de la RPT para el personal de administración y servicios (PAS), que se incluyen en la RPT para el 2015. A pesar de ello, el presupuesto aprobado por el Consejo Social, de 18 de diciembre de 2014, no incluye la dicha RPT, por lo cual el Consejo Social no la aprueba. Con respecto a la RPT del PDI, no consta aprobada como tal para el año 2015.

Varios complementos asociados al puesto de trabajo concreto del PAS funcionario (complemento de productividad compensada, complemento de ropa, complemento de equiparación salarial) no se incluyen en la RPT, ni en ningún acuerdo en el cual conste la aprobación de estos complementos.

11. Tal como sucedía en ejercicios anteriores, varios edificios de la Universidad no se encuentran inscritos en el Registro de la Propiedad, lo cual supone un incumplimiento del artículo 151 de los Estatutos de la entidad, del artículo 605 del Código Civil, del artículo 2 de la Ley hipotecaria y del artículo 17 de la Ley 6/2001, de patrimonio de la CAIB.

12. Las cuentas anuales de 2015 de la entidad dependiente no se han incluido como aparte de la rendición de cuentas de la UIB. Aunque la UIB incluye en la memoria de aprobación del presupuesto para el ejercicio 2015 el presupuesto consolidado de la UIB con la FUEIB, la memoria de la liquidación del presupuesto no contiene dicha información. De acuerdo con la normativa de aplicación, la UIB tiene que formular cuentas anuales consolidadas.

Opinión

Excepto por los ajustes que se podrían considerar necesarios si se hubieran podido completar los procedimientos descritos en el párrafo 2 anterior, y excepto por las excepciones descritas en los párrafos 3-12 anteriores, las cuentas anuales de la Universidad de las Illes Balears expresan, en todos los aspectos significativos, la imagen fiel del patrimonio y de la situación económica y financiera de la Universidad de las Illes Balears a 31 de diciembre de 2015, y de los resultados de sus operaciones, de los flujos de efectivo y de la liquidación del presupuesto correspondientes al ejercicio anual acabado en esta fecha, y contienen la información necesaria y suficiente para una comprensión e interpretación adecuadas, de conformidad con el marco normativo aplicable y, en particular, los principios y las normas contables contenidos en esta normativa.

2. PRESUPUESTO INICIAL Y MODIFICACIONES

El presupuesto inicial del ejercicio 2015 asciende a 86.438 miles de euros, superior en un 0,46% en el del año anterior. Está financiado con unas previsiones de ingresos de 77.784 miles de euros y con la incorporación de remanentes de tesorería, por un importe de 8.654 miles de euros.

Se han tramitado 353 expedientes de modificación de crédito, por un importe neto total de 28.233 miles de euros, lo que supone un incremento del presupuesto inicialmente aprobado del 32,7% (31% en el año 2014) y sitúa los créditos definitivos en 114.671 miles de euros.

Los capítulos con un incremento más significativo respecto de los créditos iniciales son los de transferencias corrientes (capítulo 4), inversiones reales (capítulo 6) y transferencias de capital (capítulo 7), con un 246,5%, 172,1% y 444,8%, respectivamente. En términos absolutos, el aumento más importante se da en el capítulo 6 de inversiones reales, por un importe de 22.946 miles de euros (81,3% del incremento total), por incorporación de remanentes y, en menor medida, por generaciones de crédito.

Incidencias

Según el PGCP, la liquidación del presupuesto de gastos y de ingresos se tiene que presentar, al menos, con el mismo nivel de desagregación que el presupuesto aprobado. La UIB incluye una liquidación del presupuesto, a nivel de subconcepto, para la clasificación económica y otra, a nivel de capítulo, para liquidación del presupuesto por programas. En cambio, no incluye una liquidación por aplicación presupuestaria, es decir, la combinación del programa y la clasificación económica, tal como establece el PGCP.

Con respecto a los 10 expedientes de modificación de créditos examinados, se tienen que señalar las incidencias siguientes:

No consta ningún informe de fiscalización previa de los expedientes de modificación de crédito.

La memoria explicativa de la necesidad del expediente no justifica suficientemente la tramitación de la modificación de crédito que se propone (art. 6 de las bases de ejecución del presupuesto).

La Universidad aprueba expedientes de generación de crédito del tipo anticipo en base a la concesión de proyectos de investigación o de resoluciones de convocatorias de becas, sin la documentación suficiente que garantice el ingreso futuro, tal como exigen, en general, sus normas de ejecución. De acuerdo con el artículo 7 de las bases de ejecución del presupuesto, este tipo de generación tiene que ser excepcional, dado que se generan ingresos sin estar recaudados. A ninguno de los 3 expedientes de generación de ingresos examinados, en los cuales no se han recaudado los recursos, se adjunta la autorización del anticipo y de la generación de crédito por parte del Consejo de Dirección. Tampoco consta el informe del Servicio de Presupuesto y Tesorería que justifique la disponibilidad de tesorería, tal como se requiere en dichas bases de ejecución.

Tal como se indica en el párrafo anterior, las generaciones de crédito del tipo anticipo tendrían que ser excepcionales. Aun así, se ha realizado un recuento de un total de 174 expedientes de generación de crédito del tipo anticipo, que suman un importe total de 5.135 miles de euros.

Se ha detectado que una partida presupuestaria (541A 62601 REVISTAS) se incrementa por incorporación de remanentes y, posteriormente, es objeto de transferencias negativas hacia otra partida, lo que contraviene la normativa vigente.

La UIB realiza modificaciones de crédito con la aminoración del saldo disponible en partidas presupuestarias que no tienen crédito inicial, lo que ha originado un crédito disponible negativo. Dichas partidas figuran detalladas en el Informe.

Aunque la ejecución del presupuesto y su liquidación se hacen teniendo en cuenta el nivel de vinculación jurídica de los créditos, este hecho provoca que el crédito disponible del resto de partidas del mismo capítulo quede desvirtuado, dado que todas tendrían que tener saldo cero o positivo. Desde el punto de vista operativo, estas partidas con saldo disponible negativo tienen la finalidad de actuar como puente entre imputaciones con el objeto de evitar que se minoren partidas por transferencias que, previamente, hayan sido aumentadas. Ahora bien, teniendo en cuenta que son partidas sin crédito inicial, esta dinámica no sería correcta.

Se ha detectado que, mediante un expediente de incorporación por aplicación de remanentes (exp. n.º 54), se han hecho transferencias de crédito con bajas en partidas de gasto que en el presupuesto inicial se definen como de remanentes específicos. En otros dos expedientes de generación de crédito por recaudación de ingresos (exp. n.º 357 y 294) también se han detectado traspasos de partidas de gasto hacia otras aplicaciones. En los casos mencionados, la modificación presupuestaria apropiada para estos traspasos a otras aplicaciones sería la de transferencia de crédito.

RECOMENDACIONES

Someter las normas de ejecución del presupuesto de cada ejercicio a informe de los Servicios Jurídicos con el fin de garantizar la concordancia con el ordenamiento jurídico de aplicación.

Presentar la liquidación del presupuesto como mínimo con el mismo nivel de desagregación que el presupuesto aprobado.

Identificar en la liquidación del presupuesto, a nivel de partida presupuestaria, las que son fondos finalistas.

Gestionar las modificaciones de crédito sobre partidas presupuestarias con crédito disponible.

Evitar la utilización de forma generalizada de la figura de la generación de crédito del tipo anticipo, la cual se establece en las normas de ejecución del presupuesto con carácter excepcional.

3. EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO

A. EJECUCIÓN DE INGRESOS

Sobre las previsiones definitivas de 114.671 miles de euros se han reconocido derechos por un total de 88.508 miles de euros, lo cual supone un nivel de ejecución del 77,2%, superior al del ejercicio 2014, que fue del 71,1%.

El capítulo de ingresos cuantitativamente más significativo es el de transferencias corrientes (65,4% de los derechos reconocidos) y, si se suma el de transferencias de capital, el porcentaje sobre derechos reconocidos es del 76,9%.

A 31 de diciembre, el total de deudores pendientes de cobro del presupuesto corriente es de 13.572 miles de euros. El porcentaje de recaudación es del 84,7%, superior al del ejercicio anterior (74,2%).

