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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 4575
Acuerdo del Consejo de Dirección del Servicio de Salud de las Islas Baleares por el que se autoriza la donación de la entidad Phoenix One Grupo, SL, a la UCI de Pediatría del Hospital Universitario Son Espases

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Texto

Antecedentes

1. El 22 de marzo de 2018 tuvo entrada en la Subdirección de Presupuestos y Control del Gasto la solicitud del director gerente del Hospital Universitario Son Espases para tramitar la donación de la entidad Phoenix One Grupo, SL, que consiste en la decoración de 55,47 m2 de la UCI de Pediatría y el pago de los profesionales que se encarguen de los trabajos. A la solicitud se adjuntó la documentación siguiente:

- Escrito de ofrecimiento del bien, en el que figuran el objeto de la donación, que consiste en la rotulación de la UCI de Pediatría con motivos infantiles y de parte de los boxes de la Unidad de Cuidados Intensivos Pediátricos del Servicio de Pediatría. El valor de la donación es de 4.976,92 €.

- Fotografías del proyecto de decoración, que incluye techos, brazos articulados y la zona superior de las paredes acristaladas de los boxes, que supone una superficie total de 55,47 m2.

- Copia de la tarjeta de Identificación fiscal, en la que figuran el número B57546863 y la denominación Phoenix One Grupo, SLU.

- Copia de la Escritura de elevación a público de acuerdos sociales otorgada por el grupo Phoenix One Grupo, SLU, el 7 de mayo de 2010.

- Informe del jefe de Sección de la UCI de Pediatría de 25 de octubre de 2017 en el que solicita la donación como medio demostrado para aumentar el bienestar y reducir el estrés y la ansiedad de los niños ingresados en la UCI.

2. El 18 de abril de 2018, el subdirector de Presupuestos y Control del Gasto emitió un informe favorable a la donación.

Fundamentos de derecho

1. Código civil, aprobado por el Real decreto de 24 de julio de 1889.

2. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

3. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

4. Ley 6/2001, de 11 de abril, de patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

5. Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

6. Ley 5/2003, de 4 de abril, de salud de las Islas Baleares.

7. Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de patrimonio de las administraciones públicas.

8. Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

9. Real decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley 33/2003.

10. Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001.

11. Decreto 39/2006, de 21 de abril, por el que se aprueban los Estatutos del ente público Servicio de Salud de las Islas Baleares.

12. Decreto 12/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

13. Decreto 81/2015, de 25 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica básica del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

Por todo ello y de conformidad con el artículo 6.j del Decreto 39/2006, en la sesión del 26 de abril de 2018 el Consejo de Dirección adoptó el siguiente

Acuerdo

1. Autorizar la donación de la entidad Phoenix One Grupo, SL, a la UCI de Pediatría que se describe en el apartado “Antecedentes”.

2. Determinar que esta donación no supone para el Hospital asumir obligación adicional alguna, pero que sí se hace cargo de los gastos derivados del uso, del mantenimiento técnico y de las reparaciones de los bienes donados.

3. Establecer que los profesionales pagados por Phoenix One Grupo, SL, se encargarán de los trabajos de decoración de forma individualizada cuando los boxes estén disponibles, de manera que no suponga alterar la actividad asistencial y que se lleven a cabo con las garantías exigidas por el Servicio de Medicina Preventiva y en el lapso de tiempo más breve posible (siempre inferior a 48 horas), y siempre con el conocimiento y la aprobación previos de los responsables médicos y de enfermería de la UCI.

4. Notificar este acuerdo a Phoenix One Grupo, SL, y publicarlo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

5. Facultar al director general del Servicio de Salud para firmar los documentos relativos a la donación que sean pertinentes.

Palma, 26 de abril de 2018

La presidenta del Consejo de Dirección

Patricia Juana Gómez i Picard