Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 4390
Revocación de la ayuda concedida a la Asociación Menorca a debate para la promoción del voluntariado y para el mantenimiento y el funcionamiento de las entidades juveniles de Menorca año 2017
Se hace público que el Consejo Ejecutivo de este Consell Insular de Menorca, en sessió ordinaria de dia 26 de març de 2018, de conformidad con las bases aprobadas con fecha 8.5.2017 y publicadas en el BOIB núm. 62, de 20.5.2017, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero. Aceptar la renuncia a la ayuda por importe de 1.881,58 € que presentó la mencionada asociación día 9-2-2018, conforme con al normativa señalada en los antecedentes y con el que establecen las bases de la convocatoria, importe que se ha devuelto mediante la transferencia hecha al Consejo Insular día 5-2-2018.
Segundo. Revocar la ayuda por importe de 1.881,58 € concedido a la Associación Menorca a Debat por acuerdo del Consejo Ejecutivo de 4 de diciembre de 2017, conformemente con la convocatoria del Consejo Insular para la concesión de ayuda para la promoción del voluntariado y para el mantenimiento y el funcionamiento de las entidades juveniles de Menorca para el año 2017, dado que no han llevado a cabo durante el año 2017 el programa de actividades para el cual habían solicitado la subvención.
Tercero. Notificar esta resolución a las personas interesadas.
Interposición de recursos
Contra este acuerdo que no agota la via administrativa se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del dia siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de los consejos insulares.
El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma
Consell Insular de Menorca, (Fecha firma electrónica: 19/04/18)
El secretari del Consell Executiu
Octavi Pons Casstejón