 

Incidencias

De la revisión de los expedientes de generación de crédito y de los proyectos de gasto con financiación afectada se ha observado que, sistemáticamente, la UIB reconoce anticipos de ingresos con la intención de generar crédito sin que el ente financiador haya reconocido ninguna obligación, ni la UIB haya realizado ninguna de las acciones previstas en los convenios correspondientes. El registro de estos derechos, en el momento que lo ha hecho la UIB, no cumplía los criterios para el reconocimiento, aunque la UIB acredita el cumplimiento de las acciones previstas en los convenios correspondientes.

De la conciliación realizada entre los derechos reconocidos hacia la CAIB por la UIB y las obligaciones reconocidas por la CAIB, a 31 de diciembre 2015, se ha observado que la UIB ha reconocido derechos por un total de 230 miles de euros correspondientes a anticipos y anualidades de convenios de colaboración para las cuales la CAIB no tiene registradas las obligaciones relacionadas.

B. EJECUCIÓN DE GASTOS

Sobre unas previsiones definitivas de 114.672 miles de euros, se han reconocido obligaciones por un total de 89.771 miles de euros, lo cual representa un nivel de ejecución del 78,3%, superior al del ejercicio 2014, que fue del 76,8%. En términos absolutos, el gasto ejecutado se incrementa con respecto al año anterior en 3.056 miles de euros.

El capítulo más importante de gastos corresponde al personal (capítulo 1), el cual representa más de la mitad del total de las obligaciones reconocidas en el ejercicio (65,0%, por 64,7% en el 2014). El capítulo 6, de inversiones reales, es el siguiente en importancia (19,3%, por 19,0% en el 2014) en las obligaciones reconocidas en el ejercicio. Esta distribución del gasto es parecida a la de la liquidación del ejercicio 2014.

Del total de obligaciones reconocidas pendientes de pago a 31 de diciembre, el total de acreedores pendientes de pago del presupuesto corriente es de 2.507 miles de euros, mientras que en el ejercicio 2014 esta cifra era de 5.119 miles de euros.

Incidencias

En el estado de liquidación del presupuesto de gastos (cuadro E.1.a de las cuentas anuales de la UIB) no se incluye información sobre los gastos comprometidos por partida presupuestaria (fase «D» presupuestaria), que, como mínimo, serán por el mismo importe que las obligaciones reconocidas netas por la totalidad de capítulos, es decir, 89.771 miles de euros.

Igual que en ejercicios anteriores, se observan las incidencias siguientes:

De acuerdo con los artículos 46 y 158 de los Estatutos de la UIB, las funciones de ejecución, liquidación del presupuesto y de control interno corresponden a la Gerencia. Esta agregación en la figura del gerente de funciones de ejecución y de intervención es contraria a la independencia necesaria del control interno.

No se han aplicado al presupuesto obligaciones por un importe de 2.054 miles de euros por gastos efectivamente realizados durante el ejercicio y el ejercicio anterior e imputadas en la cuenta «413. Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto». De este importe, un total de 348 miles de euros se corresponde a gastos de ejercicios anteriores.

Por otra parte, gastos correspondientes al mes de noviembre y diciembre de 2015 por un importe de 252 miles de euros no se han imputado al presupuesto del ejercicio 2015 y tampoco están contabilizadas en la cuenta «413. Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto» a 31 de diciembre de 2015.

De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 2/2003, de 20 de marzo, de organización institucional del sistema universitario de las Illes Balears, corresponde al Consejo Social promover la realización de auditorías sobre el funcionamiento de la Universidad y transmitir el resultado a la Sindicatura de Cuentas. La disposición adicional segunda de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de auditoría de cuentas, establece que los informes que realizan auditores externos sobre entidades públicas no se pueden identificar como de auditoría de cuentas si no se hacen a petición de un órgano de control externo. Dado que, de acuerdo con la normativa vigente, no se puede considerar el Consejo Social un órgano de control externo de la UIB, las auditorías sobre el funcionamiento de la Universidad correspondientes al ejercicio 2015 no se tendrían que haber identificado como de auditoría de cuentas.

De la revisión del gasto de personal y de una muestra de 25 nóminas, se han puesto de manifiesto las incidencias siguientes:

De acuerdo con el artículo 48.5 de la LOU, el personal docente e investigador con contrato laboral no puede superar el 40% de la plantilla docente. Según los cálculos efectuados por la SCIB, aplicando las equivalencias a tiempo completo y sin tener en cuenta los contratos de los investigadores, cuyo gasto se imputa a capítulo VI, este porcentaje se sitúa en un 41,8% en el año 2015.

De acuerdo con el artículo 52 de la LOU, los profesores contratados doctores son de carácter indefinido. A pesar de ello, en el resumen de nóminas de noviembre de 2015, se ha detectado un total de 48 profesores contratados como temporales de esta categoría profesional.

Según los artículos 70 y 81.4 de la LOU, al estado de gastos del presupuesto se tiene que adjuntar la Relación de puestos de trabajo (RPT) de la Universidad, donde tienen que figurar todas las plazas del profesorado incluyendo al personal docente e investigador (PDI) contratado. Por Acuerdo normativo de día 17 de diciembre de 2014 (FUE n.º 409), el Consejo de Gobierno aprueba varias modificaciones de la RPT para el personal de administración y servicios (PAS), que se incluyen en la RPT para el 2015. A pesar de ello, el presupuesto aprobado por el Consejo Social, de 18 de diciembre de 2014, no incluye el dicho RPT, por lo cual el Consejo Social no lo aprueba. Con respecto a la RPT del PDI, no consta aprobada como tal para el año 2015.

Varios complementos asociados al puesto de trabajo concreto del PAS funcionario (complemento de productividad compensada, complemento de ropa, complemento de equiparación salarial) no se incluyen en la RPT, ni en ningún acuerdo en el cual conste la aprobación de este complementos.

Determinados importes pagados por nómina, relativos a gratificaciones por coordinaciones de cursos o de revisión de las PAU (pruebas de acceso en la universidad) son autorizados por el decano de la facultad correspondiente, o bien por la vicerrectora de docencia, si bien no constan los criterios por los cuales se fijan las cuantías que se tienen que abonar a los profesores para justificar que son equitativos y razonables de acuerdo con las tareas efectuadas.

En la revisión del complemento por incremento de carga docente de una nómina se ha detectado que el importe de 56,65 euros abonado al empleado es incorrecto, dado que tendría que haber sido de 33,99 euros. La UIB informa de que este error se ha producido para todos los profesores asociados, con una dedicación inferior a 0,5 horas a la semana, que han cobrado este complemento. No consta que se haya iniciado ningún procedimiento de reintegro.

RECOMENDACIONES

Constituir una unidad de control interno (intervención o unidad de auditoría interna) que ejerza estas funciones con independencia y autonomía respecto de los órganos de gestión y, si procede, modificar los Estatutos de la UIB en este sentido.

Realizar una previsión genérica de ingresos en el presupuesto de manera que no se tenga que recurrir de manera generalizada a la modificación del presupuesto mediante generaciones de crédito por previsión de ingresos, y no autorizar el gasto hasta que el ente financiador no acredite la concesión de la ayuda/subvención.

Poner cláusulas de garantía para la UIB por parte de los responsables de los proyectos, más allá del compromiso de cumplimiento de las obligaciones, en el caso de anticipos sobre contratos, convenios y proyectos de investigación.

Realizar las anotaciones contables pertinentes con el fin de corregir las incidencias expuestas en los apartados anteriores, y procurar su detección y su enmienda en los ejercicios posteriores.

Regularizar las contrataciones temporales de los profesores doctores interinos, y establecer medidas adecuadas para cumplir los límites sobre contratación temporal exigidos por la LOU.

Incluir en la RPT todos los complementos específicos de las plazas del personal de la Universidad.

Incluir en el estado de gastos del presupuesto que se tiene que aprobar la RPT completa de todo el personal de la UIB, para que se apruebe por el mismo procedimiento que los presupuestos de la UIB.

Revisar y, en su caso, establecer un procedimiento de cálculo objetivo y la normativa interna apropiada, con el fin de cuantificar determinados complementos variables derivados de tareas adicionales que son remuneradas en el PDI.

4. PRESUPUESTOS DE EJERCICIOS POSTERIORES. GASTOS PLURIANUALES

Los compromisos de gasto con cargo a los presupuestos de ejercicios posteriores suman un total de 12.780 miles de euros. Es necesario indicar que la UIB incluye el gasto correspondiente al periodo de posible prórroga en el cálculo de compromisos futuros.

Incidencias

De la misma manera que en ejercicios anteriores, no se incluye la información de los compromisos de gasto con cargo al presupuesto de ejercicios posteriores que provienen de:

a) Los convenios firmados con entidades públicas y privadas.

b) La carga financiera derivada del contrato de préstamo y de las operaciones de cesiones de créditos.

En varios contratos (como, por ejemplo, el contrato del servicio de mantenimiento de las zonas ajardinadas y área rural, cuidado de los huertos y limpieza de la urbanización del campus (exp. 6/15) y del servicio de limpieza de la UIB (exp. 17/15), no se tiene en cuenta el importe del IVA que se tiene que pagar.

En todos los casos, se ha comprobado que se incluye el importe de licitación, y no de adjudicación, de los contratos y las prórrogas previstas, a pesar de no estén comprometidas.

RECOMENDACIONES

Completar y mejorar la información de todos los compromisos de gasto con incidencia en los ejercicios posteriores.

5. GASTOS CON FINANCIACIÓN AFECTADA

Los ingresos afectados que financian proyectos de gasto han generado, a 31 de diciembre de 2015, las desviaciones de financiación que se muestran a continuación: desviaciones positivas del ejercicio, por un importe total de 6.632 miles de euros; desviaciones negativas del ejercicio, por un importe total de 4.972 miles de euros; desviaciones positivas acumuladas, por un importe de 9.122 miles de euros, y desviaciones negativas acumuladas, por un importe de 21 miles de euros.

De la misma manera que en ejercicios anteriores, la mayor parte de estos gastos se ha imputado al artículo «64. Inversiones nuevas de carácter inmaterial», dado que responden a la financiación recibida para el desarrollo de proyectos de investigación plurianuales.

Incidencias

El cálculo de las desviaciones está acondicionado por las incidencias derivadas de reconocimientos de derechos que se exponen en la sección de ejecución del presupuesto de ingresos y en los informes de fiscalización de años anteriores (numerosos derechos han sido contabilizados previamente en el momento que se cumplen todas las condiciones necesarias para poder ser reconocidos).

Por ello, en el cálculo del remanente de tesorería que aparece en la memoria, el importe de las desviaciones positivas acumuladas (por 6.818 miles de euros) no es coincidente con el importe que aparece en el cuadro de desviaciones positivas acumuladas por proyecto de la memoria (por 9.122 miles de euros).

RECOMENDACIONES

Establecer un procedimiento de control interno para verificar la inclusión y la baja de los proyectos objeto de cálculo de las desviaciones de financiación afectada, especialmente con respecto a las bajas de proyectos ya finalizados y que presenten desviaciones de financiación acumuladas a regularizar.

6. BALANCE DE SITUACIÓN

A. ACTIVO

ACTIVO NO CORRIENTE

En 31/12/2015, el inmovilizado intangible presenta un saldo de 5.005 miles de euros y un valor neto contable de 772 miles de euros.

Se detalla en el Informe la variación del inmovilizado material, con las altas, reversiones y bajas producidas durante el ejercicio. Es necesario destacar las altas producidas en los epígrafes de Equipos de proceso de información (1.785 miles de euros), de Mobiliario y equipos didácticos y de investigación (1.289 miles de euros) y Construcciones (907 miles de euros); la reversión del inmueble de la antigua sede del Consejo para la sede de la Universidad en Ibiza, y las bajas de equipos informáticos, cuyo valor neto contable era de 167 miles de euros.

Con respecto al inmovilizado financiero, la UIB tiene reconocidos los derechos a cobrar de la CAIB, por un importe de 9.800 miles de euros, derivados de las subvenciones de capital concedidas por la Comunidad Autónoma para construir el edificio Jovellanos y la financiación de obras complementarias en el mismo edificio. A 31 de diciembre permanecen pendientes de cobro 8.732 miles de euros, 7.516 miles de euros de los cuales son a largo plazo. El resto, 1.216 miles de euros, son créditos a corto plazo, que se corresponden a la cuota de 2015 y de 2016.

Incidencias

De acuerdo con la Orden EHA/1037/2010 que regula el nuevo Plan General de Contabilidad del Estado y que aplica en este ejercicio la UIB, y por la naturaleza de los contratos de cesión de crédito de las subvenciones de capital concedidas por la CAIB para construir el edificio Jovellanos y la financiación de obras complementarias, la UIB no tendría que tener registrado el endeudamiento con entidades financieras por el importe pendiente de pagar, ni los derechos a cobrar de la CAIB correspondientes, dado que las cesiones de crédito son sin recurso y, por lo tanto, la UIB no responde con respecto a los posibles impagos por insolvencia de la CAIB.

Por este motivo, y porque no responden a las definiciones de activo y pasivo que establece el PGC, los saldos a cobrar del activo del balance, clasificados en inversiones financieras a largo y a corto plazo (7.516 miles de euros y 1.216 miles de euros, respectivamente), y el endeudamiento por las cesiones de crédito a largo y a corto plazo (7.516 miles de euros y 627 miles de euros, respectivamente) del pasivo se tendrían que eliminar. Ello supondría, al mismo tiempo, no contabilizar los gastos financieros y las subvenciones correspondientes de dichos gastos, por un importe aproximado de 583 miles de euros.

Desde el punto de vista presupuestario, no se tendrían que registrar en el capítulo 9 de gastos las obligaciones reconocidas por la amortización del principal de los préstamos que asume la CAIB, ni el reconocimiento de las subvenciones de capital en el capítulo 7 de ingresos del presupuesto; así como tampoco la parte de los gastos financieros y su subvención en los capítulos 3 y 7, respectivamente. Es necesario remarcar que en las cuentas anuales de la Administración general de la CAIB se reconoce el endeudamiento con entidades de crédito por dichas operaciones y que las cartas de respuesta de las entidades financieras dan como deudor de las operaciones la CAIB.

Por todo lo que se ha expuesto en los párrafos anteriores, la UIB no tendría que reflejar ni en su balance ni en su presupuesto esta operación, si bien tendría que informar de ello en la memoria.

Respecto de esta misma operación, en la contabilidad financiera no se ha realizado el ajuste manual de dar de baja la cuota de principal de 2015 en inversiones financieras a corto plazo, con cargo a la cuenta de subvenciones recibidas de la cuenta económico-patrimonial, con el fin de eliminar la duplicidad en la contabilización de la subvención. El importe que afectaría a ambos epígrafes es de 521 miles de euros.

De acuerdo con el marco conceptual establecido en el PGCP, una de las características de los activos es que la entidad debe tener el control económico y, además, debe ser probable que obtenga rendimientos económicos o un potencial servicio. La UIB incluye las construcciones y las instalaciones relativas a la residencia y las instalaciones deportivas en el epígrafe «II. Inmovilizado material» del balance de situación, cuando su explotación ha sido encomendada a la FUEIB. Dado que estos elementos no son activos controlados por la UIB, no tendrían que figurar en su balance. Es por ello que el epígrafe «II. Inmovilizado material» del activo no corriente y el epígrafe «II. Patrimonio general» del patrimonio neto están sobrevalorados en un importe, como mínimo, de 6.584 miles de euros, que es el valor neto contable de estos elementos al cierre del ejercicio 2015.

Tal como sucedía en ejercicios anteriores, varios edificios de la Universidad no se encuentran inscritos en el Registro de la Propiedad, lo cual supone un incumplimiento del artículo 151 de los Estatutos de la entidad, del artículo 605 del Código Civil, del artículo 2 de la Ley hipotecaria y del artículo 17 de la Ley 6/2001, de patrimonio de la CAIB.

De la revisión de las altas de inmovilizado material, se constata que se han clasificado en Construcciones varias instalaciones técnicas (instalaciones de enchufes, instalaciones de datos y eléctricas, renovación cableado UTP de comunicación de datos, etc.). El importe de Instalaciones clasificadas en Construcciones asciende a 521 miles de euros. Esta clasificación incorrecta no ha afectado a su amortización correcta, dado que estos elementos se amortizan en los porcentajes que se indican en la memoria para instalaciones técnicas.

La aplicación informática que gestiona el inventario de elementos de inmovilizado no incluye los elementos de propiedad industrial ni los fondos bibliográficos, por un valor neto contable de 489 y 1.103 miles de euros, respectivamente.

ACTIVO CORRIENTE

Los deudores y otras cuentas a cobrar suman un total de 16.585 miles de euros, con el desglose siguiente: deudores por operaciones de gestión, por un importe de 13.571 miles de euros; otras cuentas a cobrar, por un importe de 2.055 miles de euros, y administraciones públicas, por un importe de 959 miles de euros.

Como consecuencia de la transición al nuevo plan contable y del cambio de tratamiento de las subvenciones, a 31 de diciembre de 2015 se han regularizado en la contabilidad financiera los reconocimientos de derechos presupuestarios no cobrados, en los casos en que no se tiene la certeza de que la entidad que da la subvención haya reconocido la obligación, lo que ha supuesto disminuir el epígrafe de deudores por operaciones de gestión de ejercicios corrientes y cerrados, por un importe total de 2.329 miles de euros, en la contabilidad financiera.

Los deudores presupuestarios, a 31 de diciembre de 2015, suman un total de 16.292 miles de euros. Destaca el peso del saldo deudor con la CAIB, que representa un 55,4% del total y asciende a 9.030 miles de euros. Aun así, respecto del año anterior, se ha reducido en 7.451 miles de euros.

Por otra parte, se han anulado derechos de ejercicios cerrados, por un importe total de 503 miles de euros.

En cuanto a la provisión para insolvencias de la cuenta «Deterioro valores op. gestión», tiene un saldo de 392 miles de euros (886 miles de euros en el 2014) al cierre del ejercicio 2015.

El saldo de la tesorería, a 31 de diciembre de 2015, es de 10.349 miles de euros (5.898 miles de euros, al cierre del ejercicio 2014), importe que supone un aumento del 75,5% respecto del ejercicio anterior.

Incidencias

En el saldo de deudores, al cierre del ejercicio, se incluyen derechos que la SCIB estima de dudoso cobro, por un importe total de 502 miles de euros, a los cuales la UIB no da esta consideración. El detalle de este importe estimado es el siguiente:

-227 miles de euros, correspondientes a partidas que la UIB ha reconocido como a percibir de la CAIB durante los ejercicios 2013 y 2014, pero que la CAIB no tiene reconocidas ni se han cobrado durante el 2016.

-106 miles de euros, correspondientes al saldo neto al cierre con la Fundación Universidad Empresa, dependiente de la UIB (893 miles de euros, en el ejercicio 2014). Las cuentas anuales, a 31 de diciembre de 2015, muestran que dicha Fundación presenta fondos propios y fondos de maniobra negativos, por un importe de 74 miles de euros y de 1.462 miles de euros, respectivamente, y, por lo tanto, depende del apoyo financiero de la UIB.

-90 miles de euros, correspondientes a partidas a cobrar del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes de ejercicios cerrados, pero que este no tiene reconocidas ni la UIB las ha cobrado durante el 2016.

-52 miles de euros, de partidas de antigüedad superior a cuatro años (de 2009 y 2011) no dotadas por la UIB y clasificadas en «Deudores por ingresos devengados».

-15 miles de euros, de partidas del Ministerio de Economía y Competitividad de ejercicios cerrados, no cobradas en el 2016 y clasificadas en «Deudores por ingresos devengados».

-12 miles de euros, de partidas del CIMA de ejercicios cerrados, no cobradas por la UIB en el 2016 y clasificadas en «Deudores por ingresos devengados».

El importe total indicado en el remanente de tesorería como derechos pendientes de cobro del presupuesto corriente y de presupuestos cerrados no cuadra con el importe de los deudores presupuestarios por 2.329 miles de euros, puesto que se han minorado en la contabilidad patrimonial los saldos de subvenciones no cobrados y no reconocidos como deuda por las entidades que conceden las subvenciones. Este hecho se explica en la memoria de la entidad, concretamente, en los apartados «3.1 Imagen fiel», «4.11 Ingresos y gastos» y «F.23.4 Remanente de tesorería» de dicha memoria.

Derivado de un acta de inspección del IVA de 2015, firmada con conformidad el 19 de julio de 2016, el saldo a cobrar de la Administración se tiene que minorar en 93 miles de euros, por el IVA devengado no deducible al 100%, de determinados bienes de inversión de uso mixto. De este hecho se tendría que haber informado en la memoria, en el apartado de hechos posteriores al cierre de las cuentas anuales.

Tanto las cuentas de habilitación como de ingreso restringido tienen que ser cero al cierre del mes. La UIB no registra en la tesorería del balance de situación todas las cuentas de habilitación por anticipos de caja fija y las cuentas de ingreso restringido. En este sentido, hay un total de 58 cuentas no registradas que tienen saldo cero y 2 cuentas que totalizan 1 millar de euros.

B. PASIVO

PROVISIONES A LARGO PLAZO

A 31/12/2015, la UIB tiene dotadas unas provisiones para riesgos y gastos, por un importe de 450 miles de euros. En el Informe consta el desglose de este saldo por los conceptos principales.

DEUDAS A LARGO PLAZO

El saldo de las deudas con entidades de crédito a largo plazo, por un importe de 8.547 miles de euros, corresponde a los vencimientos de capital en el ejercicio 2017 y siguientes de una operación de préstamo y dos operaciones de cesión de crédito. En el Informe se detallan los vencimientos futuros de las cuotas (importe principal e intereses), por un total de 12.752 miles de euros, correspondientes al contrato de préstamo y a los dos contratos de cesión de derechos de crédito.

En el epígrafe «Otras deudas a largo plazo», la UIB tiene reconocidas las operaciones a largo plazo de préstamos reembolsables (13.201 miles de euros, que corresponden a los vencimientos de capital del ejercicio 2017 y siguientes) y las deudas transformables en subvenciones que se han contabilizado a largo plazo (2.829 miles de euros) de resultas de la aplicación del nuevo Plan general contable aprobado por la Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril. En el Informe se detallan los vencimientos futuros de las cuotas (importe principal e intereses) de los préstamos reembolsables, por un total de 34.354 miles de euros.

Por otra parte, también como consecuencia de la adaptación al nuevo Plan general contable, la UIB ha contabilizado como deuda un total de 5.729 miles de euros de los saldos de proyectos de subvenciones, de los cuales 2.829 miles de euros se han contabilizado a largo plazo y 2.900 miles de euros, a corto plazo, en función de la fecha de finalización del proyecto.

Incidencias

Al igual que en el ejercicio anterior, el importe estimado de tasas por licencias urbanísticas pendientes de pago es al menos de 987 miles de euros, mientras que la UIB sólo ha hecho una provisión de 175 miles de euros, por lo cual falta una provisión de 812 miles de euros.

Tal como se ha explicado en el apartado de Incidencias del punto III.6.A. del Informe, con respecto al ACTIVO NO CORRIENTE, de acuerdo con las normas contables aplicables a la UIB y de acuerdo con la naturaleza de los contratos de cesión de crédito de las subvenciones de capital concedidas por la CAIB para construir el edificio Jovellanos y la financiación de obras complementarias, la UIB no tendría que tener registrado el endeudamiento con entidades financieras por el importe pendiente de pagar (7.516 miles de euros a largo plazo y 627 miles de euros a corto plazo) ni el activo correspondiente por los derechos a cobrar con la CAIB.

PROVISIONES A CORTO PLAZO

Al cierre del ejercicio 2015, el saldo de las provisiones a corto plazo es de 402 miles de euros y es el resultado de calcular la media de las devoluciones de ingresos de los últimos cinco años. Las devoluciones han sido de 215 miles de euros durante el ejercicio fiscalizado.

DEUDAS A CORTO PLAZO

En este epígrafe se contabilizan las deudas con entidades de crédito y otras deudas por las operaciones descritas en el apartado DEUDAS A LARGO PLAZO que tienen vencimiento en el 2016.

ACREEDORES Y OTRAS CUENTAS A PAGAR

La composición del importe de acreedores y otras cuentas a pagar corresponde a los conceptos siguientes: acreedores por operaciones de gestión (2.508 miles de euros), otras cuentas a pagar (3.530 miles de euros) y administraciones públicas (1.928 miles de euros).

Al cierre del ejercicio, el importe de los acreedores por operaciones pendientes de aplicar al presupuesto asciende a 2.054 miles de euros, lo que supone un aumento del 31,5% con respecto al 2014, en el que el importe fue de 1.562 miles de euros.

AJUSTES POR PERIODIFICACIÓN

El saldo del pasivo del balance, por un importe de 8.951 miles de euros, corresponde a la periodificación de los ingresos por matrícula del curso 2015-2016 (7.219 miles de euros) y a los importes que la UIB recibe del Ministerio de Educación y Ciencia, como compensación de los precios públicos en concepto de becas y por pertenecer a familia numerosa (1.732 miles de euros).

Incidencias

La UIB ha dotado una provisión a corto plazo para devolución de ingresos, por un importe de 402 miles de euros, para cubrir tanto los remanentes de proyectos finalizados a 31 de diciembre de 2015 como los requerimientos de devolución de entidades financiadoras conocidos en el momento de elaborar las cuentas anuales. El criterio seguido por la UIB es el de llevar a cabo una estimación basada en la media de las devoluciones de ingresos efectuadas en los últimos cinco ejercicios. No obstante, esta provisión se tendría que calcular en función de la estimación de los requerimientos de devolución futuros correspondientes a ingresos de proyectos registrados hasta la fecha de cierre y pendientes de verificación de su justificación.

Como se indica en el apartado de ejecución del presupuesto de gastos de este Informe, de la revisión de facturas recibidas con posterioridad al cierre del ejercicio y de la revisión de las respuestas de los acreedores, se han detectado facturas correspondientes a gasto del ejercicio 2015, por un importe total de 252 miles de euros, que se han registrado en el ejercicio 2016, para las cuales no hay ninguna previsión a 31 de diciembre de 2015. Por lo tanto, el epígrafe de acreedores no presupuestarios del balance y la pérdida del ejercicio están infravalorados en 252 miles de euros. La composición de este importe, por tipología de gastos, es la siguiente: 119 miles de euros, por consumo de energía eléctrica correspondiente a diciembre de 2015; 53 miles de euros, por una parte de los servicios de limpieza del mes de diciembre de 2015; un importe estimado de 28 miles de euros, por gastos por material de mantenimiento integral, y 52 miles de euros, por varias facturas de telefonía y datos del mes de noviembre y diciembre de 2015.

A 31 de diciembre de 2015, en el balance de situación de la entidad figura aprovisionado un importe de 2.054 miles de euros por gastos pendientes de imputar al presupuesto. De este importe, un total de 348 miles de euros corresponden a gastos con fecha de documento externo anterior a 2015.

AVALES CONCEDIDOS

Los avales concedidos por la UIB, a 31 de diciembre de 2015, suman 6.421 miles de euros. Los más importantes son el vinculado al préstamo del programa Innocampus del MICIIN (concedido el 02/02/2010, por un importe de 5.580 miles de euros) y el préstamo relacionado con varios proyectos de infraestructuras científico-tecnológicas (otorgado el 27/07/2006, por 1.816 miles de euros).

En el Informe se detallan la situación y los movimientos de los avales concedidos y cancelados durante el ejercicio 2015.

RECOMENDACIONES

Regularizar la situación de las licencias de las obras del recinto universitario y de los tributos que se derivan de ello, y llevar a cabo las inscripciones correspondientes en el Registro de la Propiedad, tal como ha manifestado reiteradamente la SCIB en anteriores informes.

Continuar la mejora del control de la composición de la cuenta «413. Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto» a fin que responda verdaderamente a su naturaleza transitoria.

Establecer un procedimiento para formalizar avales bancarios que permita ajustar el importe concedido al importe pendiente de devolución de los préstamos reembolsables que garantizan para evitar los gastos financieros correspondientes.

Realizar las anotaciones contables pertinentes con el fin de corregir las incidencias expuestas en los apartados anteriores y procurar su detección y su enmienda en ejercicios posteriores.

Adaptar las cuentas del inventario de inmovilizado a la contabilidad patrimonial para que haya la debida correspondencia.

Aplicar las normas internas sobre la gestión del inventario y la autorización de las bajas, para garantizar que se ha seguido el procedimiento adecuado.

7. CUENTA DEL RESULTADO ECONÓMICO-PATRIMONIAL

En este ejercicio, el resultado económico-patrimonial es negativo, por un importe de 6.608 miles de euros, y presenta una reducción del desahorro del 32,0% respecto del ejercicio anterior. Ello es debido, principalmente, al aumento de los ingresos por transferencias y subvenciones recibidas (corrientes y de capital), por un importe de 5.031 miles de euros (8,0% respecto de 2014), y al descenso de los gastos no ordinarios, en 2.897 miles de euros, que han compensado el aumento de determinadas partidas de gasto como las de personal (2.981 miles de euros, un 4,7% de incremento, respecto del ejercicio 2014).

8. ESTADO TOTAL DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO

El patrimonio neto de la UIB, al cierre del ejercicio 2015, es de 76.065 miles de euros.

En el epígrafe I. Patrimonio aportado se tiene registrada la cuenta «1000 Aportación patrimonial dineraria», por un importe de 83.215 miles de euros.

En el epígrafe II. Patrimonio generado, por un importe negativo total de 28.303 miles de euros, se registran las cuentas «120 Resultados de ejercicios anteriores» y «129 Resultados del ejercicio». La composición de los ajustes originados por los cambios de criterios contables y por correcciones de errores figuran en el Informe.

En el epígrafe IV. Otros incrementos patrimoniales, por un importe total de 21.152 miles de euros, figura la cuenta «130 Subvenciones para la financiación del inmovilizado no financiero y de activos en estado de venta». En el Informe se detalla la composición del importe de 20.312 miles de euros, que consta como ajuste por cambios de criterios contables y correcciones de errores.

En cuanto a las variaciones de patrimonio neto, corresponden a los factores siguientes: los resultados negativos del ejercicio, por un importe de 6.608 miles de euros; las subvenciones recibidas en un ejercicio y no imputadas al resultado económico-patrimonial del mismo ejercicio (de acuerdo con lo establecido en la norma 18. Transferencias y subvenciones del PGC), por un importe de 1.454 miles de euros, y la transferencia a los resultados del ejercicio de las subvenciones recibidas que han sido imputadas previamente al patrimonio neto, por un importe de 614 miles de euros.

Incidencias

La UIB ha reconocido en la cuenta «130. Subvenciones de capital pendientes» en el epígrafe «IV. Otros incrementos patrimoniales pendientes de imputación a resultados», un total de 21.152 miles de euros, correspondientes al valor pendiente de amortizar del inmovilizado cedido a la Universidad, donaciones recibidas e inmuebles financiados con subvenciones plurianuales de la CAIB. Puesto que estos elementos no son todos los activos de los cuales dispone la Universidad y puesto que han sido financiados con subvenciones de capital o los tiene cedidos gratuitamente, y que no se dispone de la relación valorada de los bienes que tienen esta característica, no se han podido aplicar procedimientos alternativos de auditoría para determinar el valor neto contable, y no se ha obtenido prueba de auditoría suficiente y adecuada, con el fin de verificar el importe que tendría que figurar en el epígrafe «IV. Otros incrementos patrimoniales pendientes de imputación a resultado», a 31 de diciembre de 2015, ni para determinar el efecto sobre el resultado económico-patrimonial del ejercicio fiscalizado.

 

9. ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO

En el Informe figura el estado de flujos de efectivo del ejercicio 2015. Se constata que el efectivo y activos líquidos equivalentes a efectivo al inicio del ejercicio suman 5.898 miles de euros, mientras que al final del ejercicio el importe es de 10.349 miles de euros, lo que representa un incremento de 4.451 miles de euros.

10. RESULTADOS DEL EJERCICIO

A. RESULTADO PRESUPUESTARIO

El resultado presupuestario que se presenta en las cuentas anuales del ejercicio 2015 es por un importe negativo de 1.263 miles de euros, y el resultado presupuestario ajustado es positivo, por un importe de 1.917 miles de euros.

En el Informe consta la evolución de los resultados y del remanente de tesorería correspondiente a los ejercicios de 2012-2015.

B. REMANENTE DE TESORERÍA

En cuanto al remanente de tesorería, tiene un importe de 21.053 miles de euros al cierre del ejercicio 2015. De este importe, 13.843 miles de euros corresponden al remanente de tesorería no afectado.

C. RESULTADO ECONÓMICO-PATRIMONIAL

El resultado económico-patrimonial del ejercicio 2015 es negativo en 6.608 miles de euros (‑9.718 miles de euros, en el año anterior).

En el ejercicio fiscalizado, no se incorpora a la memoria de la cuenta general de la UIB la conciliación entre el resultado presupuestario y el económico-patrimonial. De acuerdo con los datos obtenidos, la SCIB ha realizado una aproximación de dicha conciliación, que se detalla en el Informe.

Incidencias

El resultado presupuestario y el remanente de tesorería quedan desvirtuados como consecuencia de algunas de las incidencias que figuran en este Informe. En el caso del resultado presupuestario es a causa de las incidencias expuestas en el apartado de liquidación del presupuesto, y en el caso del remanente de tesorería, a causa de las incidencias que hacen referencia a la cuantificación de los derechos pendientes de cobro, de las obligaciones pendientes de pago y del cálculo del saldo de dudoso cobro. De manera similar, en los apartados correspondientes al balance de situación se exponen incidencias, algunas de las cuales afectan y desvirtúan el resultado económico-patrimonial del ejercicio que figura en los cuadros anteriores.

En particular, se observan las incidencias siguientes:

El importe total indicado en el remanente de tesorería como derechos pendientes de cobro del presupuesto corriente y de presupuestos cerrados no cuadra con el importe de los deudores presupuestarios por 2.329 miles de euros, puesto que se han minorado en la contabilidad patrimonial los saldos de subvenciones no cobrados y no reconocidos como deuda por las entidades que conceden las subvenciones. Este hecho se explica en la memoria de la entidad, concretamente, en los apartados «3.1 Imagen fiel», «4.11 Ingresos y gastos» y «F.23.4 Remanente de tesorería».

Como resultado de la revisión efectuada por la SCIB, se ha estimado un déficit de 502 miles de euros en la provisión de derechos pendientes de dudoso cobro y una aminoración de otros deudores, por un importe de 93 miles de euros.

Tal como se explica en el apartado 5 «Gastos con financiación afectada» de este Informe, el importe del exceso de financiación afectada que figura en el cuadro de Remanentes de tesorería, por un importe de 6.818 miles de euros, no es coincidente con el importe que aparece en el cuadro de desviaciones positivas acumuladas por proyecto de la memoria (por un importe de 9.122 miles de euros), por los motivos que se explican en los apartados «3.1 Imagen fiel», «4.11 Ingresos y gastos» y «F.23.4 Remanente de tesorería» de la memoria de la UIB.

El resultado presupuestario del ejercicio tiene que ser corregido, como mínimo, por los importes derivados de los hechos siguientes:

Las incidencias expuestas en el apartado de gastos con financiación afectada que influyen en la determinación del importe de las diferencias de financiación del ejercicio.

En el ajuste de los créditos gastados financiados con remanente de tesorería no afectado (4.842 miles de euros) no se incluye el importe de las obligaciones reconocidas financiadas con los remanentes de tesorería incorporados mediante las partidas presupuestarias «870 Remanentes genéricos» y «873 RD de años anteriores pendientes de aplicar a presupuesto de gastos», por un importe de 1.578 miles de euros y de 624 miles de euros, respectivamente.

RECOMENDACIONES

Reflejar de forma adecuada los ingresos y los gastos con financiación afectada, como también su ejecución, con el fin de determinar con exactitud el resultado del ejercicio y la parte afectada del remanente, tal como ha manifestado reiteradamente la SCIB en anteriores informes.

Establecer los mecanismos de control adecuados con el fin de determinar con exactitud el importe de las obligaciones reconocidas que se han financiado con el remanente de tesorería por gastos generales a efectos del cálculo del resultado presupuestario ajustado.

11. MEMORIA DE LAS CUENTAS ANUALES

La memoria forma parte de las cuentas anuales y tiene por objeto completar, ampliar y comentar la información contenida en el balance, en la cuenta del resultado económico-patrimonial y en el estado de la liquidación del presupuesto del ejercicio.

Se tiene que resaltar que la memoria se ha formulado por primera vez según el nuevo PGCP (aplicable a partir del ejercicio 2011), aunque no contiene toda la información exigida y presenta varias carencias.

Incidencias

Aunque el contenido de la memoria ha mejorado respecto del de ejercicios anteriores y se ha adaptado al nuevo PGCP aplicable a la UIB, presenta las carencias siguientes, de acuerdo con la información exigida por la Orden EHA71037/2010, de 13 de abril, por la cual se aprueba el PGCP:

No incluye información relativa a las entidades vinculadas, ni de la actividad a la cual se dedican las entidades de las cuales sí da información. Tampoco incluye información de las entidades en las cuales indirectamente participa la UIB a través de la FUEIB.

En el apartado «Gestión indirecta de servicios públicos, convenios y otras formas de colaboración» se tiene que informar de las operaciones durante su periodo de vigencia y no sólo de las firmadas durante el año.

Normas de reconocimiento y valoración relativas a los activos y los pasivos financieros, transacciones en moneda extranjera, provisiones y contingencias.

Información de los activos financieros a largo y corto plazo, concretamente los relativos a los saldos a cobrar por la subvención plurianual de la CAIB (véase el apartado II.6.A de este Informe).

Contratación administrativa, información específica sobre el tipo de procedimiento abierto (múltiples o único criterios) y el tipo de procedimiento negociado (con publicidad o sin). También se observa que en tres contratos el precio de adjudicación no es correcto, dado que sólo se indica el importe de una de las dos anualidades por las cuales se han adjudicado. Además, las adendas por prórrogas no son informadas, así como tampoco las adquisiciones por contratación centralizada.

La información relativa a los remanentes de crédito no se presenta según el modelo establecido.

No se da información relativa a la ejecución de proyectos de inversión (inversión total, ejercicio de inicio y finalización de proyecto, inversión realizada al inicio del ejercicio, inversión realizada en el ejercicio, inversión a realizar en las anualidades pendientes)

No se da información suficiente de los acreedores por operaciones pendientes de aplicar al presupuesto, cuyo gasto no se ha imputado al presupuesto de 2016.

Falta información de los derechos cancelados con indicación del motivo.

Con respecto a las transferencias y las subvenciones concedidas y otorgadas, no figura la normativa ni otras condiciones supletorias, de acuerdo con las cuales se han efectuado o concedido las ayudas, ni su grado de verificación. Con respecto a las subvenciones, no se da información relativa a posibles reintegros por incumplimiento de condiciones o requisitos con indicación de las causas.

En cuanto a los compromisos de gasto con cargo a presupuestos de ejercicios posteriores, véase las conclusiones de carencias de información del apartado 4 de este Informe.

No se da información sobre los derechos presupuestarios pendientes de cobro según su grado de exigibilidad, con indicación de los pendientes de notificar, de los suspendidos, de los aplazamientos o fraccionamientos solicitados y concedidos, etc.

Falta la información sobre el coste de las actividades.

No se da información sobre los indicadores de gestión y algunos de los indicadores financieros y patrimoniales y presupuestarios son incorrectos, porque incluyen los datos del pasivo corriente y no corriente del balance de situación, los derechos reconocidos netos y los derechos pendientes de cobro de manera errónea. Además, los cálculos de las ratios de la cuenta del resultado económico-patrimonial son incorrectos. Las ratios calculadas teniendo en cuenta el número de habitantes toman como referencia a los habitantes de Palma, cuando el ámbito de actuación de la UIB son las Illes Balears.

No se da información sobre los hechos posteriores al cierre.

Además, se han detectado incoherencias entre la información de la memoria y la información de los estados contables incluidos en las cuentas anuales. Entre otras, es necesario destacar las siguientes:

Tal como se explica en el apartado 5 del Informe «Gastos con financiación afectada», el importe del exceso de financiación afectada que figura en el cuadro de Remanentes de tesorería (apartado F.23.5 de la memoria), por un importe de 6.818 miles de euros, no es coincidente con el importe que aparece en el cuadro de desviaciones positivas acumuladas por agente financiador (apartado F.23.4.1 de la memoria), por un importe de 9.122 miles de euros.

El detalle de los remanentes de créditos (comprometidos y no comprometidos) del apartado F23.1.1.b) de la memoria, además de que no se presenta por partida presupuestaria, no coincide con los remanentes de crédito que constan en el apartado «E.1.a Estado de liquidación del presupuesto de gastos» de la liquidación del presupuesto de gastos de las cuentas anuales. Los remanentes de crédito se tendrían que calcular por la diferencia de los créditos definitivos menos las obligaciones reconocidas netas; y los remanentes de crédito comprometidos serían el resultado de restar a los gastos que han llegado a la fase de disposición «D» las obligaciones reconocidas netas. En el estado de liquidación del presupuesto de gastos (E.1.a) no se incluye información sobre los gastos que han llegado a la fase de disposición «D».

RECOMENDACIONES

Elaborar la memoria de las cuentas anuales con la información contable que señala el nuevo Plan general contable mencionado, así como la que sea necesaria para interpretar las cuentas anuales correctamente y en coherencia con la información del resto de los estados contables.

12. INDICADORES

En el informe se presentan unos indicadores relacionados con la vertiente económica, de interés por completar el análisis de la actividad de la UIB registrada en el ejercicio 2015, así como su evolución en los últimos cinco años. Son los siguientes: gasto corriente por alumno matriculado, ingreso por alumno, cobertura de matrícula, transferencias corrientes de la CAIB en relación con los gastos de personal y esfuerzo inversor.

Durante el 2015 se ha producido un aumento ligero del gasto corriente por alumno matriculado, lo cual ha hecho que la cobertura de matrícula haya caído levemente.

Es significativa la disminución progresiva del peso de las transferencias corrientes de la CAIB hasta el 2015, en el que suben ligeramente, mientras que el esfuerzo inversor se mantiene próximo a los porcentajes de ejercicios pasados.

IV. ENTIDADES DEPENDIENTES Y VINCULADAS

1. ENTIDAD DEPENDIENTE

El ámbito subjetivo de este apartado es la Fundación Universidad Empresa de las Illes Balears. La Fundación ha rendido las cuentas anuales y ha enviado los informes financiero y de cumplimiento de la normativa realizados por los auditores externos. Con respecto a las cuentas anuales, se han formulado de conformidad con el PGC (RD 1514/2007, de 16 de noviembre) y, en todo aquello que no se opone a él, según la adaptación sectorial de entidades sin finalidades lucrativas y el modelo del Plan de actuación de las entidades sin finalidades lucrativas aprobados por el Real decreto 1491/2011, de 30 de abril. Con respecto a los informes de los auditores externos, no han sido revisados por la SCIB, tal como se ha puesto de manifiesto en el apartado I.4.B. ÁMBITO OBJETIVO de este Informe, por lo cual no se pueden asumir como propias las opiniones y las excepciones que se ponen de manifiesto en ellos.

En los anexos del Informe se incluyen fichas en las cuales se resumen el balance de situación y la cuenta de pérdidas y ganancias de la entidad correspondientes al ejercicio fiscalizado.

Con respecto al informe financiero de auditoría externa, presenta una opinión favorable con excepciones. Incluye un párrafo de asuntos que no afectan a la opinión, donde se llama la atención sobre la difícil situación financiera de la Fundación. También consta el informe sobre cumplimiento de la normativa de la Fundación con excepciones: una relativa a la legislación de contratación administrativa y otra relativa al incumplimiento de la legislación de protección de datos. Las limitaciones al alcance y las excepciones que se ponen de manifiesto en el informe de auditoría financiera externa constan transcritas literalmente en el Informe de fiscalización de la Cuenta general de la Universidad correspondiente al 2015.

2. ENTIDADES VINCULADAS

Entidades vinculadas a la UIB (participación entre el 20% y el 50%): Consorcio para el Fomento de Infraestructuras Universitarias (COFIU), Consorcio Agencia de Calidad Universitaria de las IB (AQUIB) y Consorcio Escuela de Hostelería. Durante el ejercicio 2015, la UIB ha adquirido bienes o servicios del Consorcio Escuela de Hostelería por 19 miles de euros.

Otras entidades vinculadas, de acuerdo con la información rendida por estas entidades a la SCIB sobre los porcentajes de participación o dominio, son las siguientes: ParcBit Energía y Otros Servicios, SCL, Fundación Jardín Botánico de Sóller, Fundación Cátedra Iberoamericana en la UIB y Consorcio Instituto de Estudios Baleáricos. Durante el ejercicio 2015, la UIB no ha llevado a cabo ninguna operación con estas entidades.

Incidencias

El órgano de la UIB que tiene asumida la función de control interno no ha emitido ningún informe sobre la gestión económico-financiera de la entidad dependiente.

Según datos de la UIB, la Fundación mantiene saldos con la Universidad con una antigüedad significativa: saldos acreedores respecto de la UIB del ejercicio 2014, por un importe de 436 miles de euros; saldos deudores respecto de la UIB de 2014 y años anteriores, por un importe de 321 miles de euros.

RECOMENDACIONES

Integrar, si procede, las cuentas anuales y la liquidación del presupuesto de la fundación dependiente en la rendición de las cuentas anuales de la Universidad.

Realizar las anotaciones contables pertinentes con el fin de corregir las incidencias expuestas y procurar su detección y su enmienda en ejercicios posteriores.

V. ESTADOS CONSOLIDADOS

A continuación, se presentan, consolidados, el balance de situación, la cuenta del resultado económico-patrimonial y el resultado presupuestario de la Universidad de las Illes Balears y la Fundación Universidad-Empresa de las Illes Balears.

En el Informe se indica cómo se ha elaborado la consolidación de los estados contables y del resultado presupuestario, para poder interpretarlos correctamente.

El activo y el pasivo total, en términos consolidados, es de 126.048 miles de euros; mientras que el resultado económico-patrimonial del ejercicio 2015 es negativo en 6.546 miles de euros. Con respecto al resultado presupuestario consolidado, es negativo en un importe de 6.277 miles de euros.

Incidencias

Los saldos y los movimientos de la UIB con la Fundación no resultan coincidentes, de acuerdo con la información que consta en las cuentas anuales y los registros contables.

La UIB tiene que formular cuentas anuales consolidadas de acuerdo con la normativa aplicable, dado que no se puede acoger a la dispensa de esta obligación, porque, a pesar de que la entidad es dependiente de otra entidad dominante (CAIB), esta última no formula cuentas consolidadas.

RECOMENDACIONES

Hacer los asientos contables necesarios con el fin de ajustar las diferencias detectadas en las conciliaciones de los saldos entre la Universidad y la Fundación.

Elaborar unas cuentas anuales consolidadas de la UIB y la Fundación con el fin de conseguir una imagen general de la realidad económico-financiera del grupo bajo control de la UIB y evitar la pérdida de información de la entidad dependiente.

 

VI. CONTRATACIÓN

1. ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA UIB

A. CONSIDERACIONES GENERALES

El importe adjudicado de los contratos de la Administración general de la UIB en el año 2015 supone un total de 9.099 miles de euros.

Por objeto, se han adjudicado contratos de servicios, por un importe total de 4.542 miles de euros (50% del total adjudicado); de suministros, por un importe total de 3.775 miles de euros (41%), y de obras, por un importe total de 782 miles de euros (9%).

Distinguiendo por procedimiento, se han adjudicado 1.088 miles de euros (12%) por procedimiento abierto y criterio precio; 4.444 miles de euros (49%), por procedimiento abierto y criterios múltiples; 392 miles de euros (4%), por procedimiento negociado sin publicidad; 355 miles de euros (4%), por contratos derivados de acuerdos marco; 1.262 miles de euros (14%) corresponden a prórrogas, y 1.558 miles de euros (17%) son contratos menores.

La información rendida por la UIB a la Sindicatura de Cuentas relativa a los contratos menores adjudicados en el año 2015 (1.558 miles de euros) comprende únicamente los superiores a 5.000 euros, aunque se había requerido información de los contratos menores superiores a 3.000 euros.

De la revisión de altas de inmovilizado, se comprueba que 3 inversiones adquiridas mediante contratación centralizada al Estado, por un total de 966 miles de euros, no han sido incluidas en la relación de contratos enviada a la SCIB, ni figuran en los cuadros de la memoria sobre contratación administrativa.

B. INCIDENCIAS MÁS SIGNIFICATIVAS

Vistos el alcance y las limitaciones del Informe definidos en los apartados I.3 y I.4, y con relación a los contratos fiscalizados de la Administración general de la UIB, se detallan a continuación las incidencias más significativas del cumplimiento de legalidad:

1. En ninguno de los expedientes la UIB no lleva a cabo una fiscalización previa, sino que se limita a incluir documentación con la normativa aplicable (art. 109.3 del TRLCSP).

2. Con respecto a la prórroga del expediente n.º 3, de acuerdo con el punto 21 del pliego de cláusulas administrativas y la cláusula novena del contrato (firmado el 15 de marzo de 2010), la duración inicial del plazo contractual era de dos años, prorrogable en plazos de un año y con los límites establecidos por el artículo 279 de la LCSP, hasta un máximo de 6 años de duración total. Las prórrogas de los contratos no pueden superar, aisladamente o conjuntamente, el plazo del periodo originalmente contratado (en este caso, 2 años), y así se establecía, de manera expresa, en el contrato firmado el 15 de marzo de 2010. En consecuencia, una vez transcurrida la segunda prórroga anual, en el ejercicio 2014, la prestación de este servicio se tendría que haber licitado de nuevo (art. 303.1 del TRLCSP).

3. En el expediente n.º 4 no constan los presupuestos utilizados ni los cálculos realizados para determinar el importe del precio del contrato (art. 87 del TRLCSP).

4. Entre los criterios de adjudicación del expediente nº 6, el precio tiene una importancia testimonial (10%), lo cual dificulta la consecución de objetivo establecido en el art. 1 del TRLCSP de poder seleccionar la oferta económicamente más ventajosa.

5. En todos los expedientes, excepto el n.º 1, 2, 3 y 8, y en la totalidad de contratos menores no se ha abonado el precio en los plazos establecidos por la normativa. Asimismo, no consta el abono de los intereses de demora y, si procede, de la indemnización por los costes de cobro correspondientes de acuerdo con el establecido en el art. 216.4 del TRLCSP.

6. De la revisión de los contratos menores se han puesto de manifiesto posibles fraccionamientos del objeto del contrato por adquisición de equipamiento informático (contratos n.º 10 y 11), por un importe de 24 miles de euros.

C. EXPEDIENTES EXAMINADOS

Se han examinado once expedientes de contratación que, conjuntamente, suponen un total adjudicado de 4.187 miles de euros (46,0% del total). Para seleccionar la muestra fiscalizada, se ha aplicado el criterio cuantitativo de mayor importe para cada una de las tipologías de contratos, y en proporción con el número de dichas tipologías sobre el total.

Se han detectado deficiencias en la forma de tramitación y el procedimiento de adjudicación, en el precio de los contratos, en la selección de los contratistas y en la ejecución de los contratos.

En el Informe consta el tipo de tramitación y el procedimiento de adjudicación de los expedientes analizados, así como el detalle de los resultados y de las incidencias detectadas en cada uno durante el proceso de fiscalización.

C. CONTRATOS MENORES

Se han examinado once contratos menores, por un importe conjunto de 162 miles de euros (35,6% del total), que se han seleccionado de acuerdo con la cuantía y el concepto.

La relación de los contratos menores examinados figura en el Informe, así como el detalle de los resultados y de las incidencias detectadas durante el proceso de fiscalización.

2. FUNDACIÓN UNIVERSIDAD EMPRESA DE LAS ILLES BALEARS

A. CONSIDERACIONES GENERALES

El importe de los contratos de la Fundación Universidad Empresa de las Illes Balears el año 2015 supone un total de 290 miles de euros.

Por objeto, se han adjudicado contratos de servicios, por un importe total de 282 miles de euros (97% del total adjudicado), y de suministros, por un importe total de 8 miles de euros (3%).

Distinguiendo por procedimiento, se han adjudicado 15 miles de euros (5%) por procedimiento abierto y criterio precio; 77 miles de euros (27%), por procedimiento negociado sin publicidad; 190 miles de euros (65%) corresponden a prórrogas, y 8 miles de euros (3%) son contratos menores.

B. INCIDENCIAS MÁS SIGNIFICATIVAS

Vistos el alcance y las limitaciones del Informe definidos en los apartados I.3 y I.4, y con relación a los contratos fiscalizados de la Fundación Universidad Empresa de las Illes Balears, se detallan a continuación las incidencias más significativas del cumplimiento de legalidad:

1. Las instrucciones internas de contratación aplicadas al ejercicio 2015 se limitan a reproducir lo que dispone la legislación aplicable, pero no establecen los procedimientos concretos para garantizar el cumplimiento de los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación, así como que los contratos se adjudiquen a la oferta económicamente más ventajosa.

2. En ninguno de los expedientes revisados consta un informe previo al inicio de las actuaciones en relación con la conveniencia de efectuar el contrato, la finalidad pública a satisfacer y la descripción de su objeto.

3. En ninguno de los expedientes revisados constan estudios, cálculos o detalles justificativos del presupuesto de licitación y que el precio del contrato es adecuado al de mercado.

4. En el expediente n.º 1 no se ha cumplido el plazo de pago fijado en el artículo 4.1. de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la cual se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Asimismo, no consta el abono de los intereses de demora y, si procede, de la indemnización por los costes de cobro correspondientes, que son obligatorios de acuerdo con la normativa aplicable (art. 216.4 del TRLCSP).

C. EXPEDIENTES EXAMINADOS

Se han examinado dos expedientes de contratación, que, conjuntamente, suponen un total adjudicado de 57 miles de euros, de los cuales 15 miles de euros no son gasto, sino un canon a ingresar a la FUEIB.

Se han detectado deficiencias en los aspectos generales, en la definición del objeto del contrato, en la forma de tramitación y el procedimiento de adjudicación, en el precio de los contratos, en la publicidad de los contratos, en la selección de los contratistas y en la ejecución.

En el Informe constan el tipo de tramitación y el procedimiento de adjudicación de los expedientes analizados, así como el detalle de los resultados y de las incidencias detectadas en cada uno durante el proceso de fiscalización.

D. CONTRATOS MENORES

La FUEIB ha enviado a la SCIB un certificado de los contratos menores superiores a 3 miles de euros adjudicados durante el ejercicio 2015, a diferencia de la UIB, que únicamente ha informado de los superiores a 5 miles de euros.

Se ha examinado el único contrato menor del cual ha informado la Fundación, por un importe de 8 miles de euros.

En el Informe figura el detalle de los resultados y de las incidencias detectadas durante el proceso de fiscalización.

RECOMENDACIONES

Reformar el régimen interior de la UIB en materia de contratación, con la finalidad de reforzar la función interventora en todas las fases de los procedimientos, tal como ha manifestado reiteradamente la SCIB en informes anteriores.

Adjuntar al expediente los cálculos realizados o, si procede, las constataciones del precio de las diversas empresas del sector utilizadas para determinar el precio de licitación.

Evaluar las necesidades reales y cuantificar los presupuestos de los contratos con la previsión suficiente, a efectos de no hacer un uso excesivo de las prórrogas, como tampoco de la tramitación de urgencia.

Establecer, con respecto a la FUEIB, unas instrucciones en las cuales se regulen expresamente los procedimientos de contratación, de manera que quede garantizada la efectividad de los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación (art. 191 del TRLCSP).

Establecer las medidas necesarias que permitan obtener de manera ágil y fiable la información relativa a la totalidad de la actividad de la contratación menor realizada en cada ejercicio.

Cumplir los plazos de pago establecidos en el artículo 216.4 del TRLCSP